Qué propone
La medida crea la 'Ley de Cumplimiento Contractual y Pago Puntual de Contratistas, Subcontratistas y Suplidores en Puerto Rico'. Busca armonizar el Código Civil de Puerto Rico con el 'Prompt Payment Act' federal para garantizar el pago puntual en contratos públicos y privados. Establece sanciones administrativas por incumplimiento y exige fianzas de pago y ejecución para asegurar la correcta ejecución y el pago a terceros. Afecta a todas las partes en contratos públicos y privados, incluyendo entidades gubernamentales, contratistas principales, subcontratistas, suplidores y consumidores.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
La medida, Proyecto de la Cámara 859, fue el 15 de septiembre de 2025 y referida a la Comisión de Gobierno de la Cámara de Representantes tras su primera lectura el 18 de septiembre de 2025.
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Última acción · 18 de septiembre de 2025
Referido a Comisión(es)
Otras medidas sobre el mismo asunto, encontradas por significado (no solo por palabras).
Para crear la Ley de Transparencia Salarial de Puerto Rico, con el fin de establecer la obligación de los patronos de divulgar las condiciones mínimas de empleo y la compensación atada a las mismas, cuando se publica la disponibilidad de plazas de trabajo; y para otros fines relacionados.
La Ley para la Transparencia Salarial de Puerto Rico (PC 379) crea una nueva obligación para todos los patronos en la isla. A partir de su aprobación, los patronos deberán divulgar la escala salarial, los beneficios marginales y cualquier otra compensación disponible en cualquier anuncio o publicación de empleo. Esto aplica tanto para nuevas contrataciones como para traslados o promociones internas. La medida busca mejorar la transparencia en el mercado laboral y empoderar a los aspirantes a empleo.
Para enmendar los incisos (e) e (i) del Artículo 3.2 y los Artículos 3.3, 3.4 y 3.5 de la Ley Núm. 2-2018, según enmendada, conocida como “Código Anticorrupción para el Nuevo Puerto Rico”, con el fin de incluir a los subcontratistas entre las personas naturales o jurídicas que estarán obligadas a cumplir los alcances, condiciones y requerimientos de dicha Ley.
La medida P. de la C. 537 propone enmendar la Ley Núm. 2-2018, conocida como 'Código Anticorrupción para el Nuevo Puerto Rico', para incluir explícitamente a los subcontratistas dentro del alcance de sus disposiciones. Específicamente, se modifica el Artículo 3.2(e) para requerir que los contratistas principales certifiquen en cada factura que los subcontratistas han cumplido con sus obligaciones contractuales, como requisito para recibir pago del gobierno. Esto afecta a subcontratistas que trabajan en proyectos o servicios gubernamentales y a los contratistas principales que deben supervisar y certificar su labor.
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