Qué propone
La medida propone la creación del 'Destino Turístico Paraíso del Este', abarcando 17 municipios del este y sureste de Puerto Rico. Ordena a la Compañía de Turismo de Puerto Rico (CTPR) a elaborar un Plan Estratégico y crea una Junta Ejecutiva con dos comités (Infraestructura y Educación/Mercadeo) para dirigir su desarrollo. También la Ley de Regionalización Turística de Puerto Rico para ajustar las delimitaciones regionales.
Pros
Contras
Intereses en juego
Perspectiva histórica
Esta medida se inscribe en la larga historia de Puerto Rico de buscar diversificar su economía a través del turismo, un esfuerzo que se institucionalizó con la creación de la Compañía de Turismo en 1970. La medida, al igual que iniciativas previas como el Distrito del Centro de Convenciones, busca la planificación estratégica y la inversión pública para desarrollar el sector, aunque el reto histórico ha sido asegurar que estos proyectos beneficien a las comunidades locales y generen retornos equitativos.
En qué va
Esta medida legislativa (PS 155) fue el 2 de enero de 2025 y tuvo su primera lectura en el Senado el 16 de enero de 2025, siendo referida a comisión. Fue por su autor el 27 de febrero de 2025.
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Última acción · 27 de febrero de 2025
por su Autor
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para crear y demarcar el Destino Turístico Paraíso del Este; demarcar el área geográfica del Destino; ordenar a la Compañía de Turismo de Puerto Rico la elaboración de un “Plan Estratégico de Desarrollo Turístico y Mercadeo del Destino”; crear la Junta Ejecutiva para el Desarrollo de Paraíso del Este; crear el Comité de Infraestructura, Desarrollo, Transportación y Asuntos Ambientales; crear el Comité de Educación, y Mercadeo; ordenar a los Municipios que componen Paraíso del Este, realizar un inventario de instalaciones y atracciones turísticas; enmendar el Artículo 3 de la Ley 125-2016, conocida como “Ley de Regionalización Turística de Puerto Rico”; y para otros fines relacionados.
Esta medida legislativa crea el Destino Turístico 'Paraíso del Este', abarcando 21 municipios del este y sureste de Puerto Rico. Establece una Junta Ejecutiva y dos comités (Infraestructura y Educación/Mercadeo) para desarrollar e implementar un Plan Estratégico de Turismo. También ordena a municipios y agencias gubernamentales realizar inventarios y estudios de necesidades. Enmienda la Ley de Regionalización Turística de Puerto Rico para delimitar esta nueva región.
Para crear y demarcar el Destino de Turismo Deportivo “Distrito de Guayama, Puerta al Deporte” en los municipios que componen el Distrito de Guayama, Puerto Rico; ordenar a la Compañía de Turismo de Puerto Rico la elaboración de un “Plan Estratégico de Desarrollo de Turismo Deportivo y Mercadeo del Destino”, establecer su organización, desarrollo, promoción y rotulación; en coordinación con el Departamento de Recreación y Deportes y las agencias pertinentes; y para otros fines relacionados.
Esta medida legislativa crea el Destino de Turismo Deportivo “Distrito de Guayama, Puerta al Deporte”. Ordena a la Compañía de Turismo de Puerto Rico (CTPR), en coordinación con el Departamento de Recreación y Deportes (DRD) y otras agencias, a identificar y establecer una ruta de turismo deportivo en el Distrito de Guayama. Esto incluye la promoción de eventos, hospederías y comercios, así como la creación de un plan de rotulación y mapas para guiar a los visitantes. Afecta directamente a los municipios del Distrito de Guayama, la CTPR, el DRD, el Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP) y la Autoridad de Carreteras y Transportación (ACT), así como a los comercios y hospederías en la ruta designada.
“Para establecer la “Ley para el Fomento del Turismo Científico y Académico en Puerto Rico”; crear el Programa de Promoción de Intercambios, Conferencias y Turismo de Investigación; disponer los deberes de la Compañía de Turismo y del Departamento de Desarrollo Económico y Comercio; y para otros fines relacionados.”
Establece la Ley para el Fomento del Turismo Científico y Académico en Puerto Rico, creando el Programa de Promoción de Intercambios, Conferencias y Turismo de Investigación. Este programa, adscrito a la Compañía de Turismo y coordinado con otros departamentos y el sistema universitario, busca atraer eventos académicos y científicos internacionales a la Isla. La Compañía de Turismo tendría 90 días para reglamentar la medida tras su aprobación.
Para crear y demarcar el Destino Turístico y Gastronómico “Joyuda, Sabor Costero” en el Municipio de Cabo Rojo, Puerto Rico; ordenar a la Compañía de Turismo de Puerto Rico la elaboración de un “Plan Estratégico de Desarrollo Turístico y Mercadeo del Destino, establecer su organización, desarrollo, promoción y rotulación; en coordinación con las agencias pertinentes; y para otros fines relacionados.
La medida, ahora retirada, buscaba crear formalmente el Destino Turístico y Gastronómico “Joyuda, Sabor Costero” en Cabo Rojo. Ordenaba a la Compañía de Turismo (CTPR) elaborar un plan estratégico para su desarrollo, mercadeo, organización, promoción y rotulación. Esto implicaría coordinar con agencias como el Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP) para la señalización y mapas, y promover el destino en plataformas digitales. La ley entraría en vigor inmediatamente tras su aprobación.
“Para modernizar y transformar el turismo en la región oeste de Puerto Rico, integrando tecnología, análisis de datos, desarrollo de “clusters” turísticos, un sistema de “Day Pass” digital, estrategias de mercadeo avanzadas y la creación de una Cumbre Anual del Ecosistema Turístico del Oeste. Esta ley deroga y sustituye la Ley 158-2005, según enmendada.”
La medida PS 474 buscaba derogar y sustituir la Ley 158-2005 para modernizar el turismo en la región oeste de Puerto Rico. Establecía el 'Proyecto DESTINO', adscrito a la Compañía de Turismo (CTPR), con el fin de integrar tecnología (dashboard digital, 'Day Pass' digital), análisis de datos, desarrollo de 'clusters' turísticos especializados, estrategias de mercadeo avanzadas con una asignación mínima de $1,000,000 anuales, y la creación de una Cumbre Anual del Ecosistema Turístico del Oeste. Afectaba directamente a los 19 municipios de la región oeste, la CTPR, el Departamento de Desarrollo Económico y Comercio (DDEC), y la Puerto Rico Innovation and Technology Service (PRITS).
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