Qué propone
La Resolución de la Cámara 371 ordena a la Comisión de Transportación e Infraestructura de la Cámara de Representantes realizar una investigación exhaustiva sobre la implementación de la política pública de 'Calles Completas' (Ley 201-2010). La investigación debe evaluar el cumplimiento de las entidades estatales y municipales, los logros, los retos enfrentados y proponer medidas futuras para su avance. El objetivo es recopilar información actualizada para determinar la necesidad de fortalecer la ejecución y cumplimiento de dicha ley.
Pros
Contras
Intereses en juego
Perspectiva histórica
La Ley de Calles Completas busca transformar el diseño vial para priorizar a peatones y ciclistas, un tema que se inserta en el contexto más amplio del transporte y las obras públicas en Puerto Rico. Los fragmentos históricos revelan los desafíos financieros y de gestión que han afectado la infraestructura vial y el transporte colectivo, lo que subraya la importancia de investigar la implementación de políticas como la de Calles Completas para asegurar su efectividad y sostenibilidad.
En qué va
La Resolución de la Cámara 371 fue el 30 de junio de 2025 y aprobada por unanimidad en la Cámara de Representantes el 18 de agosto de 2025. Posteriormente, la Comisión de Transportación e Infraestructura rindió un Primer Informe Parcial el 8 de abril de 2026, indicando que la investigación está en curso y se planean y solicitud de memoriales adicionales.
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Última acción · 9 de abril de 2026
Cuerpo recibe 1er informe parcial rendido
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para ordenar a la Comisión de Transportación e Infraestructura de la Cámara de Representantes, realizar una investigación abarcadora sobre la posibilidad de aumentar las ciclovías en Puerto Rico como alternativa de transporte segura; y para otros fines relacionados.
La Resolución de la Cámara 323 ordena a la Comisión de Transportación e Infraestructura de la Cámara de Representantes a realizar una investigación abarcadora sobre la posibilidad de aumentar las ciclovías en Puerto Rico como alternativa de transporte segura. La investigación deberá completarse y presentarse en un informe con hallazgos, conclusiones y recomendaciones dentro de 180 días. La Comisión tiene la facultad de solicitar estudios previos del Departamento de Transportación y Obras Públicas y realizar gestiones como requerimientos de información, citaciones y vistas públicas.
Para ordenar a la Comisión de Transportación e Infraestructura de la Cámara de Representantes del Gobierno de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva sobre el estado de las aceras en los setenta y ocho (78) municipios de Puerto Rico; investigar si las aceras existentes han sido construidas en cumplimiento con los parámetros adecuados para facilitar el tránsito de ciudadanos que se movilizan en sillas de ruedas o con la asistencia de cualquier otro equipo diseñado para facilitar la movilidad; investigar cuáles aceras requieren reparación e identificar los fondos existentes para lograr dichas reparaciones; investigar cuáles aceras no cuentan con rampas para personas que se desplazan en sillas de ruedas o con la asistencia de cualquier otro equipo diseñado para facilitar la movilidad, e identificar los fondos para construir dichas rampas; investigar cuáles son aquellos lugares residenciales, comerciales y recreativos que carecen de aceras e identificar los fondos necesarios para construirlas; investigar el cumplimiento del Gobierno con la Ley 201-2010, conocida como la Ley para Declarar la Política Pública sobre la Adopción del Concepto de Calles Completas, y con el Plan y Guías de Diseño para Calles Completas adoptado por el Puerto Rico Metropolitan Planning Organization en septiembre 2018; y para otros fines relacionados.
La Resolución de la Cámara 350 ordena a la Comisión de Transportación e Infraestructura de la Cámara de Representantes realizar una investigación exhaustiva sobre el estado de las aceras en los 78 municipios de Puerto Rico. La investigación debe determinar si cumplen con parámetros de accesibilidad para personas con sillas de ruedas, cuáles requieren reparación e identificar fondos para ello, cuáles carecen de rampas e identificar fondos para construirlas, y cuáles lugares carecen de aceras e identificar fondos para su construcción. Además, se debe investigar el cumplimiento del Gobierno con la Ley 201-2010 (Calles Completas) y el Plan y Guías de Diseño de Calles Completas de la Puerto Rico Metropolitan Planning Organization.
