Qué propone
La Resolución Conjunta 48-2024 reasigna $2,792,772 de fondos previamente aprobados en diversas resoluciones conjuntas (entre 2017 y 2020) para ser utilizados en obras de infraestructura, mejoras permanentes y proyectos comunitarios. Estos fondos se distribuyen entre agencias públicas como la Autoridad de Tierras, el Departamento de Educación, el Departamento de Seguridad Pública, y varios municipios, para proyectos específicos como reparaciones viales, rehabilitación de instalaciones deportivas, mejoras escolares, sistemas de agua potable y energía renovable.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
La Resolución Conjunta 48-2024 fue y el Senado, y firmada por la Gobernadora el 1 de agosto de 2026, entrando en vigor inmediatamente después de su aprobación.
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Última acción · 1 de agosto de 2026
Res. Conj. 48-2026
La lectura de coincidencia compara solo a favor vs. en contra de cada lado.
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En contra (6)
A favor (19)
Abstenido (4)
Ausente (2)
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para reasignar al Municipio Autónomo de Cataño, la cantidad de treinta y ocho mil cincuenta y cuatro dólares con once centavos (38,054.11) provenientes de la Resoluciones Conjuntas: 1993-2003 por la cantidad de mil (1,000) dólares, 1949- 2003 por la cantidad de doce mil trescientos cinco (12,305) dólares, 84-2004 por la cantidad de cien (100) dólares, 89-2004 por la cantidad de tres mil (3,000) dólares, 513-2004 por la cantidad de seis mil seiscientos veinticinco (6,625) dólares, 975- 2004 por la cantidad de mil (1,000) dólares, 1430-2004 por la cantidad de siete mil quinientos (7,500) dólares, 379-2005 por la cantidad de cinco mil ochocientos cuarenta y siete dólares con cincuenta y cuatro centavos (5,847.54), 98-2008 por la cantidad de ocho (8) dólares y 18-2017 por la cantidad de seiscientos sesenta y ocho dólares con cincuenta y siete centavos (668.57), a ser transferidos para llevar a cabo los propósitos que se describen en la Sección 1 de esta Resolución Conjunta; para autorizar la contratación de tales obras; autorizar el traspaso de fondos; autorizar el pareo de los fondos reasignados; y para otros fines.
Esta Resolución Conjunta reasigna $38,054.11 de fondos previamente asignados por resoluciones conjuntas anteriores (entre 1993 y 2017) al Municipio Autónomo de Cataño. Los fondos se destinarán a obras y mejoras permanentes en el Estadio Pedro 'Perucho' Cepeda, incluyendo construcción de aceras, rampas, pavimentos, mejoras de acceso, sanitarios, pluviales, adquisición de materiales y equipos, limpieza de áreas, sellado de techos y reacondicionamiento de áreas verdes. Se autoriza el pareo de estos fondos con otras fuentes y la contratación de entidades gubernamentales o privadas para su ejecución.
Para reasignar a la Oficina de Obras Públicas del Municipio de Bayamón, la cantidad setenta y cuatro mil dólares ($74,000), provenientes de la R.C. Núm. 18-2005, Sección 1, cinco mil dólares ($5,000); R.C. Núm. 108-2009, Sección 1, Inciso d cuatro mil doscientos dólares ($4,200); R.C. Núm. 153-2009, Sección 1, Apartado A, mil setecientos dólares ($1,700); R.C. Núm. 233-2009, Sección 1, Apartado A, mil dólares ($1,000); R.C. Núm. 140-2010, Sección 1, cuatro mil dólares ($4,000); R.C. Núm. 145-2011, Sección 1, Apartado A, Inciso 2, mil seiscientos dólares ($1,600); R.C. Núm. 6-2012, Sección 1, Apartado 18, once mil quinientos dólares ($11,500); R.C. Núm. 91-2012, Sección 1, Apartado B, Inciso 17, Sub Inciso 9, quince mil dólares ($15,000); R.C. Núm. 161-2012, Sección 1, Apartado A, Inciso 2, mil dólares ($1,000); R.C. Núm. 187-2012, Sección 1, Apartado A, Inciso 3, dos mil dólares ($2,000); R.C. Núm. 18-2017, Sección 1, Apartado 16, Incisos c y d veintisiete mil dólares ($27,000); para ser utilizados según se desglosa en la Sección 1 de esta Resolución Conjunta; y para autorizar el pago de los fondos reasignados.
