Qué propone
La medida, Proyecto de la Cámara 392, busca crear la 'Ley de equidad al nombrar estructuras y Vías Públicas en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico', conocida como 'Ley 50/50'. la Ley 55-2021 para establecer una política pública que exige que por cada vía pública, estructura o bien inmueble nombrado en honor a un hombre, se designe otra vía pública, estructura o bien inmueble con el nombre de una mujer. El objetivo es lograr equidad y justicia para las mujeres puertorriqueñas en el reconocimiento de sus aportaciones.
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Última acción · 13 de marzo de 2025
Referido a Comisión(es)
Otras medidas sobre el mismo asunto, encontradas por significado (no solo por palabras).
Para enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 55-2021, conocida como “Ley de los Nombres de las Estructuras y Vías Públicas de Puerto Rico”, con el fin de que toda vía pública, estructura o bien inmueble a la cual se le ha denominado con el nombre de alguna persona, para reconocer su gesta y aportación a Puerto Rico, y se haya realizado bajo la Comisión Denominadora de Estructuras y Vías Públicas o bajo la Ley 55-2021, no pueda ser eliminado, cambiado o fragmentado por el nombre de otra persona, aunque ésta también tenga una contribución al País; y para otros fines relacionados.
La medida propone enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 55-2021 para prohibir permanentemente la eliminación, cambio o fragmentación del nombre de cualquier vía pública, estructura o bien inmueble que haya sido previamente denominado en honor a una persona por su aportación a Puerto Rico, independientemente de si la denominación original fue hecha por la antigua Comisión Denominadora o bajo la Ley 55-2021. También prohíbe fragmentar nombres de carreteras dentro de la misma jurisdicción municipal a partir de su aprobación. Afecta a todas las estructuras y vías públicas con nombres de personas y a futuras decisiones de denominación.
Para enmendar el Artículo 6, añadir un nuevo Artículo 8 y reenumerar los actuales Artículos 8, 9, 10 y 11 de la Ley 16-2017, según enmendada, conocida como “Ley de Igualdad Salarial de Puerto Rico”, a los fines de establecer la obligación de los patronos de someter un Informe Anual Patronal de Igualdad Salarial; y para otros fines relacionados.
Esta medida propone enmendar la Ley 16-2017 para obligar a todos los patronos en Puerto Rico a someter un Informe Anual Patronal de Igualdad Salarial al Departamento del Trabajo y Recursos Humanos (DLHR). Este informe deberá incluir métricas claras, acciones correctivas y un plan de cumplimiento. El DLHR, en consulta con la Procuradora de la Mujer, usará esta información para generar un informe anual agregado sobre el estado de la igualdad salarial en la isla, afectando a todos los empleadores y trabajadores.
Intereses en juego
En qué va
La medida, Proyecto de la Cámara 392, fue el 10 de marzo de 2025. Apareció en Primera Lectura de la Cámara el 13 de marzo de 2025 y fue referida a la Comisión de Transportación e Infraestructura.
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