Qué propone
La Resolución del Senado 238 ordena a la Comisión de Transportación, Telecomunicaciones, Servicios Públicos y Asuntos del Consumidor del Senado de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva sobre la aplicación de la Ley 129-2020, conocida como 'Ley de Condominios de Puerto Rico'. El estudio busca corroborar si la ley facilita la sana convivencia en condominios y evaluar si el Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO) es la agencia adecuada para administrarla. Afecta a los residentes de condominios y a las agencias gubernamentales involucradas en la regulación de la propiedad horizontal.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
Esta Resolución del Senado (RS 238) fue de Puerto Rico el 18 de noviembre de 2025, con posteriores aprobadas el 21 de mayo y 30 de junio de 2026. Se rindieron informes parciales y finales, y el cuerpo recibió el segundo informe parcial el 30 de junio de 2026.
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Última acción · 30 de junio de 2026
Texto de Aprobación Final en Senado
La lectura de coincidencia compara solo a favor vs. en contra de cada lado.
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Ausente (1)
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para ordenar a la Comisión de Transportación, Telecomunicaciones, Servicios Públicos y Asuntos del Consumidor del Senado de Puerto Rico, a realizar un estudio sobre la figura del “Agente Administrador”, establecida en virtud de la Ley 129-2020, según enmendada, conocida como “Ley de Condominios de Puerto Rico”, con el propósito de constatar que los requisitos dispuestos para ejercer como tal, sean acorde con las funciones que les confiere la antes mencionada Ley 129; así como verificar si el Departamento de Asuntos del Consumidor consistentemente realiza las investigaciones para determinar si el solicitante de una licencia de “Agente Administrador”, cumple con los requisitos para la expedición de la misma, conforme al Reglamento Núm. 9263 de 18 de febrero de 2021, denominado como “REGLAMENTO SOBRE LICENCIA, PERMISO Y REGISTRO DE AGENTES ADMINISTRADORES DE CONDOMINIOS”; y para otros fines relacionados.
Esta Resolución del Senado (RS 239) ordena a la Comisión de Transportación, Telecomunicaciones, Servicios Públicos y Asuntos del Consumidor del Senado de Puerto Rico a realizar un estudio sobre la figura del 'Agente Administrador' bajo la Ley de Condominios de Puerto Rico (Ley 129-2020). El propósito es verificar si los requisitos para ser Agente Administrador se alinean con sus funciones y si el Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO) realiza consistentemente las investigaciones necesarias para la expedición de licencias, conforme al Reglamento Núm. 9263 de 2021. Afecta directamente a los condominios, sus titulares y al DACO.
Para enmendar la Sección 3 de la R. del S. 238, según aprobada el 18 de noviembre de 2025, a los fines de extender el término de tiempo de la Comisión de Transportación, Telecomunicaciones, Servicios Públicos y Asuntos del Consumidor del Senado de Puerto Rico, para rendir su informe final; y para otros fines relacionados.
La Resolución del Senado 510 extiende el plazo para que la Comisión de Transportación, Telecomunicaciones, Servicios Públicos y Asuntos del Consumidor del Senado de Puerto Rico rinda su informe final sobre la aplicación de la Ley de Condominios de Puerto Rico (Ley 129-2020). Originalmente programado para marzo de 2026, el nuevo plazo es el cierre de la 3ra Sesión Ordinaria (30 de junio de 2026). Esto afecta a la comisión legislativa y, de forma indirecta, a los residentes de condominios cuyas preocupaciones sobre la ley están bajo investigación.
“Para enmendar la Sección 3 de la R. del S. 252, según aprobada el 23 de octubre de 2025, a los fines de extender el término de tiempo de las Comisiones de Vivienda y Bienestar Social y de Asuntos Municipales del Senado de Puerto Rico, para rendir su informe final; y para otros fines relacionados.”
Esta Resolución (R. del S. 438) enmienda la Sección 3 de la Resolución del Senado 252, aprobada el 23 de octubre de 2025. Extiende el plazo para que las Comisiones de Vivienda y Bienestar Social y de Asuntos Municipales del Senado rindan su informe final. El nuevo plazo es de hasta ciento veinte (120) días a partir de la aprobación de la R. del S. 438, o antes del cierre de la 3ra Sesión Ordinaria (que concluye el 30 de junio de 2026). Afecta a las comisiones legislativas y al proceso de investigación sobre propiedades abandonadas, estrobos públicos y expropiaciones.
Para ordenar a la Comisión de Planificación, Permisos, Infraestructura y Urbanismo del Senado de Puerto Rico, realizar una investigación en torno al uso que los municipios, la Junta de Planificación, la Oficina de Gerencia de Permisos y las demás agencias públicas concernidas le aplican a las exacciones por impacto que cobran, para sufragar gastos por la provisión de usos dotacionales de dominio público, incluyendo infraestructuras, tales como carreteras, transporte colectivo, acueductos, alcantarillados sanitarios, energía eléctrica, teléfonos, puertos y aeropuertos, fuera o dentro de los límites del proyecto, como resultado directo de tal proyecto.
La Resolución del Senado 129 ordena a la Comisión de Planificación, Permisos, Infraestructura y Urbanismo del Senado de Puerto Rico realizar una investigación sobre cómo los municipios, la Junta de Planificación y la Oficina de Gerencia de Permisos utilizan las exacciones por impacto que cobran. El propósito es determinar si estos fondos, destinados a sufragar gastos de infraestructura y usos dotacionales públicos derivados de nuevos desarrollos, se emplean adecuadamente o si existen irregularidades en su uso. La investigación debe concluir con un informe de hallazgos, conclusiones y recomendaciones.
Para enmendar los Artículos 65, 66 y 69 de la Ley 129-2020, según enmendada, conocida como “Ley de Condominios de Puerto Rico”, a los fines de establecer que toda controversia al amparo de esta Ley estará sujeta a un proceso de arbitraje obligatorio; limitar la jurisdicción del Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO) a la revisión de la validez del proceso y el cumplimiento de derecho de los laudos emitidos; y para otros fines relacionados.
Esta medida enmienda la Ley de Condominios de Puerto Rico (Ley 129-2020) para hacer obligatorio el arbitraje como método principal para resolver todas las controversias relacionadas con condominios. Limita la función del Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO) a revisar la validez del proceso de arbitraje y el cumplimiento legal de los laudos emitidos, en lugar de adjudicar los casos directamente. Afecta a todos los titulares de condominios, juntas de directores y administradores, transfiriendo la adjudicación de disputas a un foro de arbitraje.
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