Para crear la “Ley para el Sistema Integrado sobre Establecimientos para el Cuidado de Personas Adultas Mayores”, a los fines de establecer un mecanismo electrónico para compartir entre las agencias participantes de información sobre el estatus de las licencias expedidas por el Departamento de la Familia y con referidos, querellas, quejas, denuncias, inspecciones y hallazgos relacionados con la operación de dichos establecimientos; facilitar la notificación y coordinación entre las agencias que ofrecen servicios o fiscalizan su operación; disponer las funciones del Departamento de la Familia como administrador del Sistema; proteger la información confidencial; preservar el registro público establecido por la Ley Núm. 94 de 22 de junio de 1977, según enmendada, y las facultades de las agencias participantes; autorizar acuerdos interagenciales y reglamentación; y para otros fines relacionados.
Qué propone
El PS 1573, el 19 de octubre de 2026, propone crear una ley para establecer un sistema electrónico que comparta información entre agencias sobre establecimientos de cuidado de personas adultas mayores. Según el título, incluiría información sobre el estatus de licencias expedidas por el Departamento de la Familia y sobre referidos, querellas, quejas, denuncias, inspecciones y hallazgos relacionados con esos establecimientos. Designaría al Departamento de la Familia como administrador del sistema y dispondría protecciones para la información confidencial, preservando el registro público creado por la Ley 94-1977 y las facultades de las agencias participantes. El título también autoriza acuerdos entre agencias y , pero no especifica cómo se financiaría el sistema ni otros detalles de su operación.
Intereses en juego
En qué va
Fue en el Senado el 19 de octubre de 2026. No consta en el trámite que haya sido referido a comisión ni aprobado.
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Última acción · 19 de octubre de 2026
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