Qué propone
Esta Resolución Conjunta reasigna la cantidad de ciento siete mil dólares ($107,000) de fondos previamente asignados por la Resolución Conjunta 110-2016, Sección 1, a la Oficina de Obras Públicas del Municipio de Bayamón. Los fondos se destinarán específicamente a obras y mejoras en el Cementerio Municipal de Lomas Verdes, en Bayamón. La medida también autoriza el pareo de estos fondos con otras fuentes de financiamiento y permite la contratación de entidades gubernamentales o privadas para su ejecución.
Pros
Contras
Intereses en juego
Perspectiva histórica
Esta medida se enmarca en la autonomía fiscal y administrativa de los municipios, un principio consolidado por la Ley de Municipios Autónomos de 1991 y el Código Municipal de 2020. La reasignación de fondos para obras públicas en Bayamón ilustra cómo los ayuntamientos gestionan sus recursos para atender necesidades locales, un aspecto central de su rol como primera línea de respuesta a los ciudadanos, aunque su estabilidad financiera se ve afectada por retos como la recaudación del y la eliminación del Fondo de Equiparación.
En qué va
Esta Resolución Conjunta fue el 16 de octubre de 2025 y por el Senado el 5 de febrero de 2026, siendo firmada por ambas presidencias y , quien la convirtió en Ley el 6 de marzo de 2026 como la Resolución Conjunta 18-2026.
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Última acción · 6 de marzo de 2026
Res. Conj. 18-2026
La lectura de coincidencia compara solo a favor vs. en contra de cada lado.
A favor (46)
A favor (27)
Ausente (1)
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para reasignar a la Oficina de Obras Públicas del Municipio de Bayamón, la cantidad setenta y cuatro mil dólares ($74,000), provenientes de la R.C. Núm. 18-2005, Sección 1, cinco mil dólares ($5,000); R.C. Núm. 108-2009, Sección 1, Inciso d cuatro mil doscientos dólares ($4,200); R.C. Núm. 153-2009, Sección 1, Apartado A, mil setecientos dólares ($1,700); R.C. Núm. 233-2009, Sección 1, Apartado A, mil dólares ($1,000); R.C. Núm. 140-2010, Sección 1, cuatro mil dólares ($4,000); R.C. Núm. 145-2011, Sección 1, Apartado A, Inciso 2, mil seiscientos dólares ($1,600); R.C. Núm. 6-2012, Sección 1, Apartado 18, once mil quinientos dólares ($11,500); R.C. Núm. 91-2012, Sección 1, Apartado B, Inciso 17, Sub Inciso 9, quince mil dólares ($15,000); R.C. Núm. 161-2012, Sección 1, Apartado A, Inciso 2, mil dólares ($1,000); R.C. Núm. 187-2012, Sección 1, Apartado A, Inciso 3, dos mil dólares ($2,000); R.C. Núm. 18-2017, Sección 1, Apartado 16, Incisos c y d veintisiete mil dólares ($27,000); para ser utilizados según se desglosa en la Sección 1 de esta Resolución Conjunta; y para autorizar el pago de los fondos reasignados.
Esta Resolución Conjunta (R.C. 254) reasigna la cantidad de setenta y cuatro mil dólares ($74,000) de fondos previamente asignados por otras Resoluciones Conjuntas a lo largo de varios años (2005-2017). Los fondos se transfieren a la Oficina de Obras Públicas del Municipio de Bayamón para ser utilizados exclusivamente en obras y mejoras permanentes en el Parque Robert Junghanns de dicho municipio. La medida también autoriza el pago de estos fondos reasignados.
Para reasignar al Municipio Autónomo de Cataño, la cantidad de treinta y ocho mil cincuenta y cuatro dólares con once centavos (38,054.11) provenientes de la Resoluciones Conjuntas: 1993-2003 por la cantidad de mil (1,000) dólares, 1949- 2003 por la cantidad de doce mil trescientos cinco (12,305) dólares, 84-2004 por la cantidad de cien (100) dólares, 89-2004 por la cantidad de tres mil (3,000) dólares, 513-2004 por la cantidad de seis mil seiscientos veinticinco (6,625) dólares, 975- 2004 por la cantidad de mil (1,000) dólares, 1430-2004 por la cantidad de siete mil quinientos (7,500) dólares, 379-2005 por la cantidad de cinco mil ochocientos cuarenta y siete dólares con cincuenta y cuatro centavos (5,847.54), 98-2008 por la cantidad de ocho (8) dólares y 18-2017 por la cantidad de seiscientos sesenta y ocho dólares con cincuenta y siete centavos (668.57), a ser transferidos para llevar a cabo los propósitos que se describen en la Sección 1 de esta Resolución Conjunta; para autorizar la contratación de tales obras; autorizar el traspaso de fondos; autorizar el pareo de los fondos reasignados; y para otros fines.
