Qué propone
Esta Resolución Conjunta ordena al Departamento de Agricultura y a la Junta de Planificación de Puerto Rico que liberen las restricciones de preservación e indivisión previamente impuestas sobre un predio de terreno específico (marcado como número 13 en la finca "Vega Redonda", según consta en la Escritura 79 de 1979). Estas restricciones se basaban en la Ley Núm. 107 de 1974, que protegía el uso agrícola de las fincas del Programa de Fincas Familiares. La medida afecta a los herederos de los titulares originales y establece un plazo de 120 días para que las agencias ejecuten la liberación de dichas restricciones.
Pros
Contras
Última acción · 26 de mayo de 2026
Remitido a la Comisión de Reglas y Calendario del Senado
La lectura de coincidencia compara solo a favor vs. en contra de cada lado.
A favor (45)
Otras medidas sobre el mismo asunto, encontradas por significado (no solo por palabras).
Para ordenar a la Departamento de Agricultura y a la Junta de Planificación de Puerto Rico de acuerdo con lo establecido a liberar de las restricciones y condiciones sobre preservación e indivisión previamente impuestas y anotadas según dispuesto en la Ley Núm. 107 de 3 de julio de 1974, según enmendada, del predio de terreno marcado con el número dieciocho (18) en el Plano de Subdivisión de la finca “Vega Redonda”, según consta en la Escritura de Compraventa con Restricciones Número 83, otorgada en San Juan, Puerto Rico, el 15 de noviembre de 1979, ante el Notario Público Bolívar Ramos Rivera, sobre la Finca Número Seis Mil Quinientos (6,500), inscrita al Folio Número Ciento Setenta y Ocho (178) del Tomo Ciento Sesenta y Uno (161) de Comerío, en el Registro de la Propiedad de Barranquitas, Inscripción Primera e inscrita a favor de Don Ramón Alvelo Torres y Doña Sofía Rolón Fontánez, ambos fallecidos.
Esta Resolución Conjunta ordena al Departamento de Agricultura y a la Junta de Planificación de Puerto Rico que liberen las restricciones de preservación e indivisión impuestas bajo la Ley Núm. 107 de 1974 sobre un predio de terreno específico (marcado con el número 18 en la Finca 'Vega Redonda'). El objetivo es permitir que los herederos de los titulares originales puedan disponer del terreno para 'otros fines relacionados', más allá del uso agrícola estricto. Se establece un plazo de 120 días para que las agencias ejecuten esta liberación.
Para ordenar a la Departamento de Agricultura y a la Junta de Planificación de Puerto Rico de acuerdo con lo establecido a liberar de las restricciones y condiciones sobre preservación e indivisión previamente impuestas y anotadas según dispuesto en la Ley Núm. 107 de 3 de julio de 1974, según enmendada, del predio de terreno marcado con el número tres (3) en el Plano de Subdivisión de la finca “Vega Redonda”, según consta en la Certificación expedida en San Juan, Puerto Rico, el 24 de mayo de 1985, por Antonio González Chapel, sobre la Finca Número Seis Mil Seiscientos Sesenta (6,660), inscrita al Folio Número Doscientos Ochenta y Nueve vuelto (289 vto) del Tomo Noventa y Tres (93) de Comerío, en el Registro de la Propiedad de Barranquitas, Inscripción Primera e inscrita a favor de Don Jacinto Meléndez Franco y Doña Virginia Meléndez Castrodad, ambos fallecidos.
Intereses en juego
📜 Perspectiva histórica
. Esta medida se relaciona con la custodia y el ordenamiento territorial de Puerto Rico, un tema que ha sido central desde la creación de la Autoridad de Tierras en 1941 y la designación de reservas agrícolas. La presión por la rezonificación y el desarrollo, mencionada en los fragmentos, se refleja en esta medida que busca liberar un predio de las restricciones de preservación agrícola impuestas por la Ley 107 de 1974.
En qué va
La Resolución Conjunta de la Cámara 274 fue presentada el 29 de enero de 2026, el 19 de marzo de 2026, y posteriormente referida a comisiones en el Senado, donde recibió un con el 26 de mayo de 2026.
Generado por IA · puede contener errores y los argumentos a favor/en contra son posibles puntos de debate, no una postura oficial. Verifica con el texto oficial.
Esta Resolución Conjunta ordena al Departamento de Agricultura y a la Junta de Planificación de Puerto Rico que liberen las restricciones de preservación e indivisión de un predio de terreno específico (marcado como número 3 en el Plano de Subdivisión de la finca “Vega Redonda”, Finca 6660, en Comerío). Estas restricciones fueron impuestas originalmente bajo la Ley Núm. 107 de 1974, relacionada con el Programa de Fincas de Tipo Familiar. La medida busca atemperar las inscripciones registrales a la realidad actual, permitiendo a los herederos de los titulares originales poseer la propiedad en calidad de dueños sin las limitaciones de uso agrícola o indivisión preexistentes.
Crea una cuenta gratis para opinar, comentar y seguir esta medida.
Aún no hay comentarios. Comparte tu opinión sobre esta medida.