Para enmendar la Sección 3 de la R. del S. 4 que ordena a la Comisión de Turismo, Recursos Naturales y Ambientales del Senado de Puerto Rico, realizar una investigación sobre el estado de la Isla de Mona como reserva natural, las condiciones y seguridad de los vigilantes que laboran en ella, las desapariciones de cazadores y el estado de la infraestructura; y para otros fines relacionados.
Qué propone
Esta medida, la Resolución del Senado 208, la Sección 3 de la Resolución del Senado 4. Su propósito es extender el plazo para que la Comisión de Turismo, Recursos Naturales y Ambientales del Senado de Puerto Rico presente su informe final sobre la investigación de la Isla de Mona. El informe deberá incluir hallazgos, conclusiones y recomendaciones.
Pros
Contras
Intereses en juego
Perspectiva histórica
La medida, al investigar la Isla de Mona como reserva natural, se inscribe en el debate histórico sobre la protección de los recursos naturales y la gestión ambiental en Puerto Rico, como se refleja en la unificación de agencias ambientales (Ley 171-2018) para centralizar la custodia de bosques y especies. La investigación sobre las condiciones de los vigilantes y la infraestructura en Mona también se relaciona con los retos de la administración y fiscalización de estas áreas protegidas.
En qué va
Esta medida, la Resolución del Senado 208, fue el 22 de mayo de 2025 y el 27 de mayo de 2025, según el trámite reciente.
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Última acción · 27 de mayo de 2025
Texto de Aprobación Final en Senado
La lectura de coincidencia compara solo a favor vs. en contra de cada lado.
A favor (27)
Ausente (1)
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para enmendar la Sección 3 de la R. del S. 28, que ordena a la Comisión de Turismo, Recursos Naturales y Ambientales del Senado de Puerto Rico, realizar una investigación sobre la administración de todos los sistemas de relleno sanitario y vertederos de Puerto Rico, con especial atención a los retos administrativos, posibles daños ambientales e identificación de soluciones a corto y largo plazo; y para otros fines relacionados.
Esta medida, la Resolución del Senado 209, enmienda la Sección 3 de la Resolución del Senado 28. Su propósito es extender el plazo para que la Comisión de Turismo, Recursos Naturales y Ambientales del Senado presente su informe final sobre la administración de sistemas de relleno sanitario y vertederos en Puerto Rico. El informe final deberá presentarse antes de concluir la Segunda Sesión Ordinaria de la Vigésima Asamblea Legislativa (actualmente en curso).
Para enmendar la sección 3 de la R. del S. 207, que ordena a la Comisión de Turismo, Recursos Naturales y Ambientales del Senado de Puerto Rico a realizar una investigación exhaustiva sobre la regulación, supervisión y política pública vigente relacionada con las aceleraciones indebidas y prácticas peligrosas de embarcaciones en las costas de Puerto Rico, incluyendo la operación negligente de motocicletas acuáticas, el regateo en aguas públicas, la interacción con especies marinas protegidas, y la falta de campañas educativas y normativas para prevenir accidentes, proteger el ambiente marino y desarrollar una cultura de seguridad náutica responsable; y para otros fines relacionados.
Enmienda la sección 3 de la R. del S. 207 para fijar que la Comisión de Turismo, Recursos Naturales y Ambientales del Senado rinda su informe a más tardar el 15 de octubre de 2026. El informe debe incluir hallazgos, conclusiones y recomendaciones. La enmienda cambia el plazo del encargo, no los temas de la investigación ni las reglas aplicables a quienes operan embarcaciones.
Para ordenar a la Comisión de Turismo, Recursos Naturales y Ambientales del Senado de Puerto Rico realizar una investigación sobre la situación relacionada con la importación, el mercadeo, la reproducción, la proliferación y la distribución en Puerto Rico, de especies exóticas de animales de diversas especies; las acciones que las agencias municipales, estatales y federales están poniendo en práctica para proteger los ecosistemas, las especies nativas y la vida humana, en respuesta a la presencia creciente y a los impactos medioambientales adversos causados por dichas especies exóticas; así como las recomendaciones y sugerencias puntuales de la comunidad científica para poner en marcha programas y proyectos urgentes de control poblacional y erradicación de dichas especies exóticas, con el objetivo de reducir a un mínimo los impactos negativos de su presencia en nuestro país.
La Resolución del Senado 407 ordena a la Comisión de Turismo, Recursos Naturales y Ambientales del Senado realizar una investigación exhaustiva sobre la importación, mercadeo, reproducción, proliferación y distribución de especies exóticas de animales en Puerto Rico. La investigación debe evaluar las acciones de agencias municipales, estatales y federales para proteger ecosistemas y especies nativas, y recopilar recomendaciones científicas para programas urgentes de control y erradicación de estas especies, buscando minimizar sus impactos negativos.
Para ordenar a la Comisión de Turismo, Recursos Naturales y Ambientales del Senado de Puerto Rico, a realizar una investigación sobre los problemas de recursos naturales que aquejan a las comunidades en los ocho distritos senatoriales como la erosión costera, la preservación y la utilización de terrenos, el control de inundaciones, la preservación y uso de las reservas de agua, mangle, bosques, pesca, vida silvestre, yacimientos mineros y la conservación de las especies animales y vegetales de valor alimenticio o ecológico, así como la contaminación y la salud ambiental, la disposición de desperdicios sólidos y vertederos, entre otros; y para otros fines relacionados.
La Resolución del Senado 446 ordena a la Comisión de Turismo, Recursos Naturales y Ambientales del Senado de Puerto Rico a realizar una investigación sobre problemas de recursos naturales en las comunidades de los ocho distritos senatoriales. La investigación debe cubrir temas como erosión costera, uso de terrenos, control de inundaciones, preservación de agua y bosques, pesca, vida silvestre, minería, contaminación, salud ambiental y manejo de desperdicios sólidos. La Comisión deberá rendir informes parciales o finales con hallazgos y recomendaciones antes del último día de cada sesión ordinaria de la Vigésima Asamblea Legislativa.
Para ordenar a la Comisión de Recursos Naturales a realizar una investigación exhaustiva sobre el uso de venenos o métodos de erradicación en la Isla de Mona, existencia de contratos o acuerdos para el uso de dichas sustancias, evaluar los posibles efectos sobre especies nativas, ecosistemas, personal laboral y el cumplimiento con las leyes ambientales aplicables.
La Resolución de la Cámara 776 ordena a la Comisión de Recursos Naturales de la Cámara de Representantes a realizar una investigación exhaustiva sobre el uso de venenos o métodos de erradicación en la Isla de Mona. La investigación debe evaluar la existencia de contratos o acuerdos para dicho uso, los criterios científicos que los justifican, los posibles efectos sobre especies nativas, ecosistemas y personal laboral, así como el cumplimiento de las leyes ambientales aplicables. La Comisión deberá presentar un informe detallado con hallazgos y recomendaciones a la Cámara en un plazo de 90 días.
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