Qué propone
Esta medida la Ley 73-2019, conocida como la Ley de Centralización de Compras del Gobierno, para clasificar a la Oficina de la Procuradora de las Mujeres (OPM) como una entidad exenta. Esto significa que la OPM ya no estará obligada a realizar sus compras y contrataciones a través de los procesos centralizados de la Administración de Servicios Generales (ASG). La busca permitirle a la OPM mayor agilidad y flexibilidad en sus adquisiciones para atender sus misiones específicas.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
La medida (P. del S. 294) fue el Senado el 30 de enero de 2025 y referida a comisión. Recientemente, la comisión no recomendó su aprobación.
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Última acción · 16 de septiembre de 2025
Comisión no recomienda aprobación de la medida
Otras medidas sobre el mismo asunto, encontradas por significado (no solo por palabras).
“Para enmendar el inciso (o) del Artículo 4 de la Ley 73-2019, según enmendada, conocida como la “Ley de Administración de Servicios Generales para la Centralización de las Compras del Gobierno en Puerto Rico de 2019” con el fin de excluir expresamente al Fideicomiso Institucional de la Guardia Nacional de Puerto Rico de la aplicación de la Ley 73-2019, según enmendada; y para otros fines relacionados.”
Esta medida enmienda la Ley 73-2019 para excluir expresamente al Fideicomiso Institucional de la Guardia Nacional de Puerto Rico (FIGNA) de la aplicación de sus disposiciones. La Ley 73-2019 centraliza y agiliza los procesos de compras y adquisiciones del gobierno. Al ser excluido, el FIGNA podrá realizar sus compras de bienes y servicios de manera más autónoma, sin la necesidad de seguir los procedimientos centralizados y los contratos maestros establecidos por la Administración de Servicios Generales (ASG).
“Para enmendar el Artículo 2 de la Ley 73-2019, según enmendada, conocida como Ley de la Administración de Servicios Generales para la Centralización de las Compras del Gobierno de Puerto Rico de 2019; a los fines de restituir la autonomía operativa y administrativa de estas entidades exentas y facultarlas para desarrollar procedimientos de adquisición internos que respondan a sus necesidades particulares; y para otros fines relacionados.”
La medida propone enmendar el Artículo 2 de la Ley 73-2019, conocida como Ley de la Administración de Servicios Generales para la Centralización de las Compras del Gobierno de Puerto Rico. Busca restituir la autonomía operativa y administrativa a entidades gubernamentales exentas, permitiéndoles desarrollar sus propios procedimientos de adquisición. Esto afectaría directamente a las agencias y corporaciones públicas que actualmente están sujetas a los procesos centralizados de compra de la Administración de Servicios Generales (ASG).
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