Qué propone
La medida la Ley 209-2003, conocida como "Ley del Instituto de Estadísticas de Puerto Rico", para actualizar referencias a leyes y sustituidas, y para aumentar el umbral de aprobación de contratos por parte de la Junta de Directores de $36,000 a $100,000. Esto afecta la agilidad administrativa del Instituto y la supervisión de sus contratos.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
La medida, Proyecto del Senado 872, fue el 9 de marzo de 2026 y luego por la Cámara de Representantes sin el 22 de junio de 2026. Actualmente, se encuentra para su firma.
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Última acción · 7 de julio de 2026
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Para enmendar el Artículo 3 de la Ley 209-2003, según enmendada, conocida como ‘’Ley del Instituto de Estadísticas de Puerto Rico’’ con el fin de disponer que la Oficina del Contralor extienda a tres (3) años el término de las auditorías de las cuentas y operaciones del Instituto de Estadísticas de Puerto Rico; y para otros fines relacionados.
Esta medida enmienda el Artículo 3 de la Ley 209-2003, conocida como la Ley del Instituto de Estadísticas de Puerto Rico. Propone extender el plazo para las auditorías de las cuentas y operaciones del Instituto de Estadísticas de Puerto Rico a tres (3) años, a cargo de la Oficina del Contralor. Esto afectaría directamente la frecuencia y el alcance temporal de las revisiones fiscales y operacionales del Instituto.
Para enmendar los Artículos 3, 4, 5, 6, 8, 11, 13 y 21, añadir un nuevo Artículo 22 y reenumerar el Artículo 22 como Artículo 23 de la Ley 209-2003, según enmendada, conocida como la “Ley del Instituto de Estadísticas de Puerto Rico”, a los fines de realizar enmiendas técnicas; disponer que el Instituto de Estadísticas de Puerto Rico pueda solicitar, aceptar y recibir donativos; establecer que las sumas recaudadas por este concepto podrán ser utilizadas para sufragar los gastos de operación y funcionamiento del Instituto y las actividades estadísticas que el Instituto determine; disponer la facultad de la Junta de Directores del Instituto para aprobar la adquisición de equipo, materiales y servicios cuyo valor exceda la cantidad de cien mil ($100,000) dólares; disponer que la Junta de Directores tendrá como parte de sus deberes y poderes la autoridad para adoptar los estándares éticos aplicables a toda persona que labore en la unidades de estadísticas de los organismos gubernamentales o que asesore, intervenga o colabore con el Servicio de Producción Estadística del Estado Libre Asociado de Puerto Rico; constituir una unidad de trabajo y destinar los recursos necesarios para, a solicitud de cualquier persona, entidad privada u organismo gubernamental, o la Rama Judicial, ofrecer servicios compensados; clarificar las obligaciones de los organismos gubernamentales en torno al envío de información estadística al Instituto; disponer que el Gobernador incluirá en el presupuesto modelo los cálculos para los gastos corrientes de dicho Instituto, sin revisarlos, que garantice su estabilidad fiscal; crear el Programa de Academias y Talleres del Instituto de Estadísticas de Puerto Rico; establecer un sistema de certificación de la educación continua como requisito para ocupar y permanecer en un cargo o puesto, u ofrecer consultoría o asesoramiento externo; ordenar al Instituto preparar los formularios necesarios para la notificación por parte de los organismos gubernamentales, y para otros fines relacionados.
Ausente (1)
A favor (35)
Ausente (1)
El Proyecto de la Cámara 73 busca enmendar la Ley del Instituto de Estadísticas de Puerto Rico (Ley 209-2003) para fortalecer su autonomía y operación. Propone permitir al Instituto recibir donativos, aumentar el umbral de aprobación de adquisiciones por la Junta de Directores a $100,000, facultarla para adoptar estándares éticos para personal estadístico gubernamental, y crear una unidad para ofrecer servicios estadísticos compensados. También busca clarificar obligaciones de agencias, garantizar la inclusión del presupuesto del Instituto en el modelo del Gobernador sin revisión, crear un programa de academias y talleres, y establecer certificación de educación continua para personal estadístico.
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