Qué propone
Esta Resolución Conjunta ordena al Secretario de Agricultura y al Presidente de la Junta de Planificación a liberar las condiciones y restricciones de uso agrícola y no segregación sobre la Finca Núm. 5 (predios 5-A, 5-B y 5-C) del Proyecto Alvarado, en Orocovis. Estas restricciones fueron impuestas por la Corporación de Desarrollo Rural en 1996 y afectan a Juan Figueroa Rivera y los herederos de Blanca Juana Santiago Fortis, permitiendo la subdivisión y adaptación de la propiedad a su uso actual, que es mayormente habitacional.
Pros
Contras
Intereses en juego
📜 Perspectiva histórica
Esta medida se relaciona con el tema de la custodia y el ordenamiento territorial de los terrenos agrícolas, un asunto histórico en Puerto Rico desde la reforma agraria de 1941. La liberación de restricciones sobre la finca en Orocovis refleja la tensión entre la preservación de suelos fértiles y la presión por la rezonificación para usos no agrícolas, como la expansión residencial, un debate que ha afectado a las reservas agrícolas y el valor económico de la tierra.
En qué va
Esta Resolución Conjunta fue el 21 de mayo de 2026 y enviada al Senado, donde recibió su primer informe de comisión el 23 de junio de 2026 con .
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Última acción · 23 de junio de 2026
Remitido a la Comisión de Reglas y Calendario del Senado
Otras medidas sobre el mismo asunto, encontradas por significado (no solo por palabras).
Para ordenar a la Departamento de Agricultura y a la Junta de Planificación de Puerto Rico de acuerdo con lo establecido a liberar de las restricciones y condiciones sobre preservación e indivisión previamente impuestas y anotadas según dispuesto en la Ley Núm. 107 de 3 de julio de 1974, según enmendada, del predio de terreno marcado con el número dos (2) en el Plano de Subdivisión de la finca “Vega Redonda”, según consta en la Escritura de Compraventa con Restricciones Número 77, otorgada en San Juan, Puerto Rico, el 15 de noviembre de 1979, ante el Notario Público Bolívar Dones Rivera, sobre la Finca Número Siete Mil Setecientos Tres (7,703), inscrita al Folio Número Setenta (70) del Tomo Ciento Quince (115) de Comerío, en el Registro de la Propiedad de Barranquitas, Inscripción Primera e inscrita a favor de Don Cristino Torres López y Doña Carmen María Ortega Ruiz, ambos fallecidos.
Esta Resolución Conjunta ordena al Departamento de Agricultura y a la Junta de Planificación a liberar de las restricciones de preservación e indivisión impuestas bajo la Ley Núm. 107 de 1974 a un predio de terreno específico (parcela número 2 de la finca "Vega Redonda" en Comerío). Afecta directamente a los herederos de los titulares originales de esta propiedad, permitiéndoles normalizar su tenencia y uso ante el Registro de la Propiedad.
Para ordenar a la Departamento de Agricultura y a la Junta de Planificación de Puerto Rico de acuerdo con lo establecido a liberar de las restricciones y condiciones sobre preservación e indivisión previamente impuestas y anotadas según dispuesto en la Ley Núm. 107 de 3 de julio de 1974, según enmendada, del predio de terreno marcado con el número diecinueve (19) en el Plano de Subdivisión de la finca “Vega Redonda”, según consta en la Certificación de Titulo con Restricciones, otorgada en San Juan, Puerto Rico, el 30 de abril de 1993, ante el Director Ejecutivo del Departamento de Agricultura, José Galarza Custodio sobre la Finca Número Ocho Mil Doscientos Catorce (8,214), inscrita al Folio Número Cincuenta y Cuatro (54) del Tomo Ciento Veintisiete (127) de Comerío, en el Registro de la Propiedad de Barranquitas, Inscripción Primera e inscrita a favor de Doña Ramona Bermúdez Cruz, fallecida.
Esta Resolución Conjunta ordena al Departamento de Agricultura y a la Junta de Planificación a liberar un predio de terreno específico (Finca Núm. 8,214, lote 19 de la finca "Vega Redonda" en Comerío) de las restricciones de preservación e indivisión impuestas bajo la Ley Núm. 107 de 1974. El propósito es permitir que los herederos de la titular original, Doña Ramona Bermúdez Cruz, puedan poseer legalmente la propiedad sin dichas condiciones, adaptando el registro de la propiedad a la realidad social y económica actual.
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