Qué propone
La medida propone crear la Ley de Rescate Municipal para tu Vivienda, estableciendo un programa para otorgar préstamos de $250 millones del Fondo de Reserva de Emergencia a los municipios. Estos fondos se usarán para comprar, rehabilitar y vender propiedades abandonadas o deterioradas en cascos urbanos a jóvenes trabajadores (21-35 años), quienes deberán usarlas como residencia principal. Los municipios tienen hasta dos años para completar el ciclo de compra, rehabilitación y venta, y deben devolver el monto prestado a la OGP.
Pros
Contras
Intereses en juego
📜 Perspectiva histórica
Puerto Rico ha enfrentado históricamente un déficit de vivienda asequible y un problema crónico de propiedades abandonadas en sus cascos urbanos. Legislaciones previas han intentado abordar el abandono de propiedades y la revitalización urbana, pero a menudo han enfrentado limitaciones de financiamiento o ejecución a nivel municipal. Este programa busca dotar a los municipios de capital específico para esta tarea.
En qué va
La medida, Proyecto de la Cámara 953, fue el 29 de octubre de 2025 y referida a las Comisiones de Asuntos Municipales y de Vivienda y Desarrollo Urbano. Recientemente, tuvo una de Comisión el 8 de julio de 2026.
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Última acción · 8 de julio de 2026
: Oficina de la Comisión
Otras medidas sobre el mismo asunto, encontradas por significado (no solo por palabras).
Para crear la “Ley de Reserva Habitacional para Jóvenes Profesionales y Trabajadores en Puerto Rico”, a fin de establecer que el treinta por ciento (30%) de todo proyecto o unidad de vivienda de interés social subsidiada o incentivada con fondos gubernamentales en Puerto Rico sea destinada para jóvenes profesionales residentes en la Isla.
La medida crea la Ley de Reserva Habitacional para Jóvenes Profesionales y Trabajadores en Puerto Rico. Establece que el 30% de toda vivienda de interés social, subsidiada o incentivada con fondos gubernamentales, debe ser reservada para jóvenes profesionales y trabajadores residentes en la Isla, definidos entre 21 y 40 años, empleados a tiempo completo y con estudios universitarios. Se les exige residir en la propiedad por al menos 10 años y no usarla para negocios o alquileres.
Para establecer la “Ley para la Revitalización de Viviendas Abandonadas a través de Créditos y Exenciones Contributivas en Puerto Rico”, a fin de proveer incentivos contributivos a las personas naturales, jurídicas, entidades u organizaciones sin fines lucrativos, cooperativas y corporaciones, que rehabiliten propiedades inmuebles abandonadas, así certificadas por el Departamento de la Vivienda y los municipios correspondientes, una vez realizado el debido proceso de ley, en áreas deterioradas para promover las viviendas asequibles; disponer objetivos; definiciones; criterios; designaciones; facultades y deberes; requisitos de elegibilidad de la propiedad inmueble y del propietario; administración y certificación; criterios de solicitud; incentivos; condiciones para el incentivo y exención; controles, fiscalización, penalidades y reversión; reglamentación; e informe de impacto fiscal.
Esta medida propone la creación de la "Ley para la Revitalización de Viviendas Abandonadas a través de Créditos y Exenciones Contributivas en Puerto Rico". Busca incentivar la rehabilitación de propiedades residenciales y comerciales abandonadas (desocupadas por más de 12 meses y en deterioro evidente) mediante créditos y exenciones contributivas. Los beneficiarios son personas naturales, jurídicas, cooperativas y organizaciones sin fines de lucro que adquieran y rehabiliten estas propiedades, destinándolas a uso residencial principal o alquiler a largo plazo por un mínimo de 10 años.
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