Para crear las "Zonas de Alumbrado Público Apremiante" en rutas de alta vulnerabilidad para ciclistas y peatones; establecer un deber prioritario de mantenimiento y reparación expedita por parte del operador del sistema de transmisión y distribución de energía eléctrica en dichas zonas; y para otros fines relacionados.
Qué propone
La medida crea las 'Zonas de Alumbrado Público Apremiante' (ZAPA) mediante ordenanza municipal. Establece un deber prioritario para el Operador del Sistema de energía eléctrica de inspeccionar y reparar luminarias inoperantes o defectuosas en estas zonas dentro de un plazo de 72 horas laborables (3 días). Afecta directamente a ciclistas y peatones que utilizan rutas designadas como de alta vulnerabilidad, y al Operador del Sistema de energía eléctrica.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
La medida, Proyecto de la Cámara 976, fue el 12 de noviembre de 2025 y referida a las Comisiones de Gobierno y de Transportación e Infraestructura de la Cámara de Representantes.
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Última acción · 13 de noviembre de 2025
Referido a Comisión(es)
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para crear la “Ley para la Colaboración Municipal en la Instalación, Reparación, Mantenimiento y Modernización del Sistema de Alumbrado Público”; establecer la política pública en torno a la instalación, reparación, mantenimiento y modernización del alumbrado público; establecer el marco regulatorio para los Acuerdos de Colaboración entre los municipios y el operador del sistema eléctrico; establecer las responsabilidades y deberes de las entidades concernidas; y para otros fines relacionados.
La Ley 174-2026 crea el marco regulatorio para que los municipios puedan colaborar activamente en la instalación, reparación, mantenimiento y modernización del sistema de alumbrado público. Esto se hará mediante 'Acuerdos de Colaboración' con el operador del sistema eléctrico, los cuales deben ser aprobados por el Negociado de Energía. La medida busca agilizar estos trabajos, aprovechando fondos federales, y establece responsabilidades y supervisión para asegurar la uniformidad técnica y la seguridad del sistema eléctrico.
Para crear la “Ley de protección de comunidades residenciales y zonas históricas ante los alojamientos suplementarios de corto plazo”, a los fines de atender un segmento del mercado de turistas con otras opciones no tradicionales; garantizar la sana convivencia y tranquilidad de las comunidades impactadas con los alojamientos de corto plazo, proteger la conservación de zonas antiguas e históricas; y para otros fines relacionados.
Esta medida crea la 'Ley de protección de comunidades residenciales y zonas históricas ante los alojamientos suplementarios de corto plazo'. Establece requisitos operacionales y físicos para los alquileres de corto plazo (hasta 90 días), limita el número de unidades por operador a seis, y añade criterios específicos para zonas residenciales y zonas históricas. Afecta a propietarios y operadores de alojamientos suplementarios de corto plazo, así como a residentes de comunidades y asociaciones de condómines/residentes.
Para crear la ‘’Ley de Optimización del tránsito y Ejecución Nocturna de Obras en Carreteras de alto flujo Vehicular; establecer como política pública del Gobierno de Puerto Rico la evaluación prioritaria de trabajos nocturnos en proyectos de construcción, rehabilitación o mantenimientos de carreteras estatales de alto volumen vehicular; requerir que los licitadores presenten un plan operacional alterno de ejecución nocturna o justifiquen su inviabilidad; y para otros fines relacionados.
Esta medida propone crear la Ley para la Optimización del Tránsito y Ejecución Nocturna de Obras en Carreteras de Alto Flujo Vehicular. Establece como política pública la evaluación prioritaria de trabajos nocturnos en proyectos de construcción, rehabilitación o mantenimiento de carreteras estatales con alto volumen vehicular. Requiere que los licitadores presenten un plan operacional alterno de ejecución nocturna o justifiquen su inviabilidad. El Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO) será responsable de reglamentar la ley y establecer multas por incumplimiento, que van desde $1,000 a $2,500 para primeros infractores y de $3,000 a $5,000 para reincidentes.
Para crear la “Ley Especial de Participación, Inclusión Efectiva y Prioridad de los Municipios en los Procesos de Transformación del Sistema de Energía Eléctrica de Puerto Rico”; a los fines de establecer como política pública el proveer garantías específicas para que los municipios del país puedan asumir un rol activo en los procesos y estructuras para la implantación de la transformación señalada; así como para otros fines relacionados.
Esta medida legislativa, la 'Ley Especial de Participación, Inclusión Efectiva y Prioridad de los Municipios en los Procesos de Transformación del Sistema de Energía Eléctrica de Puerto Rico', crea un marco legal para garantizar que los municipios tengan un rol activo y prioritario en los procesos de transformación del sistema eléctrico. Busca asegurar su inclusión en subcontrataciones, desarrollo de microrredes y acuerdos de colaboración con la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE) o sus operadores privados, como LUMA ENERGY y GENERA PR, promoviendo así su participación en proyectos de energía renovable y mantenimiento del sistema.
Para ordenar a la Autoridad de Carreteras y Transportación de Puerto Rico y al Municipio de San Juan establecer e implantar los mecanismos necesarios para la instalación de sistemas de alumbrado eléctrico en las carreteras y aceras del Viejo San Juan que posibilitan y viabilizan el tránsito de vehículos y de peatones, de manera particular el paso de corredores y personas que utilizan la isleta para hacer ejercicios; igualmente, desarrollar el mantenimiento de servicios para garantizar la existencia y ejecución efectiva de la infraestructura que genere energía para la iluminación precisa y adecuada en la isleta del Viejo San Juan; y para otros fines relacionados.
La Resolución Conjunta de la Cámara 178 ordena a la Autoridad de Carreteras y Transportación (ATH) y al Municipio de San Juan a establecer e implementar sistemas de alumbrado eléctrico en las carreteras y aceras del Viejo San Juan. El objetivo es facilitar el tránsito vehicular y peatonal, especialmente para corredores y personas que hacen ejercicio, y asegurar el mantenimiento de dicha infraestructura. Ambas agencias deberán presentar un informe de resultados en un plazo de 120 días tras la aprobación de la medida.
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