Qué propone
El Proyecto de la Cámara 876 la Ley 119-2007, conocida como la Ley de la Beca Isamar Malaret Vélez para Estudios Graduados en Educación Especial. Las enmiendas buscan flexibilizar la designación de la comisión cameral responsable de la beca, permitir que los estudios se realicen en instituciones acreditadas en Puerto Rico o en cualquier otra jurisdicción de Estados Unidos, y aumentar la anual para estas becas de $5,000 a $15,000. Afecta principalmente a maestros y estudiantes que buscan especializarse en educación especial, así como al presupuesto de la Cámara de Representantes.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
El Proyecto de la Cámara 876 fue el 24 de septiembre de 2025 y referido a comisión. Tras un con el 13 de julio de 2026, fue remitido a la Comisión de Calendarios de la Cámara.
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Última acción · 13 de julio de 2026
Remitido a Comisión de Calendarios de la Cámara
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para establecer una Escala Salarial por Años de Servicio a la que tendrán derecho los maestros del Departamento de Educación; establecer requisitos y procedimientos para acceder a los aumentos por años de servicio; y a otros fines relacionados.
El P. de la C. 619 establece una nueva escala salarial por años de servicio para maestros del Departamento de Educación de Puerto Rico. Crea un sistema de aumentos escalonados (7.5% a 20%) aplicables cada cinco años de servicio, hasta un máximo de 30 años. Afecta directamente a los maestros elegibles del sistema público, modificando su estructura salarial basada en la antigüedad y reconociendo experiencia previa de otras jurisdicciones.
Para crear la “Ley de Ajuste Salarial para el Personal Gerencial del Departamento de Educación de Puerto Rico”; establecer exclusiones sobre la aplicabilidad de esta Ley; y para otros fines relacionados.
El Proyecto de la Cámara 939 propone la creación de la 'Ley de Ajuste Salarial para el Personal Gerencial del Departamento de Educación de Puerto Rico'. Establece un aumento salarial basado en el nivel académico (maestría con créditos doctorales, doctorado, y grados adicionales) y un incentivo por certificaciones docentes adicionales. Afecta directamente a directores de escuela, superintendentes auxiliares y de escuela, y gerentes de operaciones académicas, así como directores ejecutivos de docencia, que cumplan con los requisitos de elegibilidad.
Para establecer la “Ley para la Permanencia de Fondos para la Educación Especializada de Estudiantes Dotados”; con el propósito de mantener una asignación anual de trescientos cincuenta mil dólares ($350,000.00) para la educación especializada de estudiantes dotados y dar continuidad al trabajo del Instituto de Investigación y Desarrollo para Estudiantes Dotados, Inc. (IIDED); y para otros fines relacionados.
La medida establece la Ley para la Permanencia de Fondos para la Educación Especializada de Estudiantes Dotados. Crea una asignación anual permanente de $350,000.00 provenientes del presupuesto del Departamento de Educación, a ser otorgados antes del 30 de agosto de cada año fiscal al Instituto de Investigación y Desarrollo para Estudiantes Dotados, Inc. (IIDED). Estos fondos se destinarán a la identificación, evaluación, apoyo a familias, capacitación de educadores, y colaboración con el Departamento de Educación y la Universidad de Puerto Rico para el beneficio de estudiantes dotados.
Para enmendar los Artículos 4 y 5 de la Ley 56-2019, conocida como la "Ley de Extensión de Nombramientos a los Maestros con Estatus Transitorio Provisional y con Nombramientos Transitorios Elegibles en Cualquier Unidad Académica y los Asistentes de Servicios al Estudiante (T1 y T2) Adscritos a la Secretaría Asociada de Educación Especial del Departamento de Educación de Puerto Rico", a los fines de establecer un término máximo de sesenta (60) días para que el Departamento de Educación nombre a los Asistentes de Servicios al Estudiante (T1 y T2); disponer sobre la continuidad de los servicios durante la vacante en dicho puesto; y para otros fines relacionados.
El Proyecto de la Cámara 838 propone enmendar la Ley 56-2019 para establecer un término máximo de sesenta (60) días para que el Departamento de Educación (DE) nombre a los Asistentes de Servicios al Estudiante (T1 y T2) en Educación Especial, desde el inicio del año escolar o cuando surja una vacante. Además, crea un mecanismo transitorio para garantizar la continuidad de servicios durante dicho periodo, permitiendo la asignación provisional de otros empleados públicos cualificados o la participación voluntaria de padres/encargados.
Para derogar la Ley Núm. 158-1999, según enmendada, conocida como “Ley de la Carrera Magisterial”; establecer la Escala Salarial por Preparación Académica a la que tendrán derecho los maestros del Departamento de Educación en sustitución de la Ley de Carrera Magisterial; establecer requisitos y procedimientos para acceder a los aumentos por preparación académica y obtención de certificados de maestros adicionales a los de la categoría para la que están nombrados; Equiparar los aumentos recibidos por maestros por concepto de carrera magisterial en el pasado; y a otros fines relacionados.
El Proyecto de la Cámara 616 busca derogar la Ley de la Carrera Magisterial (Ley 158-1999) y establecer una nueva Escala Salarial por Preparación Académica para los maestros del Departamento de Educación. Esta nueva escala permitirá a los maestros obtener aumentos salariales basados en grados académicos superiores (maestrías, doctorados) o la obtención de certificaciones adicionales, simplificando el proceso actual. La medida también busca equiparar aumentos salariales pasados y afecta directamente a los maestros del sistema público de enseñanza.
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