Qué propone
El Proyecto de la Cámara 376 proponía crear un Comité Especial para Cuantificar el Uso de Tiempo en Puerto Rico y ordenar la realización de una Encuesta de Uso de Tiempo. Su objetivo era cuantificar el trabajo no remunerado, analizar disparidades de género en su participación, estudiar factores demográficos y sociales, y estimar su valor económico dentro del Producto Nacional Bruto. La medida afectaría a la ciudadanía en general al intentar visibilizar y medir labores domésticas y de cuidado, y a organismos gubernamentales encargados de su implementación.
Pros
Contras
Intereses en juego
Perspectiva histórica
La medida, al buscar cuantificar el trabajo no remunerado y analizar las disparidades de género, se inscribe en el tema más amplio de los derechos de la mujer y la equidad de género, que ha sido históricamente impulsado por la presión cívica y la acción ejecutiva, como se evidencia en la creación de la Oficina de la Procuradora de las Mujeres y la declaración de estado de emergencia por violencia de género. La visibilización del trabajo no remunerado es un paso hacia la valoración económica y social de las contribuciones de las mujeres, que históricamente han sido subestimadas.
En qué va
El Proyecto de la Cámara 376 fue en marzo de 2025 y pasó por primera lectura en la Cámara de Representantes. Tras ser referido a comisión y evaluado, la Comisión del Trabajo y Asuntos Laborales rindió un en junio de 2026, recomendando que el proyecto no fuera aprobado por razones fiscales y de viabilidad.
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Última acción · 23 de junio de 2026
Comisión no recomienda aprobación de la medida
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para establecer la “Ley de licencia de cuidado familiar en el empleo público”; estatuir una licencia con sueldo para personas cuidadoras de familiares de edad avanzada o con diversidad funcional; y para decretar otras disposiciones complementarias.
La medida crea la "Ley de licencia de cuidado familiar en el empleo público" para establecer una licencia pagada con sueldo para empleados públicos en Puerto Rico. Esta licencia permite al empleado ausentarse para cuidar de familiares de edad avanzada (60 años o más) o con diversidad funcional. Aplica a todas las ramas del gobierno y municipios, y establece una acumulación mínima de medio (0.5) día de licencia por cada mes trabajado, pagada al 100% del salario regular.
Para crear la Ley de Transparencia Salarial de Puerto Rico, con el fin de establecer la obligación de los patronos de divulgar las condiciones mínimas de empleo y la compensación atada a las mismas, cuando se publica la disponibilidad de plazas de trabajo; y para otros fines relacionados.
La medida propone crear la Ley de Transparencia Salarial de Puerto Rico. Esta ley obligará a los patronos a divulgar las condiciones mínimas de empleo y la compensación asociada (rangos salariales, beneficios y bonificaciones) en toda publicación de disponibilidad de plazas de trabajo. Afecta directamente a los empleadores del sector privado y a los solicitantes de empleo, estableciendo multas administrativas de hasta $5,000 por incumplimiento, con un plazo de 30 días para corregir la primera falta.
Para enmendar el Artículo 1 de la Ley Núm. 339 de 16 de septiembre de 2004, conocida como la “Ley del Día Nacional de la Familia, para establecer todo el mes de junio como el “Mes Nacional de la Familia”; enmendar el Artículo 2 para que se de la proclama por el mes de la familia; enmendar el Artículo 3 para añadir al Departamento de Justicia y a la Oficina del Procurador de Edad Avanzada como agencias pertinentes para la creación del Comité Conjunto y que se resalte el rol del padre, madre y abuelos en el desarrollo cognoscitivo del ser humano; enmendar el Artículo 4 para solicitar un informe anual respecto a las actividades y logros de la celebración de este mes; así como derogar el Artículo 5 y renumerar el Artículo 6 como el nuevo Artículo 5 de la referida Ley; y para otros fines relacionados.
Esta medida legislativa enmienda la Ley Núm. 339 de 2004 para expandir la celebración del 'Día Nacional de la Familia' (15 de mayo) a todo el mes de junio, denominándolo 'Mes de la Familia'. Se amplía la composición del Comité Conjunto para incluir al Departamento de Justicia y a la Oficina del Procurador de las Personas de Edad Avanzada, y se enfatiza el rol de padres, madres y abuelos en el desarrollo cognoscitivo. El Comité deberá rendir un informe anual a la Asamblea Legislativa tras la celebración.
Para crear la “Ley del Banco de Empleo para Jefas de Familia”, adscrito a la Administración para el Desarrollo Socioeconómico de la Familia; disponer sobre su funcionamiento; y para otros fines relacionados.
El Proyecto de la Cámara 472 proponía crear la 'Ley del Banco de Empleo para Jefas de Familia', adscrito a la Administración para el Desarrollo Socioeconómico de la Familia (ADSEF). Su objetivo era establecer una base de datos para registrar y conectar a jefas de familia con empleos y autoempleos disponibles, alineados con su educación. La medida buscaba facilitar el acceso a información laboral para esta población, considerada vulnerable económicamente.
Para enmendar los Artículos 2, 3, 4, 5, 6, 8, 10, 12 13, 14, 19, 20; derogar el Artículo 21; añadir un nuevo Capítulo X y renumerar el subsiguiente de la Ley Núm. 20-2001, según enmendada, conocida como “Ley de la Oficina de la Procuradora de las Mujeres”, a los fines de fortalecer su marco jurídico; clarificar la jurisdicción de la Oficina de la Procuradora de las Mujeres; integrar nuevas disposiciones para mejorar la fiscalización y la protección de los derechos de las mujeres; derogar la Ley Núm. 212 de 3 de agosto de 1999, conocida como “Ley para Garantizar la Igualdad de Oportunidades en el Empleo por Género”; y, para otros fines relacionados.
Esta medida enmienda la Ley Núm. 20-2001 para fortalecer la Oficina de la Procuradora de las Mujeres (OPM), clarificando su jurisdicción y mejorando sus mecanismos de fiscalización y adjudicación. Integra las disposiciones de la Ley Núm. 212-1999, que promueve la igualdad de oportunidades en el empleo por género, derogándola. Se establecen cambios en la composición y nombramiento del Consejo Consultivo, se faculta a la Procuradora a delegar funciones de adjudicación en jueces administrativos, y se modifica el plazo de presentación de informes anuales a trienales. Afecta directamente a la OPM, a las agencias gubernamentales en sus prácticas de empleo, y a las mujeres que buscan protección o igualdad en el ámbito laboral y otros derechos.
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