Para enmendar el subinciso i. del inciso b. del Artículo 1 del Capítulo II de la Ley 154-2008, según enmendada, mejor conocida como “Ley para el Bienestar y la Protección de los Animales”, a fin de aumentar el rango de la multa aplicable al delito del abandono animal de mil dólares ($1,000) a cinco mil dólares ($5,000), de cinco mil dólares ($5,000) a diez mil dólares ($10,000); derogar los Artículos 22, 23 y 24 del Capítulo II de la misma ley y establecer un nuevo Capítulo III a fin de crear un reglamento para el control y manejo de equinos realengos, un Registro de Ofensores, y establecer talleres de educación continua para los policías; y para otros fines relacionados.
Qué propone
el Artículo 1(b)(i) del Capítulo II para subir de $1,000-$5,000 a $5,000-$10,000 la multa obligatoria por abandono general, únicamente cuando la persona convicta cualifique y se acoja a probatoria u otro método alterno a la reclusión; no cambia la pena fija de tres años ni la multa del abandono que cause lesión severa o muerte. Ordena al NPPR adoptar, en coordinación con la OECA, un para el manejo de equinos sin custodia y la investigación de denuncias, además de ofrecer talleres continuos; fija un plazo de 90 días desde la vigencia de la ley. También ordena esterilizar, si es médicamente viable, a todo equino bajo custodia gubernamental o de un albergue sin fines de lucro. Crea un Registro de personas convictas por delitos del Capítulo II, con una excepción para casos de negligencia simple sin riesgo evidente, salvo justificación expresa del tribunal; para la primera condena establece un año de registro desde que se cumple la sentencia y para la segunda, permanencia de por vida. El tribunal y el DCR deben enviar información al NPPR en los plazos dispuestos; el registro será público por internet y mediante solicitud escrita, salvo los números de seguro social, licencia de conducir y teléfono. los artículos 22 a 24 del Capítulo II, pero el nuevo capítulo incluye disposiciones sobre vigencia, derogaciones y separabilidad.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
El Senado aprobó la medida con el 10 de abril de 2025 y la remitió a la Cámara; el 28 de abril de 2025 fue referida a comisión en la Cámara. La firman legisladores del PNP y del PPD.
Generado por IA · puede contener errores y los argumentos a favor/en contra son posibles puntos de debate, no una postura oficial. Verifica con el texto oficial.
Última acción · 28 de abril de 2025
Referido a Comisión(es)
La lectura de coincidencia compara solo a favor vs. en contra de cada lado.
A favor (23)
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