Qué propone
Añade el Artículo 5.021-A al Código Municipal para que puestos de limonada operados directamente por menores de 16 años y con ingresos brutos anuales de hasta $9,000 puedan funcionar sin licencia de negocio ambulante. También impide que el municipio o el Departamento de Transportación y Obras Públicas les exijan trámites, términos de vigencia o pagos relacionados con esa licencia. La excepción no permite operar en autopistas, expresos u otras carreteras que determine el secretario del DTOP, ni en lugares donde una ordenanza prohíba negocios ambulantes por razones de planificación, tránsito, salud o seguridad. Además, el Artículo 7.206 para eximir esos puestos de patentes municipales; ese artículo ya exime negocios con volumen de negocios de hasta $5,000.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
El P. del S. 1536 fue el 15 de octubre de 2026, durante la cuarta . La información provista no identifica una comisión a la que haya sido referido ni registra otros trámites.
Generado por IA · puede contener errores y los argumentos a favor/en contra son posibles puntos de debate, no una postura oficial. Verifica con el texto oficial.
Última acción · 15 de octubre de 2026
Entra con tu correo para opinar, comentar y seguir esta medida. La primera vez se crea tu cuenta, gratis.
Aún no hay comentarios. Comparte tu opinión sobre esta medida.