Para enmendar el Artículo 7.06 de la Ley 22-2000, según enmendada, conocida como “Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico” para aclarar su propósito y alcance; y para otros fines relacionados.
Qué propone
el Artículo 7.06 de la Ley 22-2000. Ese artículo hoy fija 15 años de reclusión cuando una violación de los Artículos 7.01, 7.02 o 7.03 causa la muerte; el informe de comisión describe que el cambio ordenaría interpretar la pena conforme al Artículo 49 del Código Penal, para que se cumpla en prisión y no mediante restricción domiciliaria bajo el Artículo 50. También añade una descripción de la conducta negligente o temeraria: conducir bajo los efectos de alcohol o drogas con omisión total de prudencia y cuidado y menosprecio por la vida y seguridad de otras personas. En la práctica, afectaría a las personas convictas bajo ese artículo y a los tribunales que imponen la pena.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
Se radicó el 19 de febrero de 2025 y se refirió a comisión al día siguiente. La comisión rindió un el 29 de mayo, pero lo retiró el 21 de agosto de 2025 y devolvió la medida a comisión; sigue sin aprobarse.
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Última acción · 21 de agosto de 2025
Devuelto a la Comisión(es)
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