Qué propone
El Proyecto del Senado 847 propone el Código de Rentas Internas de Puerto Rico para reducir la tasa de retención de impuestos del diez (10) por ciento a cuatro (4) por ciento sobre los pagos por servicios profesionales de personal de enfermería que son contratados o subcontratados por facilidades de salud. El objetivo declarado es mejorar la estabilidad económica de estos profesionales y fomentar su retención en Puerto Rico, abordando la escasez de personal de enfermería. La medida define quiénes son 'enfermeros contratistas o subcontratistas elegibles' y 'facilidades de salud', y especifica que esta nueva tasa sustituirá cualquier retención general o especial aplicable.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
El Proyecto del Senado 847 fue en noviembre de 2025 y referido a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y PROMESA del Senado. Tras una , dicha comisión emitió un , no recomendando su aprobación.
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Última acción · 9 de marzo de 2026
Comisión no recomienda aprobación de la medida
Otras medidas sobre el mismo asunto, encontradas por significado (no solo por palabras).
Para añadir una Sección 1023.08A al Subcapítulo C del Capítulo 2; y enmendar el apartado (a) y añadirle un párrafo (9) a la Sección 1032.01 del Subcapítulo B del Capítulo 3 del Subtítulo A de la Ley Núm. 1-2011, según enmendada, conocida como “Código de Rentas Internas para el Nuevo Puerto Rico” o “Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011”, a fin de establecer una tasa preferencial de cuatro por ciento (4%) por concepto de contribución sobre ingresos sobre los pagos por servicios profesionales de personal de enfermería contratado o subcontratado por una facilidad de salud.
El P. del S. 1128 propone enmendar el Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011 para crear una tasa contributiva preferencial del 4% sobre los ingresos generados por personal de enfermería que presta servicios profesionales bajo contrato o subcontratación a facilidades de salud en la isla. Esta medida busca impactar directamente a los enfermeros que operan como contratistas independientes y a las facilidades de salud que los emplean, modificando la sección 1023.08A y 1032.01 del referido Código.
“Para enmendar el Artículo 1 de la Ley 27-2005, según enmendada mediante el cual establece el salario mínimo a ser devengado por un(a) enfermero(a) en el servicio privado, a los fines de añadir nuevas categóricas en la práctica de enfermería, de conformidad con las disposiciones contenidas en la Ley 254-2015, conocida como “Ley para Regular la Práctica de la Enfermería en Puerto Rico”; aumentar el salario mínimo a ser devengado por estos profesionales de la salud, reenumerar los Artículos subsiguientes; y para otros fines relacionados.”
El Proyecto del Senado 845 propone enmendar la Ley 27-2005 para actualizar y aumentar los salarios mínimos de los profesionales de enfermería en el sector privado. Busca incorporar nuevas categorías de práctica de enfermería, alineándose con la Ley 254-2015, y reenumerar artículos subsiguientes. Afecta directamente a enfermeros y enfermeras que trabajan en hospitales y otras facilidades de salud privadas en Puerto Rico, así como a sus empleadores.
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