Qué propone
El Proyecto de la Cámara 547 propone añadir un nuevo Artículo 5.4 a la Ley Núm. 54-1989 (Ley para la Prevención e Intervención con la Violencia Doméstica). Busca que el Departamento de Justicia procure la asignación continua y del mismo fiscal para cada caso de violencia doméstica desde la vista preliminar hasta su conclusión. El objetivo es fortalecer la representación estatal, reducir la revictimización de sobrevivientes y mejorar la eficiencia procesal, afectando directamente a las personas sobrevivientes, fiscales y al sistema de justicia.
Pros
Contras
Intereses en juego
📜 Perspectiva histórica
Esta medida se inscribe en la historia de la fiscalización institucional de los derechos de la mujer y la respuesta gubernamental a la violencia de género, marcada por la presión cívica y la acción ejecutiva. La declaración de un estado de emergencia por violencia de género en 2021 y la creación del Comité PARE evidencian la necesidad de fortalecer las agencias judiciales en la protección y provisión de intercesoría legal para las mujeres sobrevivientes, un objetivo que esta medida busca reforzar al asegurar la continuidad fiscal.
En qué va
La medida fue el 23 de abril de 2025 y referida a las Comisiones de lo Jurídico y de Asuntos de la Mujer de la Cámara de Representantes el 28 de abril de 2025, tras aparecer en Primera Lectura.
Generado por IA · puede contener errores y los argumentos a favor/en contra son posibles puntos de debate, no una postura oficial. Verifica con el texto oficial.
Última acción · 28 de abril de 2025
Referido a Comisión(es)
Otras medidas sobre el mismo asunto, encontradas por significado (no solo por palabras).
Para enmendar el Artículo 18 (p), el Artículo 45 (i), el Artículo 53 (f) y (h), y añadir un nuevo inciso (f) al Artículo 72 de la Ley 205-2004, según enmendada, conocida como “Ley Orgánica del Departamento de Justicia”; y añadir un nuevo inciso (k) al Artículo 5 de la Ley 206-2004, según enmendada, conocida como “Ley del Instituto de Capacitación y Desarrollo del Pensamiento Jurídico del Departamento de Justicia”; a los fines de establecer las horas requeridas en adiestramientos sobre la violencia doméstica, tanto a los fiscales como a los procuradores de familia y menores del Departamento de Justicia; y para otros fines relacionados.
El Proyecto de la Cámara 548 buscaba enmendar la Ley Orgánica del Departamento de Justicia (Ley 205-2004) y la Ley del Instituto de Capacitación y Desarrollo del Pensamiento Jurídico del Departamento de Justicia (Ley 206-2004). Su objetivo era establecer un requisito anual de ocho (8) horas de adiestramiento sobre violencia doméstica para fiscales y procuradores de familia y menores del Departamento de Justicia, detallando temas específicos a cubrir y enfatizando la protección de las víctimas y la no revictimización. Afectaba directamente al personal de estas dos ramas del Departamento de Justicia.
Para enmendar los Artículos 1.3, 2.1B, 2.9, 3.1, 3.2, 3.2A, 3.3, 3.5 y 3.6 de la Ley 54-1989, según enmendada, mejor conocida como, “Ley para la Prevención e Intervención con la Violencia Doméstica”, con el propósito de fortalecer el marco legal para garantizar un justicia efectiva y oportuna a las víctimas de violencia domestica; mejorar los mecanismos de procesamiento y la imposición de penas proporcionales a la conducta criminal; y para otros fines relacionados.
El Proyecto de la Cámara 1016 propone enmendar varios artículos (1.3, 2.1B, 2.9, 3.1, 3.2, 3.2A, 3.3, 3.5 y 3.6) de la Ley 54-1989, Ley para la Prevención e Intervención con la Violencia Doméstica. Busca fortalecer el marco legal para una justicia más efectiva y oportuna para las víctimas, mejorar los mecanismos de procesamiento y asegurar penas proporcionales. Principalmente, amplía las definiciones de actos y tipos de violencia que constituyen violencia doméstica, como el estrangulamiento, la asfixia posicional, la violencia cibernética y la violencia económica, y añade definiciones para conceptos como 'adulto mayor' y 'grave daño corporal'.
Crea una cuenta gratis para opinar, comentar y seguir esta medida.
Aún no hay comentarios. Comparte tu opinión sobre esta medida.