Qué propone
La medida propone la creación de la "Ley de Equidad Educativa para Estudiantes Inmigrantes en Puerto Rico". Esta ley declara política pública el repudio a la discriminación contra menores sin estatus legal, garantizando su derecho a la educación pública, gratuita y obligatoria. Establece que las escuelas públicas deben ser espacios seguros, protegiendo la confidencialidad de la información personal de estos estudiantes y promoviendo una cultura de inclusión y protección contra el acoso.
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Última acción · 9 de febrero de 2026
Referido a Comisión(es)
Otras medidas sobre el mismo asunto, encontradas por significado (no solo por palabras).
“Para enmendar los Artículos 1.03, 2.01, 2.04, añadir un nuevo Capítulo XIV, reenumerar los actuales Capítulos XIV, XV, y XVI como los nuevos Capítulos XV, XVI y XVII, reenumerar los actuales Artículos 14.01 al 14.09, como los nuevos Artículos 15.01 al 15.09, reenumerar el actual Artículo 15.01 como el nuevo Artículo 16.01, reenumerar los actuales Artículos 16.01 al 16.07, como los nuevos Artículos 17.01 al 17.07, de la Ley 85-2018, según enmendada y conocida como “Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico” a los fines de establecer un nuevo modelo educativo conocido como “Escuelas Públicas de Inclusión” donde todos los estudiantes de educación especial y/o con diversidad funcional puedan desempeñarse por grados académicos junto con estudiantes de la corriente regular y recibir en el mismo plantel escolar, todos los servicios necesarios; fomentar ambientes inclusivos dentro del sistema público de enseñanza; establecer un término de diez (10) años para que el Departamento de Educación formalice el establecimiento de “Escuelas Públicas de Inclusión”; y para otros fines relacionados.”
Enmienda la Ley 85-2018, "Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico", para establecer el modelo "Escuelas Públicas de Inclusión". Este modelo busca integrar a estudiantes de educación especial y/o con diversidad funcional junto a estudiantes de la corriente regular en el mismo plantel, recibiendo todos los servicios necesarios. Se establece un plazo de diez (10) años para su formalización por el Departamento de Educación y se reestructuran diversos capítulos y artículos de la ley.
“Para establecer la política pública del Gobierno de Puerto Rico de protección a lugares considerados como sensibles por su importancia en el ejercicio de derechos fundamentales, clarificar y uniformar los parámetros legales bajo los que se regirán las interacciones entre las entidades gubernamentales y las autoridades federales de inmigración para asegurar que sean en cumplimiento con el estado de derecho vigente; y para otros fines relacionados.”
Intereses en juego
En qué va
La medida, P. del S. 1062, fue el 6 de febrero de 2026 y referida a comisión en el Senado de Puerto Rico el 9 de febrero de 2026.
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Esta medida establece como política pública del Gobierno de Puerto Rico la protección de lugares sensibles (como escuelas, iglesias y hospitales) donde se ejercen derechos fundamentales. Busca clarificar y uniformar los parámetros legales para las interacciones entre entidades gubernamentales de Puerto Rico y las autoridades federales de inmigración, asegurando el cumplimiento del estado de derecho vigente. Su propósito es evitar redadas o intervenciones sin orden judicial que afecten a personas en dichos lugares o basándose en perfiles étnicos/raciales, protegiendo así la confianza y el acceso a servicios esenciales de todos los residentes.
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