Qué propone
La Resolución del Senado 65 ordena a la Comisión de Planificación, Permisos, Infraestructura y Urbanismo del Senado de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva sobre las condiciones infraestructurales de siete tramos específicos de carreteras estatales (PR-110, PR-417, PR-419, PR-411, PR-414, PR-416, y PR-115) en el municipio de Aguada. La Comisión tiene la facultad de celebrar vistas, requerir funcionarios y testigos, solicitar documentos e inspeccionar lugares. Se espera un informe con hallazgos, conclusiones y recomendaciones.
Pros
Contras
Intereses en juego
Perspectiva histórica
Esta medida se inscribe en el problema histórico del mantenimiento diferido de la red de carreteras secundarias y terciarias de Puerto Rico, como se describe en la Fuente 5. La investigación de las condiciones infraestructurales de las carreteras en Aguada refleja la preocupación ciudadana por la falta de inversión sostenida y el desgaste acelerado de la superficie asfáltica que afecta la seguridad y los costos de operación vehicular.
En qué va
Esta Resolución del Senado (RS 65) fue el 24 de febrero de 2025, referida a comisión, con el 3 de abril de 2025, y un informe final fue rendido y aprobado por el cuerpo legislativo en enero de 2026.
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Última acción · 22 de enero de 2026
Cuerpo aprueba informe final rendido
La lectura de coincidencia compara solo a favor vs. en contra de cada lado.
A favor (23)
En contra (1)
A favor (28)
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para ordenar a la Comisión de Planificación, Permisos, Infraestructura y Urbanismo del Senado de Puerto Rico, realizar una investigación exhaustiva sobre las condiciones infraestructurales de las carreteras estatales PR- 4419, km 1.2, 1.15; PR- 404, km 5.75; PR- 420, km 6.00; PR- 444, km 3.5, 4.5; y PR-495, km 1.10 que corresponden al municipio de Moca.
Esta Resolución ordena a la Comisión de Planificación, Permisos, Infraestructura y Urbanismo del Senado de Puerto Rico a realizar una investigación exhaustiva sobre las condiciones de infraestructura de seis tramos específicos de carreteras estatales en el municipio de Moca (PR-4419, PR-404, PR-420, PR-444, PR-495). La Comisión tiene la potestad de celebrar vistas, requerir funcionarios y documentos, y realizar inspecciones oculares. Se le exige rendir un informe final con hallazgos, conclusiones y recomendaciones antes del cierre de la Segunda Sesión Ordinaria de la 20ma Asamblea Legislativa.
“Para ordenar a la Comisión de Planificación, Permisos, Infraestructura y Urbanismo; y a la Comisión de Asuntos Municipales del Senado de Puerto Rico, realizar una investigación exhaustiva sobre las gestiones llevadas a cabo por el Departamento de Trasportación y Obras Públicas (DTOP) y la Autoridad de Carreteras y Trasportación (ACT) para atender la infraestructura vial de las siguientes carreteras estatales; PR-2, PR-459, PR-107, PR-110, PR-111 y la Carretera del Casco Urbano del Municipio de Aguadilla.”
La Resolución del Senado 125 ordena a las Comisiones de Planificación, Permisos, Infraestructura y Urbanismo, y de Asuntos Municipales del Senado de Puerto Rico, realizar una investigación exhaustiva sobre las gestiones del Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP) y la Autoridad de Carreteras y Transportación (ACT) para atender la infraestructura vial de carreteras estatales específicas en el Municipio de Aguadilla (PR-2, PR-459, PR-107, PR-110, PR-111 y la Carretera del Casco Urbano). Las comisiones deberán requerir informes detallados sobre planes de trabajo, progreso de proyectos de recuperación, y asignación y estado de fondos. La investigación deberá completarse en un plazo de noventa (90) días a partir de su aprobación.
Para ordenar a la Comisión de Planificación, Permisos, Infraestructura y Urbanismo del Senado de Puerto Rico, realizar una investigación exhaustiva sobre las condiciones infraestructurales de la carretera estatal PR-492; y para otros fines.
La Resolución del Senado 305 ordena a la Comisión de Planificación, Permisos, Infraestructura y Urbanismo del Senado de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva sobre las condiciones infraestructurales de la carretera estatal PR-492. La investigación debe evaluar las acciones de las agencias pertinentes y asegurar la asignación de recursos para mejorar la seguridad vial y la calidad de vida de los residentes que dependen de esta vía. La Comisión tiene 180 días para rendir un informe con hallazgos, conclusiones y recomendaciones.
Para ordenar a la Comisión de Planificación, Permisos, Infraestructura y Urbanismo del Senado de Puerto Rico, realizar una investigación exhaustiva sobre las condiciones infraestructurales de las carreteras estatales PR-109 y PR-402 correspondientes al municipio de Añasco; y para otros fines.
La Resolución del Senado 62 ordena a la Comisión de Planificación, Permisos, Infraestructura y Urbanismo del Senado de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva sobre las condiciones infraestructurales de las carreteras estatales PR-109 y PR-402 en el municipio de Añasco. La Comisión tiene la facultad de celebrar vistas, requerir funcionarios y testigos, solicitar documentos e inspeccionar ocularmente. Se establece un plazo de ciento ochenta (180) días para rendir un informe con hallazgos, conclusiones y recomendaciones.
Para ordenar a la Comisión de Planificación, Permisos, Infraestructura y Urbanismo del Senado de Puerto Rico a realizar una investigación exhaustiva en torno a las condiciones actuales del puerto y el aeropuerto de Arecibo, incluyendo su infraestructura, mantenimiento, tráfico marítimo y aéreo, personal disponible, necesidades operacionales; y para otros fines relacionados.
Esta Resolución del Senado (RS 165) ordena a la Comisión de Planificación, Permisos, Infraestructura y Urbanismo del Senado de Puerto Rico a realizar una investigación exhaustiva sobre las condiciones actuales del puerto y el aeropuerto de Arecibo. La investigación debe cubrir infraestructura, mantenimiento, tráfico marítimo y aéreo, personal y necesidades operacionales. La Comisión tiene 180 días desde la aprobación de la Resolución para rendir un informe con hallazgos, conclusiones y recomendaciones legislativas y administrativas.
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