Qué propone
La medida propone crear la Ley de Incentivo para la Retención de Talento en Puerto Rico en el Sector Privado y el Código de Rentas Internas para establecer una deducción contributiva especial. Esta deducción será del 25% sobre los pagos al principal de préstamos estudiantiles de bachillerato y del 50% sobre los de postgrado. Aplica a profesionales del sector privado en Puerto Rico que cumplan con requisitos de residencia, empleo a tiempo completo, y que hayan tomado préstamos federales para estudios universitarios.
Pros
Contras
Intereses en juego
Perspectiva histórica
Esta medida se inscribe en la larga historia de Puerto Rico de usar incentivos contributivos para estimular la economía y atraer o retener capital y talento, un modelo que comenzó con "Manos a la Obra" y la Sección 936, y que continúa con las leyes 20/22 (ahora Ley 60). El debate histórico sobre estos incentivos, incluyendo si benefician a la población local o si exacerban desigualdades, es relevante para entender el impacto potencial de esta nueva propuesta.
En qué va
El Proyecto del Senado 556 fue y referido a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y PROMESA del Senado. La Comisión emitió un , no recomendando su aprobación debido a su impacto fiscal negativo y la falta de alineación con el principio de neutralidad fiscal del Plan Fiscal certificado.
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Última acción · 12 de diciembre de 2025
Comisión no recomienda aprobación de la medida
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para establecer la "Ley para Incentivar la Retención y Retorno de Nuestra Juventud y Fomento de Familias Jóvenes"; enmendar las Secciones 1031.02, 1033.15, añadir nuevas Secciones 1052.05, 1052 .06 y 1052.07 de la Ley 1-2011, conocida como Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011, según enmendada; enmendar la Sección 1020.02 de la Ley 60-2019, conocida como el Código de Incentivos, según enmendada; a los fines de ampliar las exenciones contributivas aplicables a jóvenes, establecer un crédito por los pagos de préstamos estudiantiles, establecer un crédito por menor dependiente en Puerto Rico, disponer para la deducibilidad de los gastos de transporte aéreo y mudanza a Puerto Rico, los pagos de alquiler residencial a largo plazo y los gastos médicos veterinarios, establecer un crédito para la compra de bicicletas eléctricas, extender la edad de elegibilidad de incentivos para jóvenes empresarios para profesionales médicos y veteranos; y para otros fines relacionados.
El Proyecto del Senado 168 buscaba establecer la "Ley para Incentivar la Retención y Retorno de Nuestra Juventud y Fomento de Familias Jóvenes". Proponía enmendar el Código de Rentas Internas de Puerto Rico (Ley 1-2011) y el Código de Incentivos (Ley 60-2019) para ampliar exenciones contributivas a jóvenes (hasta $50,000 anuales para menores de 35 años, y 39 para médicos), crear créditos por préstamos estudiantiles y por menores dependientes, permitir deducciones por transporte aéreo, mudanza, alquiler residencial y gastos veterinarios, y establecer un crédito por compra de bicicletas eléctricas. También buscaba extender la edad de elegibilidad para jóvenes empresarios médicos y veteranos. Afectaba a jóvenes, profesionales médicos, veteranos, familias emergentes y contribuyentes en general, modificando sus obligaciones y beneficios fiscales.
Para enmendar las Secciones 1033.16 y 1033.17 de la Ley 1-2011, según enmendada, conocida como “Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011” a los fines de conceder una deducción fiscal no mayor de quinientos (500) dólares por gastos elegibles incurridos por educadores para compra de materiales y servicios relacionados con su práctica docente; y para otros fines relacionados.
La medida propone enmendar el Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011 para crear una deducción fiscal especial para educadores elegibles. Esta deducción, limitada a un máximo de $500 anuales, aplicará a gastos incurridos en materiales, desarrollo profesional y equipos relacionados con la práctica docente. La disposición estará vigente para los años contributivos entre el 1 de enero de 2026 y el 31 de diciembre de 2026.
Para crear la “Ley del Retorno del Trabajador Puertorriqueño”; añadir una nueva Sección 2025.03 a la Ley 60-2019, según enmendada, conocida como “Código de Incentivos de Puerto Rico” a los fines de establecer el Programa de Retorno del Trabajador Puertorriqueño; establecer una tasa preferencial de contribución sobre el ingreso generado por trabajo; establecer responsabilidades y la facultad de reglamentación al Secretario de Hacienda y al Secretario del Departamento de Desarrollo Económico y Comercio para incluir incentivo adicionales a este grupo trabajador para fomentar su incorporación a la fuerza laboral; y para otros fines relacionados.
La medida propone crear la Ley del Retorno del Trabajador Puertorriqueño, añadiendo la Sección 2025.03 al Código de Incentivos de Puerto Rico (Ley 60-2019). Establece un Programa de Retorno del Trabajador Puertorriqueño que ofrece una tasa de contribución preferencial sobre los primeros $48,000 de ingreso bruto por salarios, servicios o trabajo por cuenta propia para trabajadores que regresen a la Isla. Afecta directamente a los trabajadores puertorriqueños que emigraron y retornan a laborar, y delega en los Secretarios de Hacienda y Desarrollo Económico y Comercio la facultad de reglamentar y establecer incentivos adicionales.
“Para crear la “Ley de Incentivos para Profesionales de la Salud en Zonas de Escasez Crítica”, a los fines de establecer un programa especial de exención contributiva, subsidio de vivienda y reembolso de préstamos estudiantiles para médicos, psicólogos, enfermeros y otros profesionales de la salud que ejercen en municipios designados por el Departamento de Salud como zonas de escasez crítica de servicios médicos; y para otros fines relacionados.
La medida propone crear la Ley de Incentivos para Profesionales de la Salud en Zonas de Escasez Crítica. Establece un programa adscrito al Departamento de Salud que ofrece exención contributiva sobre ingresos netos hasta $85,000 anuales, reembolso de préstamos estudiantiles hasta $100,000, y subsidio de vivienda hasta $600 mensuales por 36 meses. Estos beneficios están dirigidos a médicos, psicólogos, enfermeros y otros profesionales de la salud que ejerzan en municipios designados como zonas de escasez crítica, por un término inicial de cinco años, condicionado a un compromiso contractual.
Para crear la “Ley Para Incentivar a los Profesionales de Salud en Puerto Rico”; establecer definiciones; exenciones; adoptar reglamentación; y para otros fines.
Crear la Ley Para Incentivar a los Profesionales de Salud en Puerto Rico, estableciendo definiciones y otorgando exenciones contributivas para detener la fuga de talento y atraer profesionales de la salud a la isla. Busca también fomentar el turismo médico mediante estos incentivos.
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