Qué propone
El Proyecto del Senado 547 propone el Artículo 2.01 de la Ley 122-2017, conocida como la Ley del Nuevo Gobierno de Puerto Rico. El objetivo es incluir explícitamente al Instituto de Estadísticas de Puerto Rico entre las entidades exentas de los procesos de reorganización y consolidación de dicha ley. Esto significa que cualquier cambio futuro en la estructura o funciones del Instituto requeriría una legislación ordinaria separada, protegiendo su autonomía.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
La medida, Proyecto del Senado 547, fue el 10 de abril de 2025 y referida a la Comisión de Gobierno del Senado. El 14 de octubre de 2025, dicha comisión emitió un , no recomendando su aprobación.
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Última acción · 14 de octubre de 2025
Comisión no recomienda aprobación de la medida
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Para enmendar el artículo 5 de la Ley 3-2017, según enmendada, conocida como “Ley para Atender la Crisis Económica Fiscal y Presupuestaria para Garantizar el funcionamiento del Gobierno de Puerto Rico” a los fines de garantizar la autonomía de; Instituto de Estadísticas de Puerto Rico en cumplimiento con la Ley 209-2003, según enmendada.
La medida PS 546 propone enmendar el Artículo 5 de la Ley 3-2017, conocida como la "Ley para Atender la Crisis Económica Fiscal y Presupuestaria para Garantizar el funcionamiento del Gobierno de Puerto Rico", a fin de excluir explícitamente al Instituto de Estadísticas de Puerto Rico (IEPR) de sus disposiciones. El propósito es garantizar la autonomía administrativa, fiscal y operacional del IEPR, tal como fue establecido en su ley orgánica (Ley 209-2003). Esto busca proteger la imparcialidad y credibilidad de las estadísticas oficiales que sustentan la formulación de política pública.
Para enmendar el Artículo 2.01 del Capítulo 2 de la Ley Núm. 122-2017, conocida como “Ley del Nuevo Gobierno de Puerto Rico”, y el primer párrafo del Artículo 3 de la Ley Núm. 209-2003, según enmendada, conocida como “Ley del Instituto de Estadísticas de Puerto Rico”, con el propósito de incluir al Instituto de Estadísticas de Puerto Rico entre las entidades exentas de las disposiciones de la referida Ley Núm. 122 y manifestar expresamente en dichas leyes tal exclusión, a fin de preservar la naturaleza del Instituto de Estadísticas de Puerto Rico como entidad autónoma administrativa y fiscalmente de la Rama Ejecutiva del Gobierno de Puerto Rico; y realizar correcciones técnicas.
La medida propone enmendar la Ley del Nuevo Gobierno (Ley 122-2017) y la Ley del Instituto de Estadísticas de Puerto Rico (Ley 209-2003). Busca eximir explícitamente al Instituto de Estadísticas de las disposiciones de la Ley 122-2017, que permite al Gobernador someter Planes de Reorganización a la Legislatura. También corrige referencias técnicas en la Ley 209-2003 para reflejar esta exclusión y otras actualizaciones legislativas. Afecta directamente al Instituto de Estadísticas, asegurando su autonomía frente a posibles reorganizaciones ejecutivas y clarificando su estatus legal.
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