Qué propone
Esta medida propone la Ley Núm. 54 de Prevención e Intervención con la Violencia Doméstica y la Ley Núm. 99 de 2009 para la Vigilancia Electrónica. Introduce un plazo de tres (3) días laborables para pautar vistas en alzada tras una determinación de no causa probable o causa probable por delito menor en casos de violencia doméstica. También busca asegurar la imposición de vigilancia electrónica y establecer zonas de exclusión para proteger a las víctimas.
Pros
Contras
Última acción · 18 de agosto de 2025
Derrotada por el Senado
La lectura de coincidencia compara solo a favor vs. en contra de cada lado.
A favor (45)
Otras medidas sobre el mismo asunto, encontradas por significado (no solo por palabras).
Para enmendar el Artículo 1.3 (l), añadir nuevos incisos (m), (n), (o) y (p), y reordenar alfabéticamente los subsiguientes incisos; enmendar el Artículo 2.1, renumerar y añadir unos nuevos incisos 2.1.A, 2.1.B, y 2.1.C; y enmendar los Artículos 2.3, 2.5 y 3.6 de la Ley Núm. 54 de 15 de agosto de 1989, según enmendada, conocida como “Ley para la Prevención e Intervención con la Violencia Doméstica”, a los fines de establecer procesos más expeditos para obtener una orden de protección en protección a la víctima; para correcciones técnicas; y para otros fines relacionados.
La medida, Proyecto de la Cámara 120, propone enmendar la Ley Núm. 54 de 1989 para agilizar la obtención de órdenes de protección contra la violencia doméstica. Busca modificar varios artículos, incluyendo el 1.3, 2.1, 2.3, 2.5 y 3.6, para establecer un proceso de orden de protección inicial que sea 'automático' al momento de la radicación de la petición. El objetivo es salvaguardar la vida de la víctima de forma inmediata, sin requerir que demuestre un peligro inminente o que se incurra en dilaciones, garantizando a la vez el debido proceso para la parte peticionada mediante una orden de término fijo.
Para enmendar los Artículos 2.1, 2.4 y 2.5 de la Ley Núm. 54 de 15 de agosto de 1989, según enmendada, conocida como “Ley para la Prevención e Intervención con la Violencia Doméstica”, a los fines de disponer que una vez una víctima de violencia doméstica acude a un tribunal a solicitar una Orden de Protección conforme a las disposiciones de esta Ley, la misma será expedida inmediatamente que sea solicitada, y para otros fines relacionados.
La medida, Proyecto de la Cámara 416, enmienda los Artículos 2.1, 2.4 y 2.5 de la Ley Núm. 54 de 1989 (Ley para la Prevención e Intervención con la Violencia Doméstica). Su propósito principal es que, una vez una víctima de violencia doméstica acuda a un tribunal a solicitar una Orden de Protección, esta sea expedida inmediatamente. Esto afecta directamente a las víctimas de violencia doméstica y a los tribunales que procesan estas solicitudes.
Intereses en juego
📜 Perspectiva histórica
Esta medida se inscribe en el esfuerzo histórico por fortalecer la protección de las mujeres frente a la violencia de género, un tema que ha requerido la presión cívica y la acción ejecutiva, como la declaración de estado de emergencia por violencia de género en 2021. La Ley 54, que la medida busca , es un pilar de esta respuesta institucional, y su revisión constante refleja la necesidad de adaptar los mecanismos legales para una protección más efectiva de las víctimas.
En qué va
La medida fue el 22 de abril de 2025, pero fue derrotada por el Senado el 18 de agosto de 2025. Recibió trámites en ambas cámaras, incluyendo y la rendición de informes de comisión con .
Generado por IA · puede contener errores y los argumentos a favor/en contra son posibles puntos de debate, no una postura oficial. Verifica con el texto oficial.
En contra (1)
A favor (10)
Crea una cuenta gratis para opinar, comentar y seguir esta medida.
Aún no hay comentarios. Comparte tu opinión sobre esta medida.