Esta Resolución Conjunta (R.C. 254) reasigna la cantidad de setenta y cuatro mil dólares ($74,000) de fondos previamente asignados por otras Resoluciones Conjuntas a lo largo de varios años (2005-2017). Los fondos se transfieren a la Oficina de Obras Públicas del Municipio de Bayamón para ser utilizados exclusivamente en obras y mejoras permanentes en el Parque Robert Junghanns de dicho municipio. La medida también autoriza el pago de estos fondos reasignados.
Para reasignar al Programa de Infraestructura Rural y Mejoras Permanentes de la Autoridad de Tierras de Puerto Rico la cantidad de un millón trescientos cincuenta y dos mil ochocientos sesenta y un dólares ($1,352,861.00), provenientes de los balances correspondientes a las Resoluciones Conjuntas de los años fiscales 2017, 2018, 2019 y 2020, certificados por la Autoridad de Tierras el 1ro de mayo de 2026, para ser distribuidos entre los gobiernos municipales para sufragar obras y mejoras permanentes; mejoras de capital; proyectos de desarrollo económico; mantenimiento de infraestructura crítica; la salud y la seguridad pública de los municipios del Gobierno de Puerto Rico; autorizar el pareo de fondos a ser reasignados; y para otros fines relacionados.
La Resolución Conjunta 50-2026 reasigna $1,352,861 de balances de Resoluciones Conjuntas de los años fiscales 2017 al 2020. Estos fondos se destinan al Programa de Infraestructura Rural y Mejoras Permanentes de la Autoridad de Tierras de Puerto Rico para su distribución a cinco municipios específicos: Manatí ($500,000), Villalba ($250,000), Utuado ($250,000), Añasco ($250,000) y Cayey ($102,861). Los fondos se usarán para obras y mejoras permanentes, mejoras de capital, proyectos de desarrollo económico, mantenimiento de infraestructura crítica, y para la salud y seguridad pública municipal.
Para asignar la cantidad de veinte millones ($20,000,000) de dólares, los cuales procederán de la Resolución Conjunta de Presupuesto para el Año Fiscal 2025- 2026 y reasignar a la Comisión Especial Conjunta de Fondos Legislativos para Impacto Comunitario la cantidad de un millón doscientos setenta mil setecientos cuarenta y cuatro dólares ($1,270,744.00) provenientes de la Resolución Conjunta 52-2024, para proveer asignaciones a entidades e instituciones semipúblicas, públicas y privadas cuyas actividades o servicios propendan al desarrollo de programas y bienestar social, de la salud, educación, cultura, y a mejorar la calidad de vida de los puertorriqueños; los beneficiarios de los fondos aquí asignados deberán cumplir con los requisitos establecidos en la Ley 20-2015, de la Comisión Especial Conjunta de Fondos Legislativos para Impacto Comunitario; autorizar el pareo de los fondos asignados; y para otros fines relacionados.
Esta Resolución Conjunta asigna $20,000,000 de la Resolución Conjunta de Presupuesto para el Año Fiscal 2025-2026 y reasigna $1,270,744 de la Resolución Conjunta 52-2024. Los fondos se destinan a entidades semipúblicas, públicas y privadas para programas de bienestar social, salud, educación y cultura. Los beneficiarios deben cumplir con la Ley 20-2015. Los fondos de la Sección 1 deben desembolsarse antes del 31 de agosto de 2025, y los de la Sección 2 antes del 31 de diciembre de 2025, con vigencia hasta el 30 de junio de 2026.
Para asignar la cantidad de veinte millones ($20,000,000) de dólares, los cuales procederán de la Resolución Conjunta de Presupuesto para el Año Fiscal 2026-2027, para proveer asignaciones a entidades e instituciones semipúblicas, públicas y privadas cuyas actividades o servicios propendan al desarrollo de programas y bienestar social, de la salud, educación, cultura, y a mejorar la calidad de vida de los puertorriqueños; los beneficiarios de los fondos aquí asignados deberán cumplir con los requisitos establecidos en la Ley 20-2015, de la Comisión Especial Conjunta de Fondos Legislativos para Impacto Comunitario; autorizar el pareo de los fondos asignados; y para otros fines relacionados.
Esta Resolución Conjunta asigna veinte millones de dólares ($20,000,000) de la Resolución Conjunta de Presupuesto para el Año Fiscal 2026-2027. Estos fondos se destinarán a entidades semipúblicas, públicas y privadas que ofrezcan servicios en áreas de bienestar social, salud, educación, cultura y mejora de la calidad de vida. Los beneficiarios deberán cumplir con los requisitos de la Ley 20-2015, que regula los Fondos Legislativos para Impacto Comunitario, y se autoriza el pareo de fondos.
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