Para enmendar el párrafo (4) del apartado (b) de la Sección 2100.01 del Capítulo 10 y añadir un nuevo apartado (d) a la Sección 2100.01 del Capítulo 10 de la Ley 60-2019, según enmendada, conocida como “Código de Incentivos de Puerto Rico”, a los fines de ampliar a cinco (5) años el período de exención que disfrutarán los jóvenes empresarios y aclarar la vigencia de este período; extender el periodo de elegibilidad por edad a jóvenes empresarios a cuarenta (40) años; y para otros fines relacionados.
Qué propone
Esta medida el Código de Incentivos de Puerto Rico (Ley 60-2019) para ampliar el período de para jóvenes empresarios de tres (3) a cinco (5) años desde el inicio de operaciones. También establece explícitamente que la elegibilidad como Joven Empresario se extiende hasta los cuarenta (40) años y asegura que el período completo de exención se mantendrá, incluso si el beneficiario supera los 40 años durante la vigencia del decreto.
Pros
Contras
Intereses en juego
Perspectiva histórica
Esta medida se inscribe en la larga historia de Puerto Rico de usar incentivos contributivos para atraer inversión y estimular la economía, un modelo que se remonta a "Manos a la Obra" y la Sección 936. La Ley 60-2019, que esta medida busca , es la codificación actual de este enfoque, incluyendo las controvertidas Leyes 20 y 22, que buscan atraer capital y talento con fiscales.
En qué va
Esta medida legislativa (P. de la C. 1420) fue el 31 de agosto de 2026 y referida a la Comisión de Desarrollo Económico de la Cámara de Representantes el 1 de septiembre de 2026.
Generado por IA · puede contener errores y los argumentos a favor/en contra son posibles puntos de debate, no una postura oficial. Verifica con el texto oficial.
Última acción · 1 de septiembre de 2026
Referido a Comisión(es)
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para enmendar los incisos (b) (1) y (b) (4) de la Sección 2100.01 de la Ley Núm. 60-2019, según enmendada, conocida como “Código de Incentivos de Puerto Rico” a los fines de extender la exención contributiva a empresas de jóvenes empresarios sobre ingresos en el primer millón de dólares de su ingreso neto sujeto a contribución; disponer que cualquier ingreso neto que generen dichos negocios nuevos en exceso de un millón de dólares, estará sujeto a las tasas ordinarias establecidas en el Código de Rentas Internas de Puerto Rico; extender el período de disfrute de la exención contributiva a negocios nuevos de jóvenes empresarios a un período de cinco (5) años desde la fecha de comienzo de operaciones, según establecido en el Decreto de exención contributiva; y para otros fines relacionados.
La medida propone enmendar el Código de Incentivos de Puerto Rico (Ley 60-2019) para duplicar la exención contributiva sobre ingresos netos para jóvenes empresarios, elevándola de $500,000 a $1,000,000. También extiende el período de disfrute de esta exención de tres (3) a cinco (5) años. Afecta directamente a jóvenes residentes de Puerto Rico que establezcan nuevos negocios y califiquen bajo los criterios de 'Joven Empresario' y el 'Acuerdo Especial para la Creación de Empresas'.
Para enmendar el inciso (a) (9) de la Sección 1020.02 de la Ley Núm. 60-2019, según enmendada, conocida como “Código de Incentivos de Puerto Rico”, a los fines de disponer que la definición de “joven empresario” comprenderá a personas en las edades de entre dieciséis y cuarenta años; y para otros fines relacionados.
Esta medida legislativa enmienda el inciso (a)(9) de la Sección 1020.02 de la Ley 60-2019 (Código de Incentivos de Puerto Rico). El cambio principal es ampliar la definición de 'joven empresario' para incluir a personas entre 35 y 40 años de edad, además de las ya contempladas entre 16 y 35 años. Esto afecta a individuos residentes de Puerto Rico que busquen acogerse a los incentivos fiscales para la creación y operación de nuevas empresas bajo este programa.
Para enmendar la Sección 1020.02(A)(9) de la Ley Núm. 60-2019, conocida como “Código de Incentivos de Puerto Rico”, a los fines de cambiar la edad de treinta y cinco (35) años a cuarenta (40) años en la definición de Joven Empresario.
La medida PS 743 enmienda la Sección 1020.02(A)(9) de la Ley 60-2019 (Código de Incentivos de Puerto Rico) para elevar el límite de edad para ser considerado 'Joven Empresario' de treinta y cinco (35) a cuarenta (40) años. Esto amplía el grupo de individuos elegibles para solicitar los beneficios de incentivos económicos y contributivos asociados a esta definición.
Para enmendar el inciso (9) de la Sección 1020.02 de la Ley Núm. 60-2019, según enmendada, conocida como “Código de Incentivos de Puerto Rico”, a fin de ampliar a cuarenta (40) años la edad para que un médico cualificado pueda ser elegible a los beneficios de exención contributiva sobre ingresos que se concede a los jóvenes empresarios que operen una nueva empresa en Puerto Rico; y para otros fines relacionados.
Esta medida enmienda el inciso (9) de la Sección 1020.02 de la Ley 60-2019 (Código de Incentivos de Puerto Rico) para ampliar de 35 a 40 años la edad máxima para que un médico cualificado pueda ser elegible a los beneficios de exención contributiva sobre ingresos como joven empresario. Afecta directamente a médicos residentes de Puerto Rico que deseen establecer una nueva empresa de servicios médicos y que actualmente superan los 35 años pero no los 40.
Para enmendar el apartado (9) del inciso (a) de la sección 1020.02 de la Ley 60-2019, según enmendada, mejor conocida como “Código de Incentivos de Puerto Rico”, con el propósito de aumentar de treinta y cinco (35) a cuarenta (40) años la edad límite de la definición de “joven empresario”, cuando corresponda a una nueva empresa de servicios y práctica de la profesión médica.
La medida PS 245 enmienda el Código de Incentivos de Puerto Rico (Ley 60-2019) para aumentar de 35 a 40 años la edad límite para ser considerado 'joven empresario' cuando se trate de nuevas empresas dedicadas a servicios y práctica de la profesión médica. Esto aplica a individuos residentes de Puerto Rico que busquen establecer este tipo de negocio bajo el programa de incentivos correspondiente.
Entra con tu correo para opinar, comentar y seguir esta medida. La primera vez se crea tu cuenta, gratis.
Aún no hay comentarios. Comparte tu opinión sobre esta medida.