Qué propone
Esta medida crea la Ley del Registro de Personas Convictas por Maltrato de Animales y verificación de historial delictivo. Establece un registro adscrito al Departamento de Justicia para personas declaradas culpables de violar la Ley 154-2008 (Ley de Bienestar y Protección de Animales), incluyendo delitos cometidos en otras jurisdicciones. Prohíbe a estas personas adquirir, criar, vender o adoptar animales, y les impone deberes de notificación y actualización de datos. También leyes de libertad a prueba y bajo palabra para incluir el registro como condición. Afecta directamente a personas convictas por maltrato animal, así como a entidades que manejan animales.
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Última acción · 5 de febrero de 2026
Referido a Comisión(es)
Otras medidas sobre el mismo asunto, encontradas por significado (no solo por palabras).
Para crear la “Ley para Crear el Registro de Rescatistas de Animales de Puerto Rico”, instituir un Registro voluntario de rescatistas de Animales y para otros fines relacionados.
Esta medida, el Proyecto de la Cámara 1095, propone la creación de la "Ley para Crear el Registro de Rescatistas de Animales de Puerto Rico". Instituye un registro digital voluntario administrado por la Oficina Estatal para el Control de Animales (OECA) en colaboración con el Puerto Rico Innovation and Technology Service (PRITS). Los rescatistas que se registren deberán proveer información básica y un informe estadístico anual. Los inscritos serán elegibles para subvenciones de la OECA si los fondos están disponibles y sus actividades serán publicitadas por la agencia. La ley también establece un plazo de 180 días para que las agencias gubernamentales adapten sus reglamentos.
Para establecer la “Ley para Crear el Registro de Rescatistas de Animales de Puerto Rico”, instituir un Registro voluntario de rescatistas de animales; y para decretar otras disposiciones complementarias.
Esta medida propone la creación del Registro de Rescatistas de Animales de Puerto Rico, un registro digital voluntario administrado por la Oficina Estatal para el Control de Animales (OECA) en colaboración con el Puerto Rico Innovation and Technology Service (PRITS). El registro permitirá a personas y organizaciones dedicadas al rescate de animales domésticos identificarse y ser reconocidas, facilitando la coordinación de esfuerzos gubernamentales en bienestar animal y haciendo a los inscritos elegibles para subvenciones de la OECA si los fondos están disponibles. Afecta directamente a individuos y organizaciones que rescatan animales, así como a agencias gubernamentales que deberán coordinar con estos.
Intereses en juego
📜 Perspectiva histórica
Esta medida se enmarca en la evolución de la política pública punitiva contra el maltrato animal en Puerto Rico, que se consolidó con la Ley 154-2008. La medida busca endurecer las consecuencias para los convictos, reflejando la tendencia histórica de fortalecer la protección animal ante la creciente visibilidad de estos casos y la presión de grupos activistas.
En qué va
La medida (P. de la C. 1109) fue el 4 de febrero de 2026 y apareció en Primera Lectura de la Cámara el 5 de febrero de 2026, siendo referida a la Comisión de lo Jurídico.
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