Qué propone
La medida creaba la "Ley para Uniformar la Evaluación de Solicitudes de Licencias Ocupacionales por Personas con Antecedentes Penales". Establecería una política pública y parámetros uniformes para que las Juntas Examinadoras evalúen a personas con antecedentes penales al solicitar licencias ocupacionales. Incluiría un proceso de calificación previa vinculante para que los solicitantes conozcan de antemano si sus antecedentes son un impedimento, y limitaría la denegatoria de licencias a casos donde los antecedentes estén directa y específicamente relacionados con los deberes de la ocupación, imponiendo la carga de la prueba a la Junta Examinadora.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
El Proyecto del Senado 307, presentado el 3 de febrero de 2025, fue referido a comisiones, recibió un informe conjunto con el 7 de noviembre de 2025, y fue aprobado con enmiendas por el Senado el 10 de noviembre de 2025, pero posteriormente fue derrotado por el mismo cuerpo.
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Última acción · 10 de noviembre de 2025
Derrotada por el Senado
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para crear la “Ley de Validez Laboral de Certificaciones Ocupacionales Correccionales”; disponer el reconocimiento externo de certificaciones, cursos, carreras cortas y adiestramientos ocupacionales completados por miembros de la población correccional; prohibir su rechazo únicamente por haber sido obtenidos durante el confinamiento; salvaguardar los requisitos legales y reglamentarios aplicables; y para otros fines relacionados
El P. del S. 1290 crea la Ley de Validez Laboral de Certificaciones Ocupacionales Correccionales. Esta medida dispone que las certificaciones, cursos o adiestramientos ocupacionales completados por personas en el sistema correccional deben ser reconocidos externamente por patronos, agencias y entidades educativas. Prohíbe que estas credenciales sean rechazadas únicamente por haber sido obtenidas durante el confinamiento, salvaguardando siempre los requisitos legales y reglamentarios aplicables para ejercer una profesión o empleo.
Para enmendar el Articulo 19, de la Ley Núm. 81 de 14 de marzo de 1912, según enmendada, conocida como "Ley Orgánica del Departamento de Salud enmendar el Articulo 7, de la Ley Núm. 41 de 5 de agosto de 1991, según enmendada conocida como "Ley para Regular la Relación entre el Departamento de Estado y las Juntas Examinadoras Adscritas" y enmendar el Articulo 8 de la Ley Núm. 254 del 27 de julio de 1974, según enmendada, conocida como "Ley para Autorizar a la Policía de Puerto Rico la Expedición de Certificados de Antecedentes Penales", a los fines de establecer disposiciones específicas sobre el uso y solicitud del certificado de antecedentes penales para ejercer ciertas profesiones en Puerto Rico, de manera tal que se continue fomentando la rehabilitación de personas convictas por haber cometido delito en nuestra jurisdicción, asf como insertar procesos de manera electrónica, de conformidad con los procedimientos que establezca la Puerto Rico Innovation and Technology Service (PRITS), en virtud de la Ley 75-2019; y para otros fines relacionados.
Esta ley enmienda tres leyes existentes (Ley Orgánica del Departamento de Salud, Ley para Regular la Relación entre el Departamento de Estado y las Juntas Examinadoras, y Ley para Autorizar a la Policía a Expedir Certificados de Antecedentes Penales). Su objetivo es establecer criterios específicos para que las juntas examinadoras de profesiones relacionadas con la salud y otras profesiones reguladas no rechacen de plano solicitudes por antecedentes penales. Busca fomentar la rehabilitación de personas convictas y agilizar trámites mediante procesos electrónicos, en línea con la Ley 75-2019 de PRITS. Afecta principalmente a aspirantes a licencias profesionales con historial delictivo y a las juntas examinadoras.
Para crear la “Ley de Profesiones Técnicas de Puerto Rico”, a los fines de otorgar una licencia provisional de adiestramiento automática por un período de doce (12) meses a toda persona que haya satisfactoriamente completado su educación formal para ejercer la profesión técnica; y para otros fines relacionados.
La medida proponía crear la "Ley de Profesiones Técnicas de Puerto Rico" para otorgar automáticamente una licencia provisional de adiestramiento por doce (12) meses a graduados de profesiones técnicas específicas (como barbería, electricidad, mecánica automotriz, entre otras) tras completar su educación formal. Esta licencia provisional permitiría al graduado emplearse y practicar la profesión mientras se prepara para el examen de reválida y cumple otros requisitos para la licencia permanente.
Para crear la “Ley para Uniformar los Criterios de Evaluación de Solicitudes de Acomodo Razonable por las Juntas Examinadoras del Gobierno de Puerto Rico”, a los fines de establecer una política pública uniforme para la evaluación de solicitudes de acomodo razonable en los procesos de licenciamiento, certificación, autorización, recertificación o reinstalación de credenciales profesionales; disponer los principios rectores que deberán observar las juntas examinadoras del Gobierno de Puerto Rico; armonizar dichos procedimientos con la Americans with Disabilities Act de 1990, según enmendada, el ADA Amendments Act de 2008, el Rehabilitation Act de 1973, la Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme del Gobierno de Puerto Rico y las demás disposiciones legales aplicables; establecer parámetros uniformes para la evaluación individualizada de las solicitudes, la valoración de la evidencia, la fundamentación de las determinaciones administrativas y los procedimientos de reconsideración; requerir la adopción o enmienda de reglamentos compatibles con esta Ley; y para otros fines relacionados.
La medida crea la Ley para Uniformar los Criterios de Evaluación de Solicitudes de Acomodo Razonable por las Juntas Examinadoras del Gobierno de Puerto Rico. Establece un procedimiento administrativo uniforme para que las juntas examinadoras evalúen las solicitudes de acomodo razonable de personas con discapacidad que buscan licencias o certificaciones profesionales. Esto aplica a todas las juntas examinadoras y busca armonizar los procesos con leyes federales y la Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme de Puerto Rico, requiriendo que las juntas adopten o enmienden sus reglamentos en un plazo de 180 días.
Para crear la “Ley para la Reintegración y Rehabilitación del Confinado mediante la Eliminación de Antecedentes Penales”, estableciendo un término máximo de treinta (30) días, contado a partir del cumplimiento total de la sentencia impuesta por el Estado, para que se remueva de manera automática la información delictiva del certificado de antecedentes penales del confinado, en cumplimiento con el mandato constitucional de la rehabilitación; y para otros fines relacionados.
La medida crea la Ley para la Reintegración y Rehabilitación del Confinado mediante la Eliminación de Antecedentes Penales. Establece un plazo máximo de 30 días, a partir de que un confinado cumpla totalmente su sentencia, para que se elimine automáticamente su información delictiva de los certificados de antecedentes penales. Esto aplicará a delitos menos graves o graves de naturaleza no violenta, excluyendo aquellos delitos que el Código Penal considera imprescriptibles o que involucran víctimas menores de edad.
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