Para ordenar a las comisiones de Transporte, Telecomunicaciones, Servicios Públicos y Asuntos del Consumidor y de Planificación, Permisos, Infraestructura y Urbanismo del Senado de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva sobre la viabilidad de rediseñar y extender el tramo de las aceras donde se encuentren paradas de autobús, con el propósito de garantizar mayor accesibilidad al transporte público a las adultas mayores y a personas con diversidad funcional.
Qué propone
La Resolución del Senado 555 ordena a las Comisiones de Transportación, Telecomunicaciones, Servicios Públicos y Asuntos del Consumidor; y de Planificación, Permisos, Infraestructura y Urbanismo del Senado de Puerto Rico a realizar una investigación exhaustiva sobre la viabilidad de rediseñar y extender las aceras en las paradas de autobús. El objetivo es mejorar la accesibilidad al transporte público para adultos mayores y personas con diversidad funcional. Las comisiones tienen un plazo de 120 días para rendir un informe con hallazgos, conclusiones y recomendaciones.
Pros
Contras
Intereses en juego
Perspectiva histórica
Esta medida se inscribe en el tema del transporte público y su accesibilidad, un problema histórico en Puerto Rico. La Autoridad Metropolitana de Autobuses (AMA) ha enfrentado un deterioro continuo en sus servicios, lo que ha provocado el abandono de usuarios y la dependencia del vehículo privado, afectando especialmente a poblaciones vulnerables. La propuesta de rediseñar las paradas de autobús para mejorar la accesibilidad busca atender una de las deficiencias que contribuyen a este rezago del transporte colectivo.
En qué va
La Resolución del Senado 555 fue el 25 de junio de 2026 y el 31 de agosto de 2026, tras ser referida a comisiones y recibir un primer informe con .
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Última acción · 31 de agosto de 2026
Referido a Comisión(es)
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A favor (28)
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para enmendar la Sección 3 de la R. del S. 36, según enmendada por la R. del S. 411 aprobada el 26 de enero de 2026, a los fines de extender el término de tiempo de la Comisión de la Comisión de Transportación, Telecomunicaciones, Servicios Públicos y Asuntos del Consumidor del Senado de Puerto Rico, para rendir su informe final; y para facultarla a rendir informes parciales sobre los asuntos que investigue; y para otros fines relacionados.
Esta Resolución (R. del S. 567) enmienda la Sección 3 de la Resolución del Senado 36, aprobada previamente. Extiende el plazo para que la Comisión de Transportación, Telecomunicaciones, Servicios Públicos y Asuntos del Consumidor del Senado rinda su informe final sobre una investigación en curso. Además, faculta a la Comisión para emitir informes parciales sobre los asuntos que investigue. La medida afecta directamente a los miembros de dicha comisión y a los ciudadanos que esperan los resultados de la investigación sobre sistemas de transportación y viales.
Para ordenar a la Comisión de Transportación, Telecomunicaciones, Servicios Públicos y Asuntos del Consumidor del Senado de Puerto Rico, llevar a cabo una investigación exhaustiva de la conceptualización, financiamiento, programación, diseño, construcción y uso de los sistemas viales y de transportación colectiva en Puerto Rico, así como, sobre las facilidades de estacionamiento y tránsito; seguridad de los sistemas viales; puentes y vías de acceso; estudio de la transportación; estudio de nuevos métodos de transporte estatal y local; obras públicas estatales, vías públicas; y facilidades de transportación marítima o aérea en la jurisdicción de Puerto Rico; y para otros fines relacionados.
La Resolución ordena a la Comisión senatorial de Transportación, Telecomunicaciones, Servicios Públicos y Asuntos del Consumidor investigar la planificación, financiamiento, construcción y uso de sistemas viales y de transportación colectiva, además de estacionamientos, seguridad vial, puentes, vías públicas y transportación marítima o aérea. La Sección 2 autoriza a la Comisión a celebrar vistas, citar funcionarios y testigos, requerir información, documentos y objetos, y realizar inspecciones oculares. La Sección 3 permite informes parciales y exige un informe final con hallazgos, recomendaciones y conclusiones para el cierre de la tercera sesión ordinaria, el 30 de junio de 2026. No crea derechos ni asigna fondos.
“Para encomendar a la Comisión de Transportación, Telecomunicaciones, Servicios Públicos y Asuntos del Consumidor la realización de un estudio exhaustivo sobre la viabilidad de una obra de expansión del Tren Urbano al noroeste de San Juan y el impacto socioeconómico que representaría.”
La Resolución del Senado 546 encomienda a la Comisión de Transportación, Telecomunicaciones, Servicios Públicos y Asuntos del Consumidor realizar un estudio exhaustivo sobre la viabilidad de expandir el Tren Urbano hacia el noroeste de San Juan y evaluar su impacto socioeconómico. Esta medida, al ser una resolución, no crea derechos ni obligaciones legales ni asigna fondos, sino que ordena una investigación legislativa.
Para ordenar a la Comisión de Vivienda y Bienestar Social del Senado de Puerto Rico realizar una investigación sobre el estado de accesibilidad en los residenciales públicos de Puerto Rico para personas de tercera edad y residentes encamados, con énfasis en la asignación de unidades en primeros pisos; disponer la participación de la Administración de Vivienda Pública (AVP), el Departamento de la Vivienda y otras entidades relevantes; requerir un informe con hallazgos, estadísticas de incidentes y recomendaciones para posibles medidas legislativas futuras; celebrar audiencias públicas si fuere necesario; y para otros fines relacionados.
La Resolución del Senado 462 buscaba ordenar a la Comisión de Vivienda y Bienestar Social del Senado de Puerto Rico que realizara una investigación sobre el estado de accesibilidad en los residenciales públicos, con un enfoque particular en la asignación de unidades en primeros pisos para personas de tercera edad y residentes encamados. Se disponía la participación de la Administración de Vivienda Pública (AVP), el Departamento de la Vivienda y otras entidades relevantes. La medida requería un informe con hallazgos, estadísticas de incidentes y recomendaciones para futuras medidas legislativas, y permitía la celebración de audiencias públicas.
Para enmendar la Sección 3 de la R. del S. 36, según aprobada el 24 de febrero de 2025, a los fines de extender el término de tiempo de la Comisión de la Comisión de Transportación, Telecomunicaciones, Servicios Públicos y Asuntos del Consumidor del Senado de Puerto Rico, para rendir su informe final; y para facultarla a rendir informes parciales sobre los asuntos que investigue; y para otros fines relacionados
La Resolución del Senado 411 enmienda la Sección 3 de la Resolución del Senado 36 (aprobada el 24 de febrero de 2025). Extiende el plazo para que la Comisión de Transportación, Telecomunicaciones, Servicios Públicos y Asuntos del Consumidor del Senado rinda su informe final sobre una investigación de sistemas viales, transporte colectivo, estacionamiento, tránsito y facilidades marítimas/aéreas. También la faculta a emitir informes parciales sobre los asuntos que investigue.
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