Qué propone
Esta medida la Sección 3 de la Resolución del Senado 45, aprobada en 2025. Su propósito es extender los plazos para que la Comisión de Gobierno del Senado complete una investigación exhaustiva sobre la situación económica y social de Puerto Rico. La enmienda establece que la Comisión deberá rendir un primer informe antes de que concluya la Tercera de la Vigésima Asamblea Legislativa (actualmente en curso) y un informe final antes de que finalice la Séptima Sesión Ordinaria de dicha Asamblea (junio de 2028).
Pros
Contras
Intereses en juego
Perspectiva histórica
La medida busca investigar la situación económica y social de Puerto Rico, un tema recurrente en la historia de la isla. Los fragmentos ilustran los distintos modelos económicos (Manos a la Obra, Sección 936, Ley 20/22) y las crisis (deuda, PROMESA) que han moldeado esa situación, ofreciendo un contexto histórico para entender los factores demográficos y fiscales que la medida busca analizar.
En qué va
Esta Resolución del Senado (RS 414) fue el 27 de enero de 2026 y el 29 de enero de 2026. Actualmente, se encuentra en trámite legislativo.
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Última acción · 29 de enero de 2026
Texto de Aprobación Final en Senado
La lectura de coincidencia compara solo a favor vs. en contra de cada lado.
A favor (28)
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para enmendar la Sección 3 de la R. del S. 45 que ordena a la Comisión de Gobierno del Senado de Puerto Rico, llevar a cabo una investigación exhaustiva sobre la situación económica y social de Puerto Rico, incluyendo factores demográficos y fiscales, entre otros, que impacten el desarrollo social y económico de la población de Puerto Rico, y para otros fines.
La Resolución del Senado 294 enmienda la Sección 3 de la Resolución del Senado 45. La enmienda modifica los plazos para la presentación de informes por parte de la Comisión de Gobierno del Senado, estableciendo que deberá rendir un primer informe 180 días después del inicio de la Segunda Sesión Ordinaria y un informe final antes de que concluya la Vigésima Asamblea Legislativa (2025-2028). Esto afecta directamente a la Comisión de Gobierno del Senado y al propio Senado en su proceso de investigación y recepción de hallazgos.
Para ordenar a la Comisión de Gobierno del Senado de Puerto Rico, llevar a cabo una investigación exhaustiva sobre la situación económica y social de Puerto Rico, incluyendo factores demográficos y fiscales, entre otros, que impacten el desarrollo social y económico de la población de Puerto Rico, y para otros fines.
La Resolución del Senado 45 ordena a la Comisión de Gobierno del Senado de Puerto Rico a realizar una investigación exhaustiva sobre la situación económica, social, demográfica y fiscal de Puerto Rico. El objetivo es evaluar factores que impactan el desarrollo de la población y proponer mecanismos para atender problemas identificados. La Comisión tiene facultades para citar, requerir información y realizar inspecciones. Se establecen plazos para la entrega de informes: uno preliminar antes de que concluya la Tercera Sesión Ordinaria de la 20ma Asamblea Legislativa y uno final antes de que termine la Séptima Sesión Ordinaria de la misma Asamblea.
Para enmendar la Sección 3 de la R. del S. 241, aprobada el 8 de septiembre de 2025, que ordenó a la Comisión de Desarrollo Económico, Pequeños Negocios, Banca, Comercio, Seguros y Cooperativismo del Senado de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva sobre la implantación, cumplimiento y resultados de las leyes, programas y políticas públicas dirigidas al desarrollo económico de Puerto Rico; auscultar sobre la concesión de incentivos a los jóvenes empresarios, las industrias locales, las inversiones, el fomento industrial, el sector de los seguros; escrutar sobre el comercio, su desarrollo local e intercambio con el exterior; evaluar el apoyo a sectores como los microempresarios, las pequeñas y medianas empresas; indagar sobre la banca local e internacional y el desempeño del sistema bancario; estudiar las condiciones actuales del cooperativismo y la industria de seguros de Puerto Rico; estudiar el desempeño de entidades gubernamentales que fiscalizan o promueven el desarrollo de instituciones financieras en Puerto Rico; examinar la inclusión, desarrollo o incentivación de cooperativas en áreas tales como agricultura, energía, vivienda, industriales y de trabajadores, entre otras; inquirir sobre los asuntos relacionados con el desarrollo empresarial de los pequeños y medianos comerciantes, incluyendo programas de capacitación, asesoramiento técnico directo y financiamiento, así como nuevas oportunidades de negocios y competitividad; y revisar cualquier otro asunto que permita definir, implantar, dirigir, administrar, supervisar, establecer y promulgar política pública sobre todo asunto dirigido al desarrollo económico sostenible y de vanguardia para Puerto Rico, a los efectos de extender el período para la presentación del Informe Parcial.
La Resolución del Senado 410 enmienda la Sección 3 de la Resolución del Senado 241 (aprobada el 8 de septiembre de 2025). Su propósito es extender el plazo para que la Comisión de Desarrollo Económico del Senado presente su Informe Parcial, originalmente fijado para culminar la Tercera Sesión Ordinaria de la Vigésima Asamblea Legislativa (que concluye el 30 de junio de 2026), hasta el final de dicha sesión. El cambio afecta directamente a la Comisión senatorial encargada de la investigación.
Para enmendar la Sección 3 de la R. del S. 187, aprobada el 29 de junio de 2025, que ordenar a la Comisión de Gobierno del Senado de Puerto Rico realizar investigaciones continuas sobre la situación del sistema energético en Puerto Rico; incluyendo, pero sin limitarse, a la fiscalización y cumplimiento con las metas establecidas en la política pública energética de Puerto Rico, desarrollo de los proyectos de energía, acceso a energía, servicio y atención al cliente, generación, transmisión y distribución de energía eléctrica en la Isla, impacto ambiental y económico.
La Resolución del Senado 418 enmienda la Sección 3 de la Resolución del Senado 187, aprobada el 29 de junio de 2025. Extiende los plazos para que la Comisión de Gobierno del Senado rinda dos informes sobre la situación del sistema energético en Puerto Rico. El primer informe deberá presentarse dentro de 180 días a partir del inicio de la Tercera Sesión Ordinaria de la 20ma Asamblea Legislativa, y el informe final antes de la conclusión de la Séptima Sesión Ordinaria de dicha Asamblea.
Para enmendar la Sección 3 de la R. del S. 70, según enmendada, que ordena a la Comisión de Gobierno y a la Comisión de Agricultura del Senado de Puerto Rico, realizar una investigación para evaluar la viabilidad de crear un programa para la asignación de terrenos en desuso y propiedad de alguna instrumentalidad del Gobierno de Puerto Rico, mediante el mecanismo de usufructo, a agricultores bona fides con el objetivo de promover este importante sector de la economía de la Isla; y para otros fines relacionados.
La Resolución del Senado 416 enmienda la Sección 3 de la Resolución del Senado 70. Su propósito es extender los plazos para que las Comisiones de Gobierno y Agricultura del Senado completen una investigación sobre la viabilidad de un programa de asignación de terrenos gubernamentales en desuso, mediante usufructo, a agricultores bona fide. La enmienda establece que el primer informe debe presentarse antes de la conclusión de la Tercera Sesión Ordinaria (junio de 2026) y el informe final antes de la conclusión de la Séptima Sesión Ordinaria (junio de 2028) de la actual Asamblea Legislativa.
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