Qué propone
La Resolución del Senado 417 la Sección 3 de la Resolución del Senado 183, aprobada en junio de 2025. Extiende el plazo para que la Comisión de Gobierno del Senado complete una investigación sobre interrupciones recurrentes en el servicio eléctrico en el barrio Santa Rita de Gurabo, supuestamente por falta de mantenimiento de vegetación y líneas. La medida ajusta los plazos para la entrega de un informe inicial y uno final.
Pros
Contras
Intereses en juego
Perspectiva histórica
La medida se enmarca en la historia de la red eléctrica de Puerto Rico, que ha sufrido décadas de mantenimiento diferido y dependencia de combustibles fósiles, y que tras la quiebra de la AEE y el huracán María llevó a la privatización de la transmisión y distribución a LUMA Energy. Las interrupciones del servicio y la falta de mantenimiento, como el desganche de vegetación, son problemas recurrentes que persisten bajo el nuevo modelo de privatización.
En qué va
La Resolución del Senado 417 fue el 27 de enero de 2026, el 29 de enero de 2026, y está pendiente de su trámite en la Cámara de Representantes.
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Última acción · 29 de enero de 2026
Texto de Aprobación Final en Senado
La lectura de coincidencia compara solo a favor vs. en contra de cada lado.
A favor (28)
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para ordenar a la Comisión de Gobierno del Senado de Puerto Rico, realizar una investigación sobre las interrupciones recurrentes en el servicio de energía eléctrica en el barrio Santa Rita del Municipio de Gurabo, presuntamente causadas por la falta de desganche de vegetación; para evaluar la existencia y efectividad del plan de desganche de LUMA Energy; examinar el historial de interrupciones del servicio eléctrico en dicho sector y determinar su relación con la falta de mantenimiento de las líneas; y para otros fines relacionados.
La Resolución del Senado 183 ordena a la Comisión de Gobierno del Senado de Puerto Rico realizar una investigación sobre las interrupciones recurrentes del servicio eléctrico en el barrio Santa Rita de Gurabo. La investigación debe evaluar la existencia y efectividad del plan de desganche de vegetación de LUMA Energy, examinar el historial de interrupciones en el sector y determinar su relación con el mantenimiento de las líneas eléctricas. La Comisión tiene hasta 180 días desde el inicio de la Tercera Sesión Ordinaria (enero 2026) para rendir un primer informe, y hasta la conclusión de la Séptima Sesión Ordinaria (junio 2028) para el informe final.
Para enmendar la Sección 3 de la R. del S. 187, aprobada el 29 de junio de 2025, que ordenar a la Comisión de Gobierno del Senado de Puerto Rico realizar investigaciones continuas sobre la situación del sistema energético en Puerto Rico; incluyendo, pero sin limitarse, a la fiscalización y cumplimiento con las metas establecidas en la política pública energética de Puerto Rico, desarrollo de los proyectos de energía, acceso a energía, servicio y atención al cliente, generación, transmisión y distribución de energía eléctrica en la Isla, impacto ambiental y económico.
La Resolución del Senado 418 enmienda la Sección 3 de la Resolución del Senado 187, aprobada el 29 de junio de 2025. Extiende los plazos para que la Comisión de Gobierno del Senado rinda dos informes sobre la situación del sistema energético en Puerto Rico. El primer informe deberá presentarse dentro de 180 días a partir del inicio de la Tercera Sesión Ordinaria de la 20ma Asamblea Legislativa, y el informe final antes de la conclusión de la Séptima Sesión Ordinaria de dicha Asamblea.
Para ordenar a la Comisión de Asuntos Municipales y a la Comisión de Gobierno del Senado de Puerto Rico a realizar una investigación exhaustiva sobre los procesos, protocolos y planes de respuesta de la empresa LUMA Energy ante interrupciones en el servicio eléctrico en los municipios de Puerto Rico; examinar la efectividad de las medidas adoptadas, los tiempos de respuesta, la coordinación con las agencias gubernamentales y municipios, así como las consecuencias para los abonados; y para otros fines relacionados.
La Resolución del Senado 281 ordena a las Comisiones de Asuntos Municipales y de Gobierno del Senado de Puerto Rico a realizar una investigación exhaustiva sobre los procesos, protocolos y planes de respuesta de LUMA Energy ante interrupciones del servicio eléctrico. La investigación examinará la efectividad de las medidas, tiempos de respuesta, coordinación intergubernamental y consecuencias para los abonados. Las comisiones deberán rendir un informe con hallazgos y recomendaciones en un plazo de 120 días tras la aprobación de la medida.
Para ordenar a la Comisión de Gobierno del Senado de Puerto Rico a realizar una investigación exhaustiva sobre el posible cierre planificado de siete (7) Centros de Experiencia al Cliente de LUMA Energy; y para otros fines.
La Resolución del Senado 85 ordena a la Comisión de Gobierno del Senado de Puerto Rico a llevar a cabo una investigación exhaustiva sobre el posible cierre de siete (7) Centros de Experiencia al Cliente de LUMA Energy. La investigación debe concluir y presentar un informe con hallazgos, conclusiones y recomendaciones dentro de un plazo de ciento ochenta (180) días tras la aprobación de la medida. Esta orden legislativa busca esclarecer las razones detrás de la decisión de LUMA y sus implicaciones, afectando directamente a la empresa, sus clientes y la política pública de protección a poblaciones vulnerables.
Para enmendar la Sección 4 de la R. del S. 435, según aprobada el 17 de febrero de 2026, a los fines de extender el término de tiempo de la Comisión de Planificación, Permisos, Infraestructura y Urbanismo del Senado de Puerto Rico, para rendir su informe final.
Esta Resolución del Senado (R. del S. 583) enmienda la Sección 4 de la Resolución del Senado 435, aprobada el 17 de febrero de 2026. Su propósito es extender el plazo para que la Comisión de Planificación, Permisos, Infraestructura y Urbanismo del Senado rinda su informe final sobre la investigación del impacto de los apagones en el sistema de acueductos y alcantarillados y la responsabilidad de LUMA Energy LLC. La enmienda modifica la fecha límite original, que era el 16 de agosto de 2026.
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