Para reasignar al Municipio Autónomo de Cataño, la cantidad de treinta y ocho mil cincuenta y cuatro dólares con once centavos (38,054.11) provenientes de la Resoluciones Conjuntas: 1993-2003 por la cantidad de mil (1,000) dólares, 1949- 2003 por la cantidad de doce mil trescientos cinco (12,305) dólares, 84-2004 por la cantidad de cien (100) dólares, 89-2004 por la cantidad de tres mil (3,000) dólares, 513-2004 por la cantidad de seis mil seiscientos veinticinco (6,625) dólares, 975- 2004 por la cantidad de mil (1,000) dólares, 1430-2004 por la cantidad de siete mil quinientos (7,500) dólares, 379-2005 por la cantidad de cinco mil ochocientos cuarenta y siete dólares con cincuenta y cuatro centavos (5,847.54), 98-2008 por la cantidad de ocho (8) dólares y 18-2017 por la cantidad de seiscientos sesenta y ocho dólares con cincuenta y siete centavos (668.57), a ser transferidos para llevar a cabo los propósitos que se describen en la Sección 1 de esta Resolución Conjunta; para autorizar la contratación de tales obras; autorizar el traspaso de fondos; autorizar el pareo de los fondos reasignados; y para otros fines.
Qué propone
La Resolución Conjunta de la Cámara 80 (RCC 80) reasigna $38,054.11 de fondos previamente aprobados en resoluciones conjuntas anteriores al Municipio Autónomo de Cataño. Estos fondos se destinarán a diversas obras y mejoras permanentes en el Estadio Pedro “Perucho” Cepeda, incluyendo aceras, rampas, pavimentos, mejoras sanitarias y pluviales, adquisición de materiales y equipos, y reacondicionamiento de áreas verdes. La medida autoriza el pareo de estos fondos con otras aportaciones y la contratación de servicios para ejecutar los propósitos descritos.
Pros
Contras
Intereses en juego
Perspectiva histórica
Esta medida se inscribe en el marco de la autonomía municipal, que se consolidó con la Ley 81-1991 y el Código Municipal de Puerto Rico. La reasignación de fondos para obras en Cataño es un ejemplo de cómo los municipios ejercen sus competencias administrativas y fiscales, aunque la efectividad de estas acciones puede verse afectada por los retos financieros y de fiscalización que enfrentan los ayuntamientos.
Qué cambió en comisiónsegún el entirillado del informe
La comisión subió el término de seis (6) meses a un (1) año y el de notificación de diez a treinta días.
En qué va
La Resolución Conjunta 80 fue el 29 de mayo de 2025 y por el Senado el 21 de agosto de 2025, siendo firmada por la Gobernadora el 5 de septiembre de 2025, convirtiéndose en la Resolución Conjunta 31-2025. El trámite legislativo incluyó por parte de comisiones.
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Última acción · 5 de septiembre de 2025
Res. Conj. 31-2025
La lectura de coincidencia compara solo a favor vs. en contra de cada lado.
A favor (49)
A favor (20)
Abstenido (2)
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para reasignar a las agencias e instrumentalidades públicas y a los municipios, la cantidad de dos millones setecientos noventa y dos mil setecientos setenta y dos dólares (2,792,772) provenientes de las siguientes Resoluciones Conjuntas: RC 18-2017 por la cantidad de quinientos veintisiete mil quinientos veintiséis dólares con cuarenta y dos centavos (527,526.42), RC 66-2018 por la cantidad de quinientos un mil setenta y ocho dólares con sesenta y dos centavos( 501,075.62), RC 95-2018 por la cantidad de dieciséis mil novecientos sesenta y cinco dólares con veinticinco centavos (16,965.25), RC 124-2018, por la cantidad de cuarenta y cuatro mil trescientos diecisiete dólares con cincuenta centavos (44,317.50), la RC 19-2018 por la cantidad de ciento catorce mil ciento treinta y tres dólares con treinta y tres centavos (114,133.33), RC 14-2019 por la cantidad de trescientos doce mil seiscientos setenta y ocho dólares con cincuenta y siete centavos (312,678.57), RC 19-2019 por la cantidad de doscientos cuarenta y cuatro mil diecisiete dólares con seis centavos (244,017.06), RC 100-2019 por la cantidad de ciento cuarenta y dos mil cuatrocientos veintitrés dólares con sesenta y seis centavos (142,423.66), RC 23-2019 por la cantidad de once mil novecientos diez con tres centavos (11,910.03), RC 9-2020 por la cantidad de doscientos dieciséis
La Resolución Conjunta 48-2026 reasigna $2,792,772 de sobrantes atribuidos a 13 resoluciones conjuntas de 2017 a 2020 para proyectos específicos de agencias, instrumentalidades y municipios. La lista destina, entre otros, $1,258,000 al Programa de Infraestructura Rural de la Autoridad de Tierras, $89,318.95 al Departamento de Educación y cantidades para obras municipales, escolares, recreativas, viales y de servicios. Autoriza contratar con municipios, contratistas privados y entidades públicas, y parear los fondos con aportaciones privadas, estatales, municipales o federales. Entra en vigor inmediatamente después de su aprobación.
