Qué se movió cada día en la Legislatura. Toca un día para ver qué le pasó a cada medida. Los filtros te dejan seguir un solo tipo de trámite, como el Calendario de Órdenes Especiales, que es la antesala de una votación.
En trámite
Camino a votarse
Camino a ser ley
Detenidas
Resto
+305 más
3+53 más
+20 más
8+56 más
9+26 más
10+39 más
11+4 más
12+12 más
13+96 más
14+18 más
15+12 más
16+713 más
17+3 más
+1 más
22+15 más
23+23 más
24+2 más
+31 más
28+77 más
29+9 más
30+26 más
31+49 más
Para enmendar el Artículo 4 de la Ley Núm. 51 - 2022, según enmendada, conocida como "Ley para Prohibir el Expendio y Utilización de Plásticos de un Solo Uso en Todo Local Comercial, de Venta y Distribución Autorizada a Realizar Negocios Conforme a las Leyes del Estado Libre Asociado de Puerto Rico", para establecer una moratoria a las prohibiciones y penalidades dispuestas en los Artículos 4 y 6 hasta el 31 de diciembre de 2026; disponer de la creación de un Comité de Trabajo que proponga a la Asamblea Legislativa un marco regulatorio ordenado; y para otros fines relacionados.
Para crear la “Ley para establecer el uso de torniquetes en las Agencias Gubernamentales y Escuelas Públicas de Puerto Rico” a los fines de que todas las agencias gubernamentales y escuelas públicas de Puerto Rico cuenten con un instrumento (torniquete) el cual ayude a salvar una vida en una situación de emergencia; y para otros fines relacionados
Para crear la “Ley para establecer el taller de uso y manejo de torniquetes en las Agencias Gubernamentales y Escuelas Públicas de Puerto Rico” a los fines de que todas las agencias gubernamentales y escuelas públicas de Puerto Rico cuenten con un adiestramiento de manejo y uso de torniquete, el cual ayuda a salvar una vida en una situación de emergencia; y para otros fines relacionados.
Para añadir un inciso (y) al Artículo 5 de la Ley Núm. 23 de 20 de junio de 1972, según enmendada, conocida como “Ley Orgánica del Departamento de Recursos Naturales”, a los fines de otorgarle al Departamento de Recursos Naturales (DRNA) la autoridad legal para intervenir sin solicitud previa en situaciones de emergencia relacionadas con la erosión costera; de manera tal que puedan intervenir bajo el concepto de adaptación y mitigación de protección y tomar acción inmediata para llevar a cabo mejoras o proyectos de mitigación a corto plazo.
Para eliminar el inciso (I) del Artículo 1.02; enmendar el inciso (j) Artículo 2.05 y eliminar el inciso (HH) del Artículo 2.08 de la Ley 158-2015, según enmendada, conocida como “Ley de la Defensoría de las Personas con Impedimentos del Estado Libre Asociado de Puerto Rico”, así como añadir un nuevo inciso (j) a la Sección 2 de la Ley Núm. 15 de 14 de abril de 1931, según enmendada, conocida como la “Ley Orgánica del Departamento del Trabajo y Recursos Humanos de Puerto Rico” a los fines de transferir de la defensoría señalada al Departamento del Trabajo y Recursos Humanos (DTRH) el programa de Sistema Integrado de Cumplimiento Laboral; y para otros fines relacionados.
Para enmendar el inciso (a) del Artículo 8, añadir un nuevo subinciso (xi) y renumerar el actual subinciso (xi) como subinciso (xii) del inciso (b) del Artículo 10, así como enmendar el Artículo 23 de la Ley 29-2009, según enmendada, conocida como “Ley de Alianzas Público Privadas”, a los fines de uniformar la prohibición por un período de cinco (5) años dispuesta a la entidad contratante bajo el modelo de Alianza Público Privada para la contratación o designación como oficiales ejecutivos o directores corporativos de oficiales gubernamentales o empleados que hayan tenido participación en la evaluación, aprobación o supervisión del Contrato de Alianza Público Privada que se le haya adjudicado; y para otros fines relacionados.
Para enmendar el Artículo 1.111-A y el Artículo 2.10 de la Ley 22-2000, según enmendada, conocida como “Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico”, a los fines de ampliar la definición de vehículo “todo terreno”; y para otros fines relacionados.
Para ordenar a la Comisión de Recreación y Deportes de la Cámara de Representantes de Puerto Rico a realizar una investigación continua y minuciosa sobre las condiciones en que se encuentran las facilidades deportivas tanto municipales como estatales en todo Puerto Rico; evaluar la utilización de dichas facilidades por parte de los ciudadanos e identificar aquellas mejoras, reparaciones o compra de equipo necesario para poner las mismas en condiciones óptimas para el disfrute del pueblo; y para otros fines relacionados.
Para ordenar a la Comisión de Recreación y Deportes de la Cámara de Representantes realizar una investigación sobre cualquier situación, acción o propuesta que incida adversamente en el desarrollo del deporte como eje fundamental de nuestra sociedad y su integración en la educación pública, incluyendo el fortalecimiento de los programas de educación física en las escuelas; así como las condiciones materiales de las instalaciones para el ejercicio activo, pasivo incluyendo aquellas destinadas a la educación física y la recreación; y para otros fines relacionados.
Para ordenar a la Comisión de Salud de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, realizar una investigación exhaustiva sobre los servicios que ofrecen los manejadores de los beneficios de oncología contratados por los planes de salud que ofrecen cubierta de cáncer en Puerto Rico; y para otros fines relacionados.
Para ordenar al Departamento de la Vivienda del Gobierno de Puerto Rico, a transferir a la Asociación Cultural y Deportiva La Dolores Inc., Registro Número 61587, a título gratuito, la titularidad del terreno donde ubica el Centro Comunal de la Comunidad La Dolores, del Municipio de Rio Grande, ubicado en la Calle Jericó, esquina Calle Chile, descrito como Solar 43; y para otros fines relacionados.
Para ordenar al Departamento de la Vivienda a adquirir al precio nominal de un (1.00) dólar por parte de la Autoridad de Tierras, los terrenos donde enclavan las viviendas de los residentes de la Calle Esperanza, en el Sector las Acerolas, del Barrio Almirante Norte del Municipio de Vega Baja, y una vez adquirida la titularidad, segregarlos y cederlos; otorgándole títulos de propiedad a los vecinos de la antes mencionada comunidad; disponiéndose que estas personas estarán exentos del cumplimiento del requisito de ingresos establecido en la Ley Núm. 132 de 1 de julio de 1975, según enmendada.
Para ordenar a la Comisión de Transportación, Telecomunicaciones, Servicios Públicos y Asuntos del Consumidor del Senado de Puerto Rico, realizar una investigación exhaustiva sobre el estado en que se encuentra la construcción del tramo de la carretera PR-10 entre Adjuntas y Utuado; y para otros fines.