Qué propone
Esta medida crea la "Ley para la Protección de Datos e Información del Consumidor" y la del Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO) para exigir el consentimiento informado de los consumidores antes de que las empresas recopilen, usen o compartan su información personal. Establece derechos para los consumidores como la eliminación y corrección de datos, y prohíbe la discriminación por ejercer estos derechos. Afecta a todas las empresas que operan en Puerto Rico y a los consumidores residentes, facultando al Secretario de DACO para reglamentar e imponer multas de $500 a $5,000 por violación.
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Última acción · 16 de octubre de 2025
Referido a Comisión(es)
Otras medidas sobre el mismo asunto, encontradas por significado (no solo por palabras).
Para añadir un nuevo Artículo 19-A a la Ley Núm. 5 de 23 de abril de 1973, según enmendada, conocida como “Ley Orgánica del Departamento de Asuntos del Consumidor”, con el fin de disponer la divulgación que deberá realizar una entidad al consumidor cuando utilice precios personalizados algorítmicos empleando datos personales específicos del consumidor; establecer las limitaciones; disponer multa administrativa; y para otros fines relacionados.
La medida propone añadir un Artículo 19-A a la Ley Orgánica del Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO) para exigir a las entidades que utilicen precios personalizados algorítmicos basados en datos personales del consumidor, que realicen una divulgación clara y visible al momento de anunciar o promocionar dichos precios. La divulgación requerida es la frase: 'ESTE PRECIO FUE ESTABLECIDO MEDIANTE UN ALGORITMO QUE UTILIZA SUS DATOS PERSONALES'. Se establecen multas administrativas de $500 a $1,000 por violación y se excluyen aseguradoras y servicios financieros. Afecta directamente a consumidores en Puerto Rico que interactúen con entidades que emplean esta práctica de fijación de precios y a las entidades que operan en la isla.
Para añadir el inciso (gg) al Artículo 6 de la Ley Núm. 5 de 23 de abril de 1973, según enmendada, conocida como “Ley Orgánica del Departamento de Asuntos del Consumidor”, a los fines de ordenar al secretario del DACO crear la Unidad para la Detección de Esquemas Fraudulentos contra los Consumidores; y para otros fines relacionados.
Esta medida añade un inciso (gg) al Artículo 6 de la Ley Orgánica del Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO), ordenando al Secretario del DACO a crear formalmente la Unidad para la Detección de Esquemas Fraudulentos contra los Consumidores. El propósito es establecer una entidad permanente dedicada a identificar, alertar y orientar sobre fraudes que afectan a la ciudadanía, buscando optimizar recursos y mejorar la protección contra estafas.
Intereses en juego
En qué va
La medida, Proyecto de Cámara 927, fue el 14 de octubre de 2025 y referida a la Comisión de Asuntos del Consumidor de la Cámara de Representantes tras su primera lectura el 16 de octubre de 2025.
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