Esta Resolución Conjunta reasigna $38,054.11 de fondos previamente asignados por resoluciones conjuntas anteriores (entre 1993 y 2017) al Municipio Autónomo de Cataño. Los fondos se destinarán a obras y mejoras permanentes en el Estadio Pedro 'Perucho' Cepeda, incluyendo construcción de aceras, rampas, pavimentos, mejoras de acceso, sanitarios, pluviales, adquisición de materiales y equipos, limpieza de áreas, sellado de techos y reacondicionamiento de áreas verdes. Se autoriza el pareo de estos fondos con otras fuentes y la contratación de entidades gubernamentales o privadas para su ejecución.
Para reasignar al Municipio de Barceloneta, de los nueve millones (9,000,000) de dólares consignados en la Resolución Conjunta Número 94 de 17 de agosto de 1989 para obras y mejoras permanentes, la cantidad de treinta y cinco mil (35,000) dólares para obras permanentes en el Municipio de Barceloneta.
Esta medida propone reasignar $35,000 de un fondo original de $9,000,000, consignado en la Resolución Conjunta Número 94 de 17 de agosto de 1989, para ser utilizados por el Municipio de Barceloneta en obras permanentes. La reasignación se destina específicamente a obras permanentes dentro del mismo municipio. El cambio práctico es la movilización de una fracción de fondos previamente autorizados para un propósito general a uno específico dentro de Barceloneta.
Para reasignar a las agencias e instrumentalidades públicas y a los municipios, la cantidad de dos millones setecientos noventa y dos mil setecientos setenta y dos dólares (2,792,772) provenientes de las siguientes Resoluciones Conjuntas: RC 18-2017 por la cantidad de quinientos veintisiete mil quinientos veintiséis dólares con cuarenta y dos centavos (527,526.42), RC 66-2018 por la cantidad de quinientos un mil setenta y ocho dólares con sesenta y dos centavos( 501,075.62), RC 95-2018 por la cantidad de dieciséis mil novecientos sesenta y cinco dólares con veinticinco centavos (16,965.25), RC 124-2018, por la cantidad de cuarenta y cuatro mil trescientos diecisiete dólares con cincuenta centavos (44,317.50), la RC 19-2018 por la cantidad de ciento catorce mil ciento treinta y tres dólares con treinta y tres centavos (114,133.33), RC 14-2019 por la cantidad de trescientos doce mil seiscientos setenta y ocho dólares con cincuenta y siete centavos (312,678.57), RC 19-2019 por la cantidad de doscientos cuarenta y cuatro mil diecisiete dólares con seis centavos (244,017.06), RC 100-2019 por la cantidad de ciento cuarenta y dos mil cuatrocientos veintitrés dólares con sesenta y seis centavos (142,423.66), RC 23-2019 por la cantidad de once mil novecientos diez con tres centavos (11,910.03), RC 9-2020 por la cantidad de doscientos dieciséis
La Resolución Conjunta 48-2024 reasigna $2,792,772 de fondos previamente aprobados en diversas resoluciones conjuntas (entre 2017 y 2020) para ser utilizados en obras de infraestructura, mejoras permanentes y proyectos comunitarios. Estos fondos se distribuyen entre agencias públicas como la Autoridad de Tierras, el Departamento de Educación, el Departamento de Seguridad Pública, y varios municipios, para proyectos específicos como reparaciones viales, rehabilitación de instalaciones deportivas, mejoras escolares, sistemas de agua potable y energía renovable.
Para modificar los límites territoriales de los municipios de Bayamón y Toa Alta, a los fines de transferir al Municipio de Bayamón la totalidad del área que comprende la antigua estructura histórica vinculada a la industria tabacalera y sus terrenos aledaños ubicados entre el barrio Ortíz del Municipio de Toa Alta, en colindancia con el barrio Buena Vista de Bayamón, con los correspondientes números de catastro: 141-058-544-78, 141-058-544-17, 141-058-544-15, 141-058-544-07, 141-058-544-08, 141-058-544-09, 141-058-544-11, 141-058-544-04, 141-058-544-05, 141-000-009-04, 141-000-009-39, 141-000-009-08, 141-000-009-09, 141-000-009-10 ,141-000-009-11, 141-058-544-19, 141-000-009-42, 141-058-544-06, 141-058-544-18; relocalizar la línea divisoria entre ambos municipios para que dicha área quede comprendida íntegramente dentro de la jurisdicción territorial del Municipio de Bayamón; eximir esta modificación territorial de las disposiciones del inciso (a) del Artículo 1.006 de la Ley Núm. 107-2020, según enmendada, conocida como el “Código Municipal de Puerto Rico”; y para otros fines relacionados.
Esta Resolución Conjunta propone modificar los límites territoriales entre los municipios de Bayamón y Toa Alta para transferir una propiedad específica, identificada por sus números de catastro y ubicación (antigua estructura tabacalera y terrenos aledaños en el barrio Ortíz de Toa Alta), a la jurisdicción territorial del Municipio de Bayamón. Ordena a la Junta de Planificación a ejecutar esta modificación y a preparar un mapa delimitando los nuevos límites en un plazo de sesenta (60) días, eximiendo esta transferencia de ciertos requisitos generales del Código Municipal.
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