Qué propone
La Ley 174-2026 crea un marco regulatorio para que los municipios colaboren en la instalación, reparación, mantenimiento y modernización del sistema de alumbrado público. Esto se realizará a través de 'Acuerdos de Colaboración' entre los municipios y el operador del sistema eléctrico, los cuales deben ser aprobados por el Negociado de Energía. La ley busca agilizar estos trabajos, que deben completarse en un plazo de tres años, y afecta directamente a los municipios, al operador del sistema eléctrico (actualmente LUMA Energy) y al Negociado de Energía, que supervisará el proceso.
Pros
Contras
Intereses en juego
Perspectiva histórica
Esta medida se inscribe en el debate histórico sobre la autonomía municipal y la descentralización de servicios, que se consolidó con la Ley de Municipios Autónomos de 1991 y el Código Municipal de 2020. La medida busca fortalecer la capacidad de los municipios para atender necesidades locales, como el alumbrado público, en un contexto donde la crisis fiscal y la eliminación de fondos como el de Equiparación han mermado sus recursos, obligándolos a buscar nuevas vías de colaboración y financiamiento.
En qué va
La Ley 174-2026 fue aprobada por la Asamblea Legislativa de Puerto Rico en 2026 tras un proceso de conferencia entre Cámara y Senado. Fue firmada por la Gobernadora el 6 de agosto de 2026 y entró en vigor inmediatamente.
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Última acción · 6 de agosto de 2026
Ley 174-2026
La lectura de coincidencia compara solo a favor vs. en contra de cada lado.
A favor (45)
A favor (24)
En contra (2)
Ausente (2)
A favor (25)
En contra (2)
Ausente (1)
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para crear la “Ley Especial de Participación, Inclusión Efectiva y Prioridad de los Municipios en los Procesos de Transformación del Sistema de Energía Eléctrica de Puerto Rico”; a los fines de establecer como política pública el proveer garantías específicas para que los municipios del país puedan asumir un rol activo en los procesos y estructuras para la implantación de la transformación señalada; así como para otros fines relacionados.
Esta medida legislativa, la 'Ley Especial de Participación, Inclusión Efectiva y Prioridad de los Municipios en los Procesos de Transformación del Sistema de Energía Eléctrica de Puerto Rico', crea un marco legal para garantizar que los municipios tengan un rol activo y prioritario en los procesos de transformación del sistema eléctrico. Busca asegurar su inclusión en subcontrataciones, desarrollo de microrredes y acuerdos de colaboración con la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE) o sus operadores privados, como LUMA ENERGY y GENERA PR, promoviendo así su participación en proyectos de energía renovable y mantenimiento del sistema.
Para prohibir el cobro a los municipios por el servicio de alumbrado público cuando se presente evidencia que dicho alumbrado no está en funcionamiento; y para otros fines relacionados.
El Proyecto de la Cámara 493 propone enmendar la ley para prohibir que LUMA Energy facture a los municipios por el servicio de alumbrado público cuando exista evidencia de que dicho alumbrado no está en funcionamiento. Establece un mecanismo para que los municipios presenten dicha evidencia y soliciten el cese de los cargos correspondientes por servicios no prestados, afectando directamente la facturación de LUMA Energy y la carga fiscal municipal por este concepto.
Para enmendar el Artículo 1.037 de Ley Núm. 107 de 13 de agosto de 2020, según enmendada, conocida como, “Código Municipal de Puerto Rico”, a los fines de establecer que las sesiones y procedimientos legislativos de las Legislaturas Municipales sean transmitidas digitalmente en el internet, y para otros fines relacionados.
Esta medida enmienda el Código Municipal de Puerto Rico (Ley 107-2020) para requerir que las sesiones ordinarias y extraordinarias de las Legislaturas Municipales, incluyendo las reuniones de comisión, sean transmitidas digitalmente por internet con audio e imagen simultánea a las sesiones físicas. También añade un deber al Secretario de la Legislatura Municipal de notificar al público sobre estas transmisiones con al menos 24 horas de antelación, incluyendo el enlace de acceso. Afecta directamente a las 78 Legislaturas Municipales y a la ciudadanía, al buscar aumentar la transparencia y el acceso a los procesos legislativos locales.
Para crear la “Ley Especial de Participación, Inclusión Efectiva y Prioridad de los Municipios y del Modelo Cooperativo en los Procesos de Transformación del Sistema de Energía Eléctrica de Puerto Rico”; enmendar la Ley Núm. 120-2018, según enmendada, conocida como “Ley para Transformar el Sistema Eléctrico de Puerto Rico”; a los fines de establecer como política pública el proveer garantías específicas para que tanto los municipios del país y el movimiento cooperativista puedan asumir un rol activo en los procesos y estructuras para la implantación de la transformación señalada; así como para otros fines relacionados.
El Proyecto de la Cámara 130 (PC 130) buscaba crear la 'Ley Especial de Participación, Inclusión Efectiva y Prioridad de los Municipios y del Modelo Cooperativo en los Procesos de Transformación del Sistema de Energía Eléctrica de Puerto Rico'. La medida proponía establecer como política pública garantías específicas para que los municipios y el sector cooperativo tuvieran un rol activo y prioritario en la transformación del sistema eléctrico, incluyendo la posibilidad de que una Cooperativa Nacional de Energía (o regionales) asumiera servicios de generación, distribución y cobros. Enmienda la Ley 120-2018 para incorporar estos objetivos.
Para enmendar el inciso (a) del Artículo 3; el inciso (ee) del Artículo 6; y los Artículos 14 y 16 de la Ley Núm. 75-2019, conocida como la “Ley de la Puerto Rico Innovation and Technology Service” (PRITS), a los fines de integrar a los municipios dentro del marco de gobernanza tecnológica establecido por dicha entidad, con el propósito de armonizar el uso de la tecnología y los sistemas de información municipales; y para otros fines relacionados.
La medida enmienda la Ley Núm. 75-2019 (Ley de PRITS) para integrar formalmente a los municipios dentro del marco de gobernanza tecnológica y de ciberseguridad establecido por PRITS. Esto implica que los municipios deberán cumplir con las políticas, protocolos y guías operacionales de PRITS en materia de tecnología e informática, y sus oficiales de informática deberán coordinar con PRITS. Afecta directamente a todos los municipios de Puerto Rico y a la agencia PRITS.
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