Qué propone
Esta medida legislativa buscaba el Artículo 5 de la del Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA) para crear la 'Zona de Planificación Especial Turística de las Casetas y Muelles de La Parguera'. El objetivo era resolver la incertidumbre jurídica de estructuras existentes en terrenos y aguas de dominio público, establecer un régimen de pago de cánones por su uso, autorizar y financiar obras de mejora en la Reserva Natural y comunidad de La Parguera. Afectaría a los propietarios de estas estructuras, al DRNA, la Compañía de Turismo y la Junta de Planificación en la gestión de la zona.
Pros
Contras
Intereses en juego
Perspectiva histórica
Esta medida se inscribe en la controversia histórica sobre el uso y acceso a la zona marítimo-terrestre, un bien de dominio público. Al igual que en el caso de Playa Los Almendros, la medida busca resolver la incertidumbre jurídica de estructuras privadas en terrenos y aguas públicas, lo que históricamente ha generado tensiones entre el derecho colectivo al disfrute de la naturaleza y los intereses de desarrollo. La propuesta de cánones y es un intento de regularizar una situación que ha sido fuente de conflicto y debate sobre la privatización de las costas.
En qué va
El Proyecto del Senado 272 fue el 22 de enero de 2025. Tras pasar por primera lectura y ser referido a comisión, celebró una el 22 de octubre de 2025. Finalmente, la Comisión de Innovación, Reforma y Nombramientos del Senado no recomendó su aprobación el 27 de febrero de 2026, citando deficiencias jurídicas, técnicas y administrativas.
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Última acción · 27 de febrero de 2026
Comisión no recomienda aprobación de la medida
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para enmendar el Artículo 5 de la Ley Núm. 23 de 20 de junio de 1972, según enmendada, conocida como “Ley Orgánica del Departamento de Recursos Naturales y Ambientales”, a los fines de establecer la “Zona de Planificación Especial Turística de las Casetas y Muelles sobre el agua y terrenos de dominio público de La Parguera”; resolver la incertidumbre jurídica relacionada con las residencias y estructuras existentes en el litoral costero de esta zona; establecer un régimen de pago mediante el cobro de cánones por el uso de la superficie de las porciones de terrenos públicos y de agua que ocupen dichas estructuras existentes; autorizar reglamentación sobre el uso y mantenimiento de dichas estructuras; y para financiar obras permanentes en beneficio de la Reserva Natural y comunidad de La Parguera; aclarar las facultades, responsabilidades y deberes del Secretario del Departamento de Recursos Naturales y Ambientales, la Compañía de Turismo de Puerto Rico y la Junta de Planificación; ordenar al Departamento de Recursos Naturales y Ambientales y a la Compañía de Turismo de Puerto Rico que realice, divulgue y ejecute un plan detallado y coordinado de mejoras a la Reserva Natural de La Parguera y a la comunidad que será financiado con el producto de los cánones de impuestos por el uso de la superficie de las porciones de terrenos públicos y de agua que ocupen a las estructuras privadas ubicadas en la zona marítimo terrestre; ordenar sobre el uso de los fondos recaudados por concepto de los cánones cobrados por el Departamento; y para otros fines relacionados.
La medida enmienda la Ley Orgánica del Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA) para crear la 'Zona de Planificación Especial Turística de las Casetas y Muelles sobre el agua y terrenos de dominio público de La Parguera'. Busca resolver la incertidumbre jurídica de estructuras existentes en la zona marítimo-terrestre mediante un régimen de pago de cánones por el uso de terrenos y aguas públicas. Establece un plan de mejoras financiado por estos cánones y clarifica las facultades del DRNA, la Compañía de Turismo y la Junta de Planificación. Afecta directamente a los propietarios de las estructuras existentes y a la gestión de los recursos naturales en La Parguera.
