Qué propone
El Proyecto de la Cámara 73 busca la Ley del Instituto de Estadísticas de Puerto Rico (Ley 209-2003) para fortalecer su autonomía y operación. Propone permitir al Instituto recibir donativos, aumentar el umbral de aprobación de adquisiciones por la Junta de Directores a $100,000, facultarla para adoptar estándares éticos para personal estadístico gubernamental, y crear una unidad para ofrecer servicios estadísticos compensados. También busca clarificar obligaciones de agencias, garantizar la inclusión del presupuesto del Instituto en el modelo del Gobernador sin revisión, crear un programa de academias y talleres, y establecer certificación de educación continua para personal estadístico.
Pros
Última acción · 16 de octubre de 2025
Comisión no recomienda aprobación de la medida
Otras medidas sobre el mismo asunto, encontradas por significado (no solo por palabras).
Para enmendar el Artículo 2.01 del Capítulo 2 de la Ley Núm. 122-2017, conocida como “Ley del Nuevo Gobierno de Puerto Rico”, y el primer párrafo del Artículo 3 de la Ley Núm. 209-2003, según enmendada, conocida como “Ley del Instituto de Estadísticas de Puerto Rico”, con el propósito de incluir al Instituto de Estadísticas de Puerto Rico entre las entidades exentas de las disposiciones de la referida Ley Núm. 122 y manifestar expresamente en dichas leyes tal exclusión, a fin de preservar la naturaleza del Instituto de Estadísticas de Puerto Rico como entidad autónoma administrativa y fiscalmente de la Rama Ejecutiva del Gobierno de Puerto Rico; y realizar correcciones técnicas.
La medida propone enmendar la Ley del Nuevo Gobierno (Ley 122-2017) y la Ley del Instituto de Estadísticas de Puerto Rico (Ley 209-2003). Busca eximir explícitamente al Instituto de Estadísticas de las disposiciones de la Ley 122-2017, que permite al Gobernador someter Planes de Reorganización a la Legislatura. También corrige referencias técnicas en la Ley 209-2003 para reflejar esta exclusión y otras actualizaciones legislativas. Afecta directamente al Instituto de Estadísticas, asegurando su autonomía frente a posibles reorganizaciones ejecutivas y clarificando su estatus legal.
Para enmendar los Artículos 3, 4, 6 y 8 de la Ley 209-2003, según enmendada, conocida como “Ley del Instituto de Estadísticas de Puerto Rico”, a los fines de actualizar las referencias a leyes que han sido derogadas y sustituidas por legislación vigente; aumentar el umbral para la aprobación de contratos por parte de la Junta de Directores; y para otros fines relacionados.
La medida enmienda la Ley 209-2003, conocida como "Ley del Instituto de Estadísticas de Puerto Rico", para actualizar referencias a leyes derogadas y sustituidas, y para aumentar el umbral de aprobación de contratos por parte de la Junta de Directores de $36,000 a $100,000. Esto afecta la agilidad administrativa del Instituto y la supervisión de sus contratos.
Contras
Intereses en juego
En qué va
La medida, Proyecto de la Cámara 73, fue el 2 de enero de 2025 y referida a la Comisión de Gobierno de la Cámara de Representantes. Dicha comisión emitió un el 16 de octubre de 2025, no recomendando su aprobación.
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