Qué propone
Esta Resolución Conjunta propone modificar los límites territoriales entre los municipios de Bayamón y Toa Alta para transferir una propiedad específica, identificada por sus números de catastro y ubicación (antigua estructura tabacalera y terrenos aledaños en el barrio Ortíz de Toa Alta), a la jurisdicción territorial del Municipio de Bayamón. Ordena a la Junta de Planificación a ejecutar esta modificación y a preparar un mapa delimitando los nuevos límites en un plazo de sesenta (60) días, eximiendo esta transferencia de ciertos requisitos generales del Código Municipal.
Pros
Contras
Intereses en juego
Perspectiva histórica
Esta medida se enmarca en la autonomía municipal establecida por leyes como la Ley 81-1991 y el Código Municipal de Puerto Rico (Ley 107-2020), que otorgan a los municipios competencias sobre la ordenación territorial. La medida, al modificar límites municipales, ilustra cómo los alcaldes ejercen su influencia política para moldear agendas legislativas en defensa de los intereses de sus distritos, un aspecto destacado en los fragmentos históricos.
En qué va
La Resolución Conjunta de la Cámara 349 fue el 11 de mayo de 2026, pasó a primera lectura en la Cámara de Representantes el 12 de mayo de 2026 y fue referida a la Comisión de Asuntos Municipales. Se han celebrado una el 17 de junio de 2026 y una el 23 de junio de 2026.
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Última acción · 23 de junio de 2026
: Oficina de la Comisión
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para modificar los límites territoriales de los municipios de Naranjito y Toa Alta, a los fines de extender la jurisdicción del Municipio de Naranjito a través de la transferencia de la totalidad del área que comprende el Parque Enrique Medina ubicado en el barrio Lomas de Naranjito en colindancia con el barrio Quebrada Arenas de Toa Alta, con Núm. de Catastro: 140-037-131-10; que se relocalice la línea divisoria entre los municipios de Naranjito y Toa Alta, para que el Puente Atirantado Jesús Izcoa Moure se ubique totalmente en la demarcación geográfica del Municipio de Naranjito; eximir la modificación de los límites territoriales de las disposiciones del inciso (a) del Artículo 1.006 de la Ley 107-2020, según enmendada, conocida como "Código Municipal de Puerto Rico"; y para otros fines relacionados.
Esta Resolución Conjunta modifica los límites territoriales de los municipios de Naranjito y Toa Alta. Transfiere la totalidad del área del Parque Enrique Medina y la totalidad del Puente Atirantado Jesús Izcoa Moure al Municipio de Naranjito. Exime esta modificación específica de los requisitos generales establecidos en el Código Municipal de Puerto Rico para la alteración de límites municipales, lo que afecta directamente a ambos municipios y a la Junta de Planificación en su rol de implementar el cambio.
Para modificar los limites territoriales entre los municipios de Cataño y Toa Baja, a los fines de transferir el Barrio o Sector conocido como Palo Seco del municipio de Toa Baja al municipio de Cataño; disponer un periodo ordenado de transición de servicios hasta el 1 de julio de 2027 requerir coordinación intermunicipal y con todas las agencias estatales correspondientes para la actualización de mapas, jurisdicción de servicios, identificación, tributación, electoral y demás aspectos administrativos; y para otros fines relacionados
La Resolución Conjunta del Senado 162 buscaba modificar los límites territoriales entre los municipios de Cataño y Toa Baja, transfiriendo el Barrio Palo Seco de Toa Baja a Cataño. Establecía un período de transición hasta el 1 de julio de 2027 para coordinar la transferencia de servicios, mapas, jurisdicción, tributación y aspectos electorales entre ambos municipios y agencias estatales. El objetivo era compensar la pérdida poblacional de Cataño y mejorar la eficiencia de servicios en Palo Seco.
Para reasignar a la Oficina de Obras Públicas del Municipio de Bayamón, la cantidad de ciento siete mil dólares ($107,000), provenientes de la Resolución Conjunta 110-2016, Sección 1; para ser utilizados según se desglosa en la Sección 1 de esta Resolución Conjunta; y para autorizar el pareo de los fondos reasignados.