Para ordenar al Comité de Evaluación y Disposición de Bienes Inmuebles, creado mediante la Ley 26-2017, según enmendada, conocida como “Ley de Cumplimiento con el Plan Fiscal”, evaluar conforme a las disposiciones de la Ley y Reglamento, la transferencia, por compraventa, usufructo o cualquier otro negocio jurídico contemplado en dicha Ley, al Gobierno Municipal de Mayagüez el inmueble, otrora Escuela de Nivel Elemental denominada Castillo en el Municipio de Mayagüez , identificado y marcado por el Centro de Recaudaciones de Ingresos Municipales (CRIM) con los dígitos 259-066-008-01 como registro catastral; con el propósito de ejecutar en dicha edificación un proyecto integral para elaborar e implementar programas que beneficien a la comunidad mediante un convenio con la misma y así llevar a cabo actividades de desarrollo deportivo, recreativo y educativo, dirigido a niños, jóvenes y adultos; igualmente, servicios sociales esenciales, programas de bienestar social y desarrollo comunitario, incluyendo todas sus instalaciones y edificaciones; establecer condiciones suspensivas para cualquier transferencia de título; y para otros fines relacionados.
Esta Resolución Conjunta ordena al Comité de Evaluación y Disposición de Bienes Inmuebles, creado por la Ley 26-2017 (Ley de Cumplimiento con el Plan Fiscal), a evaluar la transferencia de la antigua Escuela Elemental Castillo en Mayagüez al Gobierno Municipal de Mayagüez. La transferencia podría ser por compraventa, usufructo u otro negocio jurídico permitido por ley. El propósito es que el municipio desarrolle en la propiedad un proyecto integral para programas comunitarios deportivos, recreativos, educativos y de servicios sociales. Se establecen condiciones suspensivas para la transferencia de título.
Para ordenar al Departamento de Transportación y Obras Públicas del Gobierno de Puerto Rico, en coordinación con el Departamento de Justicia, a transferir, sin pago o contraprestación adicional, al Municipio Autónomo de Cataño la titularidad y el pleno dominio de las fincas número 473 y 8390 de Cataño, que forman parte del área donde actualmente ubica la Casa Alcaldía y Centro de Gobierno del Municipio Autónomo de Cataño; establecer que dicha transferencia se realizará sin sujeción a los procedimientos de evaluación y disposición de propiedades inmuebles establecidos en la Ley 26-2017, según enmendada, conocida como “Ley de Cumplimiento con el Plan Fiscal”; disponer lo necesario para formalizar e inscribir la transferencia; y para otros fines relacionados.
Ordena al Departamento de Transportación y Obras Públicas, en coordinación con Justicia y otras dependencias concernidas, transferir al Municipio Autónomo de Cataño el pleno dominio de las fincas 8390, de 2,222.97 metros cuadrados, y 473, de 800 metros cuadrados, inscritas a favor del Estado Libre Asociado. La transferencia sería sin pago o contraprestación adicional y el texto no impone una condición de uso ni dispone que las fincas reviertan al Estado. También ordena otorgar los documentos necesarios para inscribir el traspaso y excluye los procedimientos de evaluación y disposición de la Ley 26-2017. La Exposición de Motivos vincula las fincas con el área de la Casa Alcaldía y el Centro de Gobierno municipal; el articulado ordena el traspaso, no una evaluación del CEDBI.
Para reasignar al Municipio de Barceloneta, de los nueve millones (9,000,000) de dólares consignados en la Resolución Conjunta Número 94 de 17 de agosto de 1989 para obras y mejoras permanentes, la cantidad de treinta y cinco mil (35,000) dólares para obras permanentes en el Municipio de Barceloneta.
Esta medida propone reasignar $35,000 de un fondo original de $9,000,000, consignado en la Resolución Conjunta Número 94 de 17 de agosto de 1989, para ser utilizados por el Municipio de Barceloneta en obras permanentes. La reasignación se destina específicamente a obras permanentes dentro del mismo municipio. El cambio práctico es la movilización de una fracción de fondos previamente autorizados para un propósito general a uno específico dentro de Barceloneta.
Para reasignar al Municipio de Aguas Buenas la cantidad de ciento treinta y seis mil ochocientos treinta y seis dólares con ochenta y nueve centavos ($136,836.89), provenientes del balance disponible en la Sección 1, apartado 3, inciso (a) de la Resolución Conjunta Núm. 97-2013, para la construcción de un muro en cemento que controle los deslizamientos que afectan la pista atlética del Complejo Deportivo Bairoa; autorizar la contratación de la obra y el pareo de los fondos reasignados; requerir un informe de liquidación; y para otros fines relacionados.
La R. C. de la C. 405 retira del propósito original de remodelar el Centro de Medicina de la Ciudad los $136,836.89 disponibles y los reasigna al Municipio de Aguas Buenas para construir un muro de cemento que controle los deslizamientos que afectan la pista atlética del Complejo Deportivo Bairoa. Autoriza al Municipio a contratar la obra con entidades privadas, agencias públicas u otros municipios, conforme al Código Municipal y la reglamentación aplicable, y permite parear los fondos con aportaciones particulares, municipales, estatales o federales. Exige que el Municipio informe a la Cámara, dentro de los 90 días después de terminada la obra, el costo final y cualquier balance no utilizado; los fondos solo pueden usarse para el propósito indicado. La resolución dispone que entrará en vigor inmediatamente después de su aprobación.
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