Qué propone
El Proyecto de la Cámara 772 propone la Ley de Sociedades Cooperativas de Ahorro y Crédito de 2002 para permitir que las cooperativas inicien un proceso de separación de socios que no realicen aportaciones o transacciones en sus cuentas de acciones por cinco (5) años consecutivos. Establece una notificación específica para estos casos, advirtiendo que los fondos de la cuenta de acciones podrían ser declarados fondos no reclamados y transferidos al capital social o indivisible de la cooperativa, a discreción de la Junta de Directores, si no son reclamados. Afecta directamente a los socios de cooperativas de ahorro y crédito que mantengan cuentas de acciones inactivas y a las propias cooperativas en su gestión administrativa.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
Este proyecto de ley fue el 14 de agosto de 2025 y pasó su primera lectura en la Cámara de Representantes el 18 de agosto de 2025, siendo referido a la Comisión de Cooperativismo. Se programó una para el 25 de febrero de 2026.
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Última acción · 25 de febrero de 2026
: Salón de Audiencias #3
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para enmendar los Artículos 9.03, 9.05 y 9.06 de la Ley 255-2002, según enmendada, conocida como “Ley de Sociedades Cooperativas de Ahorro y Crédito de 2002”, a los fines de ajustar las cuantías de las sanciones administrativas; establecer expresamente la exclusión del beneficio de sentencia suspendida o probatoria en los casos de convicción por las conductas delictivas tipificadas; e incorporar la pena de restitución como sanción de carácter obligatorio.
La medida propone enmendar la Ley 255-2002, conocida como la Ley de Sociedades Cooperativas de Ahorro y Crédito de 2002. Los cambios específicos incluyen aumentar las multas administrativas máximas para cooperativas y sus directivos/empleados de $5,000 a $50,000 por violaciones generales, y de $100 a $2,000 diarios por no rendir informes. También se establece explícitamente que los delitos graves tipificados en los artículos 9.05 y 9.06 no serán elegibles para sentencias suspendidas o probatorias, y se incorpora la restitución de fondos como una sanción obligatoria en ciertos casos de delitos graves contra los fondos de las cooperativas.
Para enmendar el Artículo 5.04 de la Ley Núm. 255-2002, según enmendada, conocida como “Ley de Sociedades Cooperativas de Ahorro y Crédito de 2002”, a los fines de autorizar el voto por poder en las asambleas de socios, delegados y distritos, sujeto a los controles y procedimientos establecidos en el reglamento general de cada cooperativa
Esta medida enmienda el Artículo 5.04 de la Ley Núm. 255-2002, conocida como la Ley de Sociedades Cooperativas de Ahorro y Crédito de 2002. Autoriza a los socios individuales (personas naturales) a emitir su voto mediante apoderado (voto por poder) en las asambleas de socios, delegados y distritos. Anteriormente, solo las personas jurídicas podían votar por poder. La implementación estará sujeta a los controles y procedimientos que cada cooperativa establezca en su reglamento general, con requisitos específicos como poderes por escrito, limitados a una asamblea, y restricciones sobre la cantidad de poderes que un socio puede ostentar.
Para añadir un nuevo subinciso (9) y renumerar los subincisos (9) y (10) como subincisos (10) y (11), respectivamente, del inciso (b) del Artículo 2.02; y enmendar el subinciso (2) del inciso (a) del Artículo 2.03 de la Ley Núm. 255-2002, según enmendada, conocida como "Ley de Sociedades Cooperativas de Ahorro y Crédito de 2002" a los fines de permitir que las cooperativas de ahorro y crédito ofrezcan líneas de crédito y taijetas de crédito comerciales tanto a socios como no socios y entidades con fines de lucro, sujetas a garantías personales debidamente evaluadas.
La medida enmienda la Ley de Sociedades Cooperativas de Ahorro y Crédito de 2002 para permitir explícitamente que estas cooperativas ofrezcan líneas de crédito y tarjetas de crédito comerciales. Estos productos podrán ser ofrecidos tanto a socios como a no socios y entidades con fines de lucro, siempre que se respalden con garantías personales debidamente evaluadas. El cambio afecta principalmente a las cooperativas de ahorro y crédito, a sus socios y a potenciales clientes comerciales (socios y no socios) que busquen este tipo de financiamiento.
Para enmendar el inciso (g) del Artículo 3.02 de la Ley 255-2002, según enmendada, conocida como "Ley de Sociedades Cooperativas de Ahorro y Crédito de 2002", a los fines de aumentar la cuantía mínima de capital accionario requerido para comenzar operaciones; y para otros fines relacionados.
Esta medida enmienda el inciso (g) del Artículo 3.02 de la Ley 255-2002, conocida como 'Ley de Sociedades Cooperativas de Ahorro y Crédito de 2002'. Aumenta la cuantía mínima de capital accionario requerido para que una nueva cooperativa de ahorro y crédito comience operaciones de $50,000 a $150,000. Se establece una excepción para cooperativas cerradas, permitiendo una cuantía menor en esos casos. La ley entra en vigor inmediatamente tras su aprobación.
Para enmendar los artículos 5.09 y 10.01 de la Ley 255-2002, según enmendada, conocida como “Ley de Sociedades Cooperativas de Ahorro y Crédito de 2002”, con el propósito de eliminar el uso de lenguaje sexista y promover la igualdad de género; y para otros fines relacionados.
Esta medida legislativa enmienda los Artículos 5.09 y 10.01 de la Ley 255-2002, conocida como "Ley de Sociedades Cooperativas de Ahorro y Crédito de 2002". El cambio principal es la sustitución de la frase "buen padre de familia" por "persona prudente y diligente" o "persona responsable" en la descripción de los deberes fiduciarios de los miembros de la junta y cuerpos directivos de las cooperativas. El propósito declarado es eliminar lenguaje sexista y promover la igualdad de género. Afecta a los directivos y personal gerencial de las cooperativas de ahorro y crédito, así como a la interpretación legal de sus responsabilidades.
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