Qué propone
La medida, Proyecto del Senado 685, buscaba el Código de Rentas Internas para eximir a los Agentes Especiales Fiscales y Agentes de Rentas Internas del Departamento de Hacienda del pago de contribuciones sobre los ingresos recibidos por concepto de horas extras trabajadas. Esto aplicaría a estos servidores públicos específicos, modificando la base imponible de sus ingresos por concepto de tiempo adicional laborado.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
La medida, Proyecto del Senado 685, fue aprobada por ambas cámaras de la Asamblea Legislativa y , quien emitió un expreso el 12 de febrero de 2026, citando incompatibilidad con la reforma contributiva en curso y el presupuesto balanceado.
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Última acción · 12 de febrero de 2026
Expreso
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A favor (25)
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Para añadir unos nuevos subincisos (36) y (37), y reenumerar los actuales subincisos (36), (37) y (38), como los subincisos (38), (39) y (40), respectivamente, en el inciso (a) de la Sección 1031.02 de la Ley 1-2011, según enmendada, conocida como “Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011”, a los fines de eximir del pago de contribuciones, los ingresos devengados por concepto de las horas extras trabajadas por los miembros del Cuerpo de Oficiales de Custodia del Departamento de Corrección y Rehabilitación, y por personal de rango del Negociado del Cuerpo de Bomberos de Puerto Rico; y para otros fines relacionados.
La medida, en su versión final aprobada por el Comité de Conferencia y enviada a la Gobernadora, enmendaba el Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011 para eximir del pago de contribuciones sobre ingresos por concepto de horas extras trabajadas por el personal de rango del Negociado del Cuerpo de Bomberos de Puerto Rico. La exención aplicaría a los ingresos devengados por este grupo específico de servidores públicos por concepto de horas adicionales trabajadas.
Para añadir un subinciso (39) al inciso (a) de la Sección 1031.02 de la Ley Núm. 1-2011, según enmendada, conocida como “Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011”, a fin de eximir del pago de contribuciones los ingresos devengados por concepto de las horas extras trabajadas por el personal de rango del Negociado del Cuerpo de Bomberos de Puerto Rico.
La medida PS 899 enmienda el Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011 para añadir un subinciso (39) a la Sección 1031.02(a). A partir del 1 de julio de 2026, exime del pago de contribuciones sobre ingresos las horas extras trabajadas por el personal de rango del Negociado del Cuerpo de Bomberos de Puerto Rico. El propósito es brindar certeza jurídica y uniformidad normativa al incorporar esta exención directamente en el Código, equiparando el trato contributivo con otros primeros respondedores.
En contra (1)
Abstenido (1)
Ausente (1)
A favor (45)
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