Qué propone
La medida propone declarar el "Túnel Oscuro" o "Túnel Negro" en Quebradillas como monumento histórico. Busca su preservación, inclusión en el Registro de Sitios y Zonas Históricas de Puerto Rico, y la zonificación e identificación del área en mapas oficiales. Afecta directamente al Municipio de Quebradillas y a las agencias gubernamentales encargadas de la preservación del patrimonio histórico y la planificación territorial.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
La medida, P. de la C. 684, fue el 19 de mayo de 2025 y referida a la Comisión de Turismo de la Cámara de Representantes. Ha pasado por una (23 de febrero de 2026) y una (8 de junio de 2026), y su primer informe con fue rendido el 25 de junio de 2026, siendo remitida posteriormente a la Comisión de Calendarios.
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Última acción · 25 de junio de 2026
Remitido a Comisión de Calendarios de la Cámara
Otras medidas sobre el mismo asunto, encontradas por significado (no solo por palabras).
Para declarar monumento histórico el “Túnel de Guaniquilla”, con el fin de preservar el mismo; incluir el mismo en el Registro de Sitios y Zonas Históricas de Puerto Rico; realizar todos los trámites conducentes a la calificación del área e identificarlo en los mapas correspondientes como tal; y para otros fines relacionados.
Esta medida declara el "Túnel de Guaniquilla" en Cabo Rojo como monumento histórico de Puerto Rico. Ordena a la Junta de Planificación, el Instituto de Cultura Puertorriqueña, la Oficina Estatal de Preservación Histórica y el Municipio de Cabo Rojo a realizar los trámites para su reconocimiento oficial en el Registro de Sitios y Zonas Históricas. También instruye a la Oficina Estatal de Preservación Histórica y al Municipio de Cabo Rojo a gestionar su preservación y los recursos necesarios.
Para declarar Monumento y Lugar de Valor Histórico el Polvorín de Miraflores, localizado en la Isla Grande del Municipio de San Juan.
La medida declara el Polvorín de Miraflores en la Isla Grande, San Juan, como Monumento y Lugar de Valor Histórico bajo la Ley Núm. 374 de 1949. Designa a la Junta de Planificación, en coordinación con el Instituto de Cultura Puertorriqueña y la Oficina de Conservación Histórica, como responsables de su conservación, preservación y mantenimiento. La ley entraría en vigor inmediatamente tras su aprobación.
Para declarar Patrimonio del Pueblo de Puerto Rico la colección arqueológica conocida como las Piedras del Padre Nazario, descubierta a finales del siglo XIX en Guayanilla, y ordenar al Instituto de Cultura Puertorriqueña establecer un plan para su protección, conservación, estudio, divulgación y posible repatriación; y para otros fines relacionados.
La medida declara la colección arqueológica 'Piedras del Padre Nazario' como Patrimonio del Pueblo de Puerto Rico. Ordena al Instituto de Cultura Puertorriqueña (ICP), en coordinación con el Consejo para la Protección del Patrimonio Arqueológico Terrestre, a crear un plan para su protección, conservación, estudio, divulgación y posible repatriación. Se establece un plazo de 180 días para realizar un inventario científico de las piezas, tanto en Puerto Rico como en el extranjero.
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