Para enmendar el Artículo 31 de la Ley 272-2003, según enmendada, conocida como “Ley del Impuesto sobre el Canon por Ocupación de Habitación del Estado Libre Asociado de Puerto Rico”, a los fines de disponer que el uso de los ingresos adicionales generados por concepto del impuesto sobre el canon por ocupación de habitación será utilizado para establecer un fondo de emergencia que será utilizado para asistir a los municipios donde ubican zonas turísticas que son afectadas por alguna emergencia; para establecer el “Fondo de Emergencias en Zonas Turísticas” y disponer los propósitos para el cual será utilizado; y para otros fines relacionados.
La medida enmienda el Artículo 31 de la Ley 272-2003 para redirigir ingresos adicionales generados por el Impuesto sobre el Canon por Ocupación de Habitación. Estos fondos se destinarán a crear el 'Fondo de Emergencias en Zonas Turísticas', administrado por la Oficina de Turismo del Departamento de Desarrollo Económico y Comercio. El fondo asistirá económicamente a municipios con zonas turísticas afectadas por emergencias, según decretado por el Gobernador, cubriendo gastos como reparaciones de utilidades, suministro de agua/energía y reparación de carreteras. Los acuerdos de transferencia de fondos a municipios requerirán aprobación por Resolución Conjunta de la Asamblea Legislativa y deberán desembolsarse en no más de 30 días.
Para ordenar al Departamento de Recursos Naturales y Ambientales dejar sin efecto de forma inmediata, la Orden Administrativa Número 2025-01 denominada “Para establecer el cobro de derechos para el uso de terrenos y aguas de dominio público en La Parguera en el Municipio de Lajas”, y en su consecuencia, que se reactiven todas las investigaciones y casos a las circunstancias en que estaban al momento de emitirse la orden; se restituye la vigencia de cualquier orden administrativa derogada por la misma.
Esta Resolución Conjunta ordena al Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA) dejar sin efecto de forma inmediata la Orden Administrativa Número 2025-01, la cual establecía el cobro de derechos por el uso de terrenos y aguas de dominio público en La Parguera, Lajas. Consecuentemente, se reactivan todas las investigaciones y casos relacionados a dichos asuntos a su estado previo, y se restituye la vigencia de cualquier orden administrativa que la Orden 2025-01 hubiese derogado. Afecta directamente al DRNA en su deber de implementar la orden, y a los ciudadanos o entidades que utilizaban o buscaban utilizar los recursos públicos en La Parguera.
Para crear la “Ley para la Protección, Conservación y Restauración de las Praderas de Hierbas Marinas de Puerto Rico”; definir la política pública para la protección de estos sistemas ecológicos; establecer la responsabilidad del Departamento de Recursos Naturales y Ambientales para instrumentar reglamentos y procedimientos que protejan las praderas de hierbas marinas; y para decretar otras disposiciones complementarias.
Esta medida crea la "Ley para la Protección, Conservación y Restauración de las Praderas de Hierbas Marinas de Puerto Rico". Establece como política pública la protección de estos ecosistemas, define sus funciones ecológicas y socioeconómicas, y asigna al Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA) la responsabilidad de instrumentar reglamentos, monitoreo, restauración y educación. Afecta a embarcaciones, desarrolladores costeros, pescadores, turistas y a toda persona o entidad que interactúe con las zonas costeras y marinas de Puerto Rico.
Para ordenar al Departamento de Recursos Naturales y Ambientales dejar sin efecto de forma inmediata, la Orden Administrativa Número 2025-01 denominada “Para establecer el cobro de derechos para el uso de terrenos y aguas de dominio público en La Parguera en el Municipio de Lajas”, y en su consecuencia, que se reactiven todas las investigaciones y casos a las circunstancias en que estaban al momento de emitirse la orden; se restituye la vigencia de cualquier orden administrativa derogada por la misma; y para otros fines.
Esta Resolución Conjunta ordena al Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA) dejar sin efecto inmediato la Orden Administrativa 2025-01, la cual establecía cobros por el uso de terrenos y aguas de dominio público en La Parguera, Lajas. Además, ordena la reactivación de todas las investigaciones y casos relacionados a dichos asuntos y la restitución de órdenes administrativas previamente derogadas por la Orden 2025-01. Afecta directamente al DRNA, a usuarios de los recursos públicos en La Parguera y a casos administrativos pendientes.
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