Qué propone
La medida propone la Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico (Ley 85-2018) para facultar explícitamente al Secretario del Departamento de Educación a gestionar fondos y recursos federales destinados al desarrollo de bibliotecas públicas y escolares. Se establece el mandato legislativo de crear un inventario detallado de todos los bienes y recursos recibidos bajo esta facultad, el cual deberá ser notificado anualmente a las bibliotecas públicas y escolares del país para asegurar su acceso efectivo a dichos fondos y materiales.
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Última acción · 19 de febrero de 2026
Referido a Comisión(es)
Otras medidas sobre el mismo asunto, encontradas por significado (no solo por palabras).
Para enmendar los Artículos 2.04, 2.08, 2.23 ; añadir los nuevos Artículos, 2.02-A, 2.04-A, 2.26 y 2.27 a la Ley 85-2018, según enmendada, conocida como la “Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico”, a los fines de establecer una nueva estructura organizacional para el Departamento de Educación; crear las posiciones de Subsecretario, Principal Oficial Financiero y Principal Oficial de Informática; disponer sus cualificaciones, funciones y deberes; transformar al Subsecretario para Asuntos Académicos y Programáticos en el Principal Oficial Académico; establecer la coordinación entre éstos; y para otros fines relacionados.
El P. de la C. 915 propone enmendar la Ley 85-2018, conocida como la Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico, para reestructurar el Departamento de Educación. Crea las posiciones de Subsecretario, Principal Oficial Financiero (CFO) y Principal Oficial de Informática, detallando sus cualificaciones y deberes. Además, transforma la posición de Subsecretario para Asuntos Académicos y Programáticos en Principal Oficial Académico, y establece la coordinación entre estas nuevas y existentes figuras.
Para añadir un nuevo inciso (11) y renumerar los actuales incisos (11) al (59) como los incisos (12) al (60), respectivamente del Artículo 1.03 del Capítulo I; añadir un nuevo Artículo 6.08, y renumerar y enmendar el actual Artículo 6.08 como el Artículo 6.09 del Capítulo VI de la Ley Núm. 85-2018, según enmendada, conocida como “Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico”, a fin de definir “Consejo de Estudiantes”; crear un Consejo Estatal de Estudiantes como organismo estudiantil consultivo del sistema público de educación; y realizar correcciones gramaticales y de estilo.
El Proyecto de Cámara 1153 propone enmendar la Ley Núm. 85-2018, conocida como la Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico. Crea un nuevo Artículo 6.08 para establecer el Consejo Estatal de Estudiantes de Puerto Rico como un organismo consultivo y representativo del estudiantado del sistema público de educación. También define el término 'Consejo de Estudiantes' en el Artículo 1.03 de dicha ley y realiza ajustes de numeración y estilo en la legislación existente. El Consejo Estatal estará compuesto por 35 estudiantes de entre 12 y 18 años, seleccionados por región educativa, y tendrá funciones informativas y consultivas ante el Departamento de Educación y la Asamblea Legislativa.
Intereses en juego
📜 Perspectiva histórica
. Esta medida busca la Ley 85-2018, conocida como la Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico, un que reconfiguró el sistema K-12. La medida aborda la gestión de fondos federales para bibliotecas públicas y escolares, un tema que se relaciona con el historial de ineficiencias administrativas y las intervenciones federales en el Departamento de Educación, como se describe en los fragmentos.
En qué va
La medida, Proyecto de la Cámara 1152, fue el 18 de febrero de 2026 y apareció en Primera Lectura de la Cámara el 19 de febrero de 2026, siendo referida a la Comisión de Educación.
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