Esta Resolución Conjunta reasigna la cantidad de ciento siete mil dólares ($107,000) de fondos previamente asignados por la Resolución Conjunta 110-2016, Sección 1, a la Oficina de Obras Públicas del Municipio de Bayamón. Los fondos se destinarán específicamente a obras y mejoras en el Cementerio Municipal de Lomas Verdes, en Bayamón. La medida también autoriza el pareo de estos fondos con otras fuentes de financiamiento y permite la contratación de entidades gubernamentales o privadas para su ejecución.
Para reasignar a la Oficina de Obras Públicas del Municipio de Bayamón, la cantidad setenta y cuatro mil dólares ($74,000), provenientes de la R.C. Núm. 18-2005, Sección 1, cinco mil dólares ($5,000); R.C. Núm. 108-2009, Sección 1, Inciso d cuatro mil doscientos dólares ($4,200); R.C. Núm. 153-2009, Sección 1, Apartado A, mil setecientos dólares ($1,700); R.C. Núm. 233-2009, Sección 1, Apartado A, mil dólares ($1,000); R.C. Núm. 140-2010, Sección 1, cuatro mil dólares ($4,000); R.C. Núm. 145-2011, Sección 1, Apartado A, Inciso 2, mil seiscientos dólares ($1,600); R.C. Núm. 6-2012, Sección 1, Apartado 18, once mil quinientos dólares ($11,500); R.C. Núm. 91-2012, Sección 1, Apartado B, Inciso 17, Sub Inciso 9, quince mil dólares ($15,000); R.C. Núm. 161-2012, Sección 1, Apartado A, Inciso 2, mil dólares ($1,000); R.C. Núm. 187-2012, Sección 1, Apartado A, Inciso 3, dos mil dólares ($2,000); R.C. Núm. 18-2017, Sección 1, Apartado 16, Incisos c y d veintisiete mil dólares ($27,000); para ser utilizados según se desglosa en la Sección 1 de esta Resolución Conjunta; y para autorizar el pago de los fondos reasignados.
Esta Resolución Conjunta (R.C. 254) reasigna la cantidad de setenta y cuatro mil dólares ($74,000) de fondos previamente asignados por otras Resoluciones Conjuntas a lo largo de varios años (2005-2017). Los fondos se transfieren a la Oficina de Obras Públicas del Municipio de Bayamón para ser utilizados exclusivamente en obras y mejoras permanentes en el Parque Robert Junghanns de dicho municipio. La medida también autoriza el pago de estos fondos reasignados.
Para modificar los límites territoriales de los municipios de Caguas y Cidra, a los fines de incluir dentro de la jurisdicción del Municipio de Cidra los sectores Palmeras (parte norte), Nogales y Robles de la Urbanización Estancias del Bosque, parte del sector los Cotto, la totalidad del sector Certenejas II y el sector Los Sierra del barrio Cañaboncito del Municipio de Caguas; y para incluir la parte extrema occidental del sector Muñoz Grillo y del sector Pablo Barreto dentro de la jurisdicción del Municipio de Caguas; ordenar a la Junta de Planificación preparar los mapas territoriales correspondientes utilizando el registro catastral del Centro de Recaudación de Ingresos Municipales (CRIM); establecer disposiciones de transición administrativa y coordinación interagencial; y para otros fines relacionados.
La Resolución Conjunta del Senado 158 modifica los límites territoriales entre los municipios de Caguas y Cidra. Transfiere sectores específicos del barrio Cañaboncito de Caguas (Palmeras norte, Nogales, Robles, parte de Los Cotto, Certenejas II, Los Sierra) a la jurisdicción de Cidra. A su vez, transfiere la parte occidental de los sectores Muñoz Grillo y Pablo Barreto (actualmente en Cidra) a Caguas. Ordena a la Junta de Planificación a preparar mapas y a la Comisión Estatal de Elecciones a ajustar distritos electorales, estableciendo disposiciones transitorias para la administración y coordinación entre agencias.
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