Para establecer la “Ley para la Permanencia de Fondos para la Educación Especializada de Estudiantes Dotados”; con el propósito de mantener una asignación anual de trescientos mil dólares ($300,000.00) para la educación especializada de estudiantes dotados y dar continuidad al trabajo del Instituto de Investigación y Desarrollo para Estudiantes Dotados, Inc. (IIDED); y para otros fines relacionados.
Qué propone
El P. del S. 248 buscaba establecer la 'Ley para la Permanencia de Fondos para la Educación Especializada de Estudiantes Dotados'. La medida proponía asignar de forma permanente $300,000.00 anuales del presupuesto del Departamento de Educación al Instituto de Investigación y Desarrollo para Estudiantes Dotados, Inc. (IIDED). Estos fondos estarían destinados a servicios de identificación, evaluación, orientación a familias, capacitación docente y colaboración con instituciones académicas para estudiantes dotados. La ley entraría en vigor al inicio del año fiscal siguiente a su aprobación.
Pros
Contras
Intereses en juego
Perspectiva histórica
La medida se enmarca en el tema general de la educación K-12 en Puerto Rico, específicamente en la dentro del Departamento de Educación. Los fragmentos históricos detallan la complejidad presupuestaria, las ineficiencias administrativas y las intervenciones federales que han caracterizado al Departamento de Educación, lo que contextualiza la propuesta de la medida de asegurar una asignación anual para un programa específico.
En qué va
El P. del S. 248 fue presentado el 13 de enero de 2025, referido a la Comisión de Educación, Arte y Cultura del Senado, y posteriormente por su autor el 11 de septiembre de 2025.
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Última acción · 11 de septiembre de 2025
por su Autor
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para establecer la “Ley para la Permanencia de Fondos para la Educación Especializada de Estudiantes Dotados”; con el propósito de mantener una asignación anual de trescientos cincuenta mil dólares ($350,000.00) para la educación especializada de estudiantes dotados y dar continuidad al trabajo del Instituto de Investigación y Desarrollo para Estudiantes Dotados, Inc. (IIDED); y para otros fines relacionados.
La medida establece la Ley para la Permanencia de Fondos para la Educación Especializada de Estudiantes Dotados. Crea una asignación anual permanente de $350,000.00 provenientes del presupuesto del Departamento de Educación, a ser otorgados antes del 30 de agosto de cada año fiscal al Instituto de Investigación y Desarrollo para Estudiantes Dotados, Inc. (IIDED). Estos fondos se destinarán a la identificación, evaluación, apoyo a familias, capacitación de educadores, y colaboración con el Departamento de Educación y la Universidad de Puerto Rico para el beneficio de estudiantes dotados.
Para establecer la “Ley de Asistentes de Servicios Especiales al Estudiante, Trabajadoras I y II (T-1 y T-2)”; disponer que la remuneración base comenzará a partir de los mil ochocientos dólares ($1,800.00) mensuales; reconocer como permanente al personal transitorio, irregular y por contrato que se desempeñe como Asistente de Servicios Especiales; disponer el establecimiento de un programa en el Departamento de Educación para ofrecer adiestramientos y capacitaciones necesarias a las Asistentes de Servicios Especiales; y para decretar otras disposiciones complementarias.
La medida establece la Ley de Asistentes de Servicios Especiales al Estudiante, Trabajadoras I y II (T-1 y T-2). Crea un salario base de $1,800 mensuales a partir del 1 de julio de 2025, otorga permanencia a personal transitorio o por contrato con al menos tres años de servicio en el Departamento de Educación (DEPR), y exige al DEPR establecer un programa de capacitación y desarrollo profesional en un plazo de seis meses. También ordena el pago de deudas adeudadas a estas asistentes en 30 días y la provisión de equipo tecnológico en emergencias.
Para establecer la “Ley de Justicia Laboral para los Asistentes de Servicios Especiales al Estudiante (T-1 y T-2) del Sistema de Educación Pública de Puerto Rico”, a los fines de promover su retención en el empleo; disponer de un salario base con un aumento escalonado a partir del año 2026 hasta devengar $13.50 por hora; establecer beneficios marginales y requisitos del puesto; proveer capacitación; y para otros fines relacionados.
La medida PS 243, titulada 'Ley de Justicia Laboral para los Asistentes de Servicios Especiales al Estudiante (T-1 y T-2) del Sistema de Educación Pública de Puerto Rico', buscaba establecer un salario base mínimo escalonado para estos empleados, que iniciaría en $10.50 por hora y aumentaría a $13.50 por hora para enero de 2026. También pretendía otorgarles estatus regular de empleo tras tres años de servicio consecutivo y mejorar sus beneficios marginales, como licencias y bonos, adaptándolos a sus jornadas laborales. La medida afectaba directamente a los Asistentes de Servicios Especiales al Estudiante (T-1 y T-2) del Departamento de Educación.
Para crear la Secretaría Auxiliar de Escuelas Especializadas en Puerto Rico adscrita al Departamento de Educación, con el fin de desarrollar una educación de avanzada con modelos especializados; disponer una administración autónoma y separada para el desarrollo de estos modelos frente a la corriente regular de escuelas del Departamento de Educación de Puerto Rico; y para otros fines relacionados.
El Proyecto de la Cámara 202 propone crear la Secretaría Auxiliar de Escuelas Especializadas adscrita al Departamento de Educación de Puerto Rico. Esta nueva secretaría tendría una administración autónoma y separada para desarrollar modelos educativos de avanzada y especializados, dirigidos a estudiantes con talentos y destrezas excepcionales. El objetivo es ofrecer una educación más flexible y adaptada a sus ritmos y niveles de aprendizaje, diferenciándose de la estructura regular del Departamento de Educación.
“Para establecer la “Ley para la Educación Financiera Integral en las Escuelas de Puerto Rico”, a los fines de proveer a los estudiantes que cursan los niveles superiores de las escuelas públicas de Puerto Rico, e incentivar en las escuelas privadas, el conocimiento sobre educación financiera de manera que nuestros jóvenes se gradúen de escuela superior con las herramientas necesarias para gestionar sus finanzas de una manera efectiva; y para otros fines relacionados.”
El Proyecto del Senado 698 proponía establecer la "Ley para la Educación Financiera Integral en las Escuelas de Puerto Rico". Buscaba ordenar al Departamento de Educación a analizar, desarrollar e implementar un módulo o curso obligatorio de educación financiera para todos los estudiantes de 12mo grado en escuelas públicas. También exhortaba a las escuelas privadas a adoptar un curso similar. La implementación debía comenzar no más tarde del año escolar 2026-2027.
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