Qué propone
La medida crea la "Ley para establecer el taller de uso y manejo de torniquetes en las Agencias Gubernamentales y Escuelas Públicas de Puerto Rico". Establece el deber de todas las agencias gubernamentales y escuelas públicas de registrarse en el Departamento de Salud y de ofrecer anualmente un adiestramiento sobre el uso de torniquetes. Las agencias y escuelas serán responsables de adquirir y mantener los torniquetes. El Departamento de Salud emitirá para certificar entidades capacitadoras, definir el contenido programático y establecer especificaciones para los torniquetes.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
La medida, Proyecto de la Cámara 280, fue el 29 de enero de 2025 y con el 21 de mayo de 2026. Actualmente, ha sido enviada al Senado para su consideración.
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Última acción · 26 de mayo de 2026
Referido a Comisión(es)
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Para crear la “Ley para establecer el uso de torniquetes en las Agencias Gubernamentales y Escuelas Públicas de Puerto Rico” a los fines de que todas las agencias gubernamentales y escuelas públicas de Puerto Rico cuenten con un instrumento (torniquete) el cual ayude a salvar una vida en una situación de emergencia; y para otros fines relacionados
La medida crea la Ley para establecer el uso de torniquetes en Agencias Gubernamentales y Escuelas Públicas de Puerto Rico. Exige que toda agencia y escuela pública incluya un torniquete en sus botiquines de primeros auxilios, cumpliendo con normas de la FDA. También requiere que el personal relevante reciba adiestramiento acreditado y establece inmunidad civil para quienes los usen de buena fe en emergencias, siempre que no medie negligencia crasa o conducta maliciosa. El Departamento de Salud supervisará el cumplimiento y podrá imponer multas administrativas.
Para crear la "Ley para establecer el uso de torniquetes en la Policía de Puerto Rico", con el fin de distribuir torniquetes para que cada agente tenga uno en su patrulla; incorporar el taller de uso y manejo de torniquete en el adiestramiento de los miembros de la Policía de Puerto Rico, el cual ayudará a salvar vidas en situaciones de emergencia; y para otros fines relacionados.
Esta ley crea la 'Ley para establecer el uso de torniquetes en la Policía de Puerto Rico'. Obliga a la Policía de Puerto Rico (PPR) a incluir un torniquete en el botiquín de primeros auxilios de cada patrulla y a proveer adiestramiento en su uso y manejo a todos sus miembros. El adiestramiento debe ser acreditado y requiere un 'readiestramiento' cada dos años. El cumplimiento de este adiestramiento exime al agente de responsabilidad civil bajo la Ley del Buen Samaritano.
Para crear la “Ley del Programa de Concienciación y Prevención del Delito en las Escuelas”, con el fin de establecer un programa educativo compulsorio para estudiantes de escuela superior, dirigido a ofrecer conferencias y experiencias inmersivas sobre la violencia escolar y las consecuencias de incurrir en actividades delictivas, con la participación de jueces, fiscales, confinados y abogados de la defensa.
La medida propone crear la Ley del Programa de Concienciación y Prevención del Delito en las Escuelas (PCPDE), un programa educativo obligatorio para todos los estudiantes de escuela superior (grados 9 al 12) en el sistema público de Puerto Rico. El programa incluirá charlas y testimonios de profesionales del sistema de justicia y personas confinadas o exconfinadas, así como visitas inmersivas a instituciones correccionales, tribunales y cuarteles de policía. El cumplimiento será requisito para la graduación. El Departamento de Educación coordinará el programa con otras agencias gubernamentales y organizaciones sin fines de lucro, y deberá adoptar reglamentación en un plazo de 180 días.
Para disponer que el Departamento de Educación del Gobierno de Puerto Rico establezca un protocolo de clasificación de niveles de seguridad escolar en los planteles con garantías mínimas para reducir riesgos y vulnerabilidades.
Esta Ley ordena al Departamento de Educación (DE) a crear e implementar un protocolo para clasificar los niveles de seguridad en todas las escuelas públicas y privadas certificadas, estableciendo criterios de evaluación y medidas de respuesta. El DE tiene 270 días para desarrollar e implementar dicho protocolo, que deberá considerar factores criminales, estructurales y ambientales, e incluir la recopilación de informes de incidentes por parte de los directores escolares. La medida busca garantizar entornos de aprendizaje más seguros y resilientes.
Para crear la “Ley de Capacitación de Servidores Públicos como guardavidas de Puerto Rico”, con el fin de adiestrar a todo el personal gubernamental dispuesto a certificarse como guardavidas o rescatistas acuáticos, establecer incentivos salariales, penalidades por incumplimiento con su responsabilidad adquirida, y para otros fines relacionados.
La medida crea la 'Ley de Capacitación de Servidores Públicos como Guardavidas de Puerto Rico'. Establece un programa para adiestrar y certificar como guardavidas a servidores públicos voluntarios de todas las agencias. El DRNA, NMEAD y OATRH administrarán el programa, que incluirá rescate acuático, primeros auxilios y RCP. Se contemplan incentivos salariales para quienes mantengan su certificación activa y sean activados, y penalidades de reembolso para quienes abandonen el servicio sin causa justificada. La Oficina de Gerencia y Presupuesto (OGP) asignará fondos iniciales y recurrentes.
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