Qué propone
La medida propone la creación de la 'Ley de la Corporación de Comedores Escolares y la Ampliación de sus Servicios a Adultos Mayores'. Esta nueva corporación tendría la misión de planificar, organizar, dirigir y fiscalizar integralmente las operaciones de los programas de alimentos y nutrición, extendiendo sus servicios desde la infancia hasta la vejez, incluyendo a adultos mayores. Para lograr esto, la ley la Ley Núm. 328 de 1946, que creó la División de Comedores Escolares del Departamento de Educación, y establecería una entidad con autonomía administrativa y fiscal.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
La medida (P. del S. 336) fue el Senado de Puerto Rico el 19 de febrero de 2025. Tras ser referida a comisiones, se celebró una el 21 de mayo de 2025. Posteriormente, fue por su autor el 24 de septiembre de 2025.
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Última acción · 24 de septiembre de 2025
por su Autor
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Para crear la “Ley de la Corporación de Comedores Escolares”, cuya misión principal será establecer una operación integral y efectiva, respecto a procesos, productos y servicios e implantar un programa agresivo que planifique, organice y dirija las operaciones de los comedores escolares participantes, incluyendo escuelas públicas, privadas e instituciones sin fines de lucro; derogar la Ley Núm. 328 de 15 de abril de 1946, según enmendada, mediante la cual se creó la División de Comedores Escolares del Departamento de Educación de Puerto Rico; y para otros fines relacionados.
Esta medida crea la "Corporación de Comedores Escolares", una nueva corporación pública, para centralizar y mejorar la operación de los comedores escolares en Puerto Rico, abarcando escuelas públicas, privadas e instituciones sin fines de lucro. Transfiere funciones, personal y activos de la antigua División de Comedores Escolares del Departamento de Educación a esta nueva entidad, que tendrá autonomía administrativa y fiscal. Su objetivo es optimizar procesos, productos y servicios de alimentación nutritiva, incluyendo la promoción de productos agrícolas locales y la administración de programas federales de nutrición.
“Para establecer la “Ley para el Manejo de Excedentes de Alimentos en el Gobierno”, a los fines de promulgar un protocolo que facilite la transferencia de excedentes de alimentos a organizaciones sin fines de lucro dedicadas a combatir el hambre en Puerto Rico; para disponer sobre el protocolo y demás reglamentaciones; y para otros fines relacionados.”
Propone crear la 'Ley para el Manejo de Excedentes de Alimentos en el Gobierno' para establecer un protocolo que facilite la transferencia de alimentos excedentes del gobierno a organizaciones sin fines de lucro contra el hambre. Asigna roles de reglamentación, registro y supervisión a los Departamentos de Agricultura, Salud y Familia, y exige cumplimiento a dependencias como el Programa de Comedores Escolares y municipios. Afecta directamente a las agencias gubernamentales que generan excedentes y a las organizaciones sin fines de lucro que combaten la inseguridad alimentaria.
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