Para enmendar el Artículo 12.020 de la Ley Núm. 77 de 19 de junio de 1957, según enmendada, conocida como “Código de Seguros de Puerto Rico”, añadir un inciso (6) al Artículo 1 de la Ley Núm. 66 de 27 de Mayo de 1976, según enmendada, conocida como Ley del “Fondo para la Fiscalización y Reglamentación de la Industria de Seguros y enmendar los Artículos 1.010, 2.096 y 7.008 de Ley 107-2020, según enmendada, conocida como “Código Municipal de Puerto Rico”, a los fines de establecer que cuando se utilicen los servicios profesionales de proveedores de seguros públicos, objeto de un proceso de selección abierta, se hará una retención por concepto de aportación adicional equivalente al cinco por ciento (5%) de la compensación que reciba el Productor de Seguros Públicos de acuerdo al volumen total de primas asignadas mediante contrato al productor, excepto cuando la adquisición de seguros se lleve a cabo exclusivamente mediante el proceso de subasta; y para otros fines relacionados.
Qué propone
el Artículo 12.020 del Código de Seguros, añade un inciso al Artículo 1 de la Ley 66-1976 y cambia los Artículos 1.010, 2.096 y 7.008 del Código Municipal. Según el informe, cuando el gobierno central, los municipios o el contraten seguros por un método distinto de la subasta, se retendrá un 5% de la compensación del productor de seguros públicos, calculada según el volumen de primas asignadas; la retención no aplica a contratos obtenidos por subasta. Los fondos de las contrataciones centrales ingresarían al Fondo para la Fiscalización y de la Industria de Seguros, y los municipales se destinarían a fortalecer las finanzas del municipio o consorcio; en los municipios, la subasta sería la regla, con métodos alternos autorizados mediante reglamento. OPAL estimó recaudos de $7.4 millones para el año fiscal 2025, $3.2 millones estatales y $4.2 millones municipales, y $8.1 millones para 2029; son proyecciones, no ingresos garantizados.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
La medida sigue . El 13 de mayo de 2025, la Comisión de Banca, Seguros y Comercio de la Cámara rindió un con y la remitió a la Comisión de Calendarios.
Generado por IA · puede contener errores y los argumentos a favor/en contra son posibles puntos de debate, no una postura oficial. Verifica con el texto oficial.
Última acción · 13 de mayo de 2025
Remitido a Comisión de Calendarios de la Cámara
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