Para ordenar a la Comisión de Transportación e Infraestructura de la Cámara de Representantes realizar una investigación exhaustiva sobre la implementación de la Carta de Derechos del Ciclista contenida en el Artículo 11.4 de la Ley 22-2000, según enmendada, “Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico”, específicamente en aquello relacionado a la campaña educativa requerida en el mencionado Artículo; y para otros fines relacionados.
La Resolución de la Cámara 306 ordena a la Comisión de Transportación e Infraestructura de la Cámara de Representantes realizar una investigación exhaustiva sobre la implementación de la Carta de Derechos del Ciclista (Artículo 11.4 de la Ley 22-2000). El enfoque principal es determinar si las agencias pertinentes (CST, DTOP, NPPR, ACT) han llevado a cabo la campaña educativa requerida por ley para informar a ciclistas y conductores sobre sus derechos y obligaciones, y si han utilizado diversos medios de comunicación y plataformas digitales para este fin. Afecta directamente a las agencias gubernamentales encargadas del tránsito y la seguridad vial, así como a la ciudadanía en general, ciclistas y conductores.
Para ordenar a la Comisión de Transportación e Infraestructura de la Cámara de Representantes de Puerto Rico a realizar una investigación sobre todo asunto relacionado con el diseño, investigación, programación, construcción y uso de los sistemas viales y de transportación colectiva ya sea por aire, tierra o mar; la funcionabilidad y el desempeño del Departamento de Transportación y Obras Públicas, la Autoridad de Transporte Integrado, la Autoridad de Carreteras y Transportación, la Autoridad Metropolitana de Autobuses, la Autoridad de Transporte Marítimo, la Autoridad de los Puertos y la Comisión para la Seguridad en el Tránsito; las facilidades de estacionamiento y el tránsito por las vías públicas; la seguridad de esos sistemas y las servidumbres legales relacionadas a estas; los estudios de nuevos métodos de transporte; las obras públicas estatales y las servidumbres legales relacionadas a estas; las vías públicas en general; el fortalecimiento de la infraestructura mediante proyectos estratégicos de transportación terrestre en masa, ferroviaria, marítima y aérea; los aeropuertos, muelles, autopistas y carreteras.
La Resolución de la Cámara 97 ordena a la Comisión de Transportación e Infraestructura de la Cámara de Representantes realizar una investigación exhaustiva sobre todos los aspectos del diseño, programación, construcción y uso de los sistemas viales y de transportación colectiva (aéreo, terrestre, marítimo). Incluye evaluar la funcionabilidad de múltiples agencias de transporte y obras públicas, la seguridad, los estudios de nuevos métodos de transporte y el fortalecimiento de la infraestructura. Afecta directamente a la Comisión de Transportación e Infraestructura, a las agencias de transporte y obras públicas, y en última instancia, a la ciudadanía al buscar mejoras en el sistema de movilidad.
Para ordenar a la Comisión de Transportación e Infraestructura llevar a cabo una investigación sobre el uso, estado y manejo de los fondos especiales asignados en virtud de la Ley 123-2014, conocida como la “Ley de la Autoridad de Transporte Integrado (ATI)”, con el propósito de evaluar su impacto en la prestación del servicio de transporte colectivo en Puerto Rico, la operación de rutas regulares los fines de semana, y para otros fines relacionados.
La Resolución de la Cámara 379 ordena a la Comisión de Transportación e Infraestructura de la Cámara de Representantes realizar una investigación sobre el uso, estado y manejo de los fondos especiales creados por la Ley 123-2014 (Ley de la Autoridad de Transporte Integrado - ATI). El propósito es evaluar el impacto de estos fondos en el servicio de transporte colectivo, la operación de rutas los fines de semana y la infraestructura relacionada. La investigación debe ser completada y presentada en un informe dentro de 120 días tras la aprobación de la resolución.
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