Qué propone
La medida PS 636 busca crear la 'Ley de Cubiertas de Seguros Médicos para Tratamientos de Personas Quemadas en Puerto Rico'. leyes clave como la de ASES y el Código de Seguros de Salud para que las pólizas cubran terapias regenerativas, injertos de piel sintética y tratamientos para minimizar cicatrices en personas quemadas. Esto aplicará siempre que los tratamientos sean realizados por facultativos médicos especializados y certificados, afectando a aseguradoras, proveedores de salud y pacientes con quemaduras severas.
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Última acción · 21 de agosto de 2025
Informe de Minoría
Otras medidas sobre el mismo asunto, encontradas por significado (no solo por palabras).
“Para crear la “Ley del Fondo para la Atención y Rehabilitación de Personas Quemadas de Puerto Rico”; establecer la política pública en Puerto Rico sobre el tratamiento a personas quemadas; establecer definiciones; establecer el propósito del fondo creado; establecer para la administración del fondo; establecer la procedencia de los recursos del fondo; establecer la prioridad a menores de veintiún años; establecer el deber de informar; y para otros fines relacionados.”
La medida propone crear la 'Ley del Fondo para la Atención y Rehabilitación de Personas Quemadas de Puerto Rico'. Establecería un fondo especial para financiar tratamientos médicos, cirugías reconstructivas y apoyo psicológico para personas quemadas, con prioridad para menores de 21 años. El fondo se nutriría de asignaciones del exceso de recaudos del Fondo General, una vez cumplidas otras obligaciones fiscales.
Para enmendar el Artículo VI, Sección 3 de la Ley Núm. 72-1993, según enmendada, conocida como “Ley de la Administración de Seguros de Salud de Puerto Rico”, añadiendo un nuevo inciso (p), a los fines de crear una categoría híbrida de beneficiarios dentro del Plan de Salud del Gobierno (Vital), dirigida a adultos de 55 años o más sin cobertura médica privada y con ingresos combinados en el hogar que excedan los umbrales de elegibilidad estándar de Vital pero no superen dichos umbrales más $10,000 anuales; requerir el pago de una prima nominal fija mensual para acceder a la red existente de proveedores, hospitales, farmacias y servicios de Vital; facultar a la Administración de Seguros de Salud (ASES) para reglamentar la prima, elegibilidad y administración; y para otros fines relacionados.
La medida PS 1136 propone enmendar la Ley de la Administración de Seguros de Salud de Puerto Rico (Ley 72-1993) para crear una nueva categoría de beneficiarios dentro del Plan de Salud del Gobierno (Vital). Esta categoría estaría dirigida a adultos de 55 años o más que no tengan cobertura médica privada y cuyos ingresos familiares superen los límites estándar de Vital por no más de $10,000 anuales. Para acceder a la red de servicios de Vital, estos beneficiarios deberán pagar una prima mensual fija y nominal, cuya reglamentación y administración recaerán en la Administración de Seguros de Salud (ASES).
Intereses en juego
📜 Perspectiva histórica
. Esta medida se inscribe en la evolución del sistema de salud de Puerto Rico, particularmente en el contexto de la Reforma de Salud de 1993 que creó ASES y privatizó la prestación de servicios. La medida busca la Ley de ASES y el Código de Seguros para asegurar la cobertura de tratamientos específicos, abordando las limitaciones y denegaciones de servicios que han sido una crítica recurrente al modelo de cuidado dirigido y a la fiscalización de las aseguradoras.
En qué va
La medida PS 636 fue el 12 de mayo de 2025 y apareció en Primera Lectura del Senado el 19 de mayo de 2025, siendo referida a comisión. Posteriormente, el 19 de agosto de 2025, la Comisión de Salud del Senado no recomendó su aprobación, y el 21 de agosto de 2025 se radicó un Informe de Minoría.
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