Qué propone
Esta medida los artículos 5.09 y 10.01 de la Ley 255-2002, conocida como la "Ley de Sociedades Cooperativas de Ahorro y Crédito de 2002". Sustituye la frase "buen padre de familia" por "persona prudente y diligente o persona responsable" para definir el estándar de conducta fiduciaria de los miembros de la junta directiva y el personal gerencial de estas cooperativas. El propósito declarado es eliminar lenguaje sexista y promover la igualdad de género en el texto legal.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
Esta medida, P. del S. 1222, fue el 5 de mayo de 2026 y de Puerto Rico el 11 de junio de 2026 con . Actualmente, se encuentra en trámite en la Cámara de Representantes, habiendo sido referida a Comisión tras su primera lectura el 18 de junio de 2026.
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Última acción · 18 de junio de 2026
Referido a Comisión(es)
La lectura de coincidencia compara solo a favor vs. en contra de cada lado.
A favor (16)
Otras medidas sobre el mismo asunto, encontradas por significado (no solo por palabras).
Para enmendar los artículos 15.3 y 18.0 de la Ley 239-2004, según enmendada, conocida como “Ley General de Sociedades Cooperativas de Puerto Rico de 2004”, con el propósito de eliminar el uso de lenguaje sexista y promover la igualdad de género; y para otros fines relacionados.
Esta medida enmienda la Ley General de Sociedades Cooperativas de Puerto Rico de 2004 (Ley 239-2004) para sustituir la frase "buen padre de familia" por "una persona prudente y diligente o persona responsable" en los artículos 15.3 y 18.0. El propósito es eliminar lenguaje sexista y promover la igualdad de género en los deberes fiduciarios de los directores y gerentes de cooperativas. Afecta directamente a los cuerpos directivos y personal gerencial de las cooperativas bajo dicha ley, así como a los socios y depositantes cuyas finanzas son administradas.
Para enmendar los artículos 1.0 y 3.5 de la Ley 239-2004, según enmendada, conocida como “Ley General de Sociedades Cooperativas de Puerto Rico de 2004”, con el propósito de renombrar esta Ley, como “Ley de Asociaciones de Sociedades Cooperativas de Puerto Rico”; aclarar el método de compensaciones a los socios trabajadores en una Cooperativa de Trabajo Asociado de Puerto Rico; hacer enmiendas técnicas; y para otros fines relacionados.
Esta medida propone renombrar la Ley 239-2004 como “Ley de Asociaciones de Sociedades Cooperativas de Puerto Rico” y aclarar el método de compensación para socios trabajadores en las Cooperativas de Trabajo Asociado. Específicamente, enmienda los artículos 1.0 y 3.5 de la ley vigente para definir estas compensaciones como anticipos societarios periódicos, en lugar de salario laboral, basados en la participación del socio en el trabajo y según lo estipulen los reglamentos internos. La medida busca dar mayor seguridad jurídica y coherencia a las cooperativas de trabajo y sus miembros.
Abstenido